Sumario por viajar con licencia médica: la inmunidad gremial del polémico juez Urrutia que lo protege de sanciones por mala conducta
El magistrado enfrenta una investigación disciplinaria que lleva la fiscal judicial Macarena Troncoso. Si el juez sumara dos años consecutivos en lista condicional, arriesgaría su remoción. Sin embargo, al ser reelecto presidente de una asociación de funcionarios tiene fuero y queda exento de ese máximo castigo.

Las actuaciones del polémico juez del Séptimo Juzgado de Garantía, Daniel Urrutia, siguen generando debate y controversias al interior del Poder Judicial.
El último hecho que causó revuelo en la judicatura tiene que ver con el sumario que se abrió en julio en contra de Urrutia por haber viajado al extranjero con licencia médica. Fuentes judiciales comentan que dicha investigación disciplinaria -que instruye la fiscal judicial Macarena Troncoso- indaga dos viajes: uno en 2020 a Costa Rica y otro a Ecuador en 2022.
De acuerdo con fuentes judiciales, es prácticamente un hecho que el magistrado será sancionado por uno de los dos hechos. Esto porque el viaje a Costa Rica en 2020 estaría sobreseído por prescripción, pero respecto de Ecuador la fiscal judicial sí formuló cargos por faltas a la probidad.
Según quienes han conocido de la indagación, durante el proceso la defensa de Urrutia no precisó detalles sobre un eventual médico que lo hubiese asistido en Ecuador -hasta donde se trasladó-, ni acompañó antecedentes certificados de que asistiera a un centro terapéutico. Esto a pesar de que por el lado del magistrado se ha argumentado que ese viaje lo hizo con licencia siquiátrica para asistir a una terapia alternativa.
En ese sumario Urrutia ha presentado antecedentes y también declaró. Quienes han sabido de esto comentan que cuando presentó sus descargos pidió que Troncoso se inhabilitara.
El magistrado le reprocha una presunta vinculación con Luis Hermosilla y Antonio Ulloa. Sin embargo, Troncoso rechazó la petición y elevó el asunto al pleno de la Corte de Santiago. Y fue el tribunal de alzada capitalino el que confirmó el rechazo a la petición de inhabilidad de Troncoso.
Según conocedores de los procesos administrativos del Poder Judicial, este nuevo sumario que enfrenta Urrutia decantará en una nueva sanción en contra del magistrado. Esa situación, si fuese un magistrado alejado de la representación gremial, podría poner en riesgo su continuidad como juez de garantía.
Esto, porque en el pasado ya fue sancionado. En junio de 2023 la Corte Suprema confirmó una amonestación en su contra por haberse autoasignado una causa y liberado a imputados integrantes de la denominada primera línea durante el estallido.
Según establece el artículo 278 bis del Código Orgánico de Tribunales, si a un juez o funcionario del Poder Judicial se le califica con notas deficientes que lo lleven a figurar por dos años consecutivos en las listas Deficiente o Condicional, enfrentará un proceso de remoción obligado.
“El funcionario que figure en lista Deficiente o, por segundo año consecutivo, en lista Condicional, una vez firme la calificación respectiva, quedará removido de su cargo por el solo ministerio de la ley. En tanto no quede firme la mencionada calificación, el funcionario quedará de inmediato suspendido de sus funciones”, dice la norma.
De ahí que fuentes de tribunales insisten en que esta nueva polémica podría traerle costos aun mayores al juez. Sin embargo, hay varios elementos que podrían eximirlo de enfrentar mayores sanciones.

Aunque Urrutia fuera sancionado en el marco del sumario que lleva la fiscal Troncoso -la defensa insistirá en la absolución y en promover la inhabilidad de la instructora-, el magistrado no es objeto de calificación, por lo que no podría pasar ni a la lista de Deficiente ni a la Condicional.
Lo anterior tiene una sola explicación: el hecho de ser dirigente gremial. Por eso resulta relevante que la semana pasada Urrutia haya sido reelecto con el 70% de los votos como presidente regional de la Organización de Trabajadoras y Trabajadores Judiciales (OTJ)
El artículo 25 de la Ley 19.296, sobre asociaciones de funcionarios de la administración del Estado, establece que “los directores de las asociaciones de funcionarios gozarán de fuero, esto es, de inamovilidad en sus cargos, desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado su mandato como tales (…) Igualmente, no serán objeto de calificación anual durante el mismo lapso a que se refieren los incisos anteriores, salvo que expresamente la solicitare el dirigente. Si no la solicitare, regirá su última calificación para todos los efectos legales”.
Por lo demás, sostienen desde el entorno del magistrado, Urrutia cuenta con calificación sobresaliente, con nota 6,7, de acuerdo con la evaluación que realizó en 2023 la Corte de Apelaciones de Santiago. Por ello, recalcan en el círculo del profesional, es que consideran que todo ha sido fruto de una persecución en su contra y de acoso laboral.
Como sea, hay un precedente que le podría jugar en contra. Y es que a pesar del fuero que le otorga la Ley 19.296, cuando se le sancionó por el tema “primera línea” se le trasladó de funciones, pese a que el mismo cuerpo legal lo prohibía. A raíz de ello es que recurrió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En medio de los procesos que Urrutia ha enfrentado en el pasado, también está el proceso disciplinario relativo al sumario que se le inició por haber autorizado videollamadas a miembros del Tren Aragua. Sin embargo, respecto de este sumario fue absuelto de los cargos.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
2.
3.
Plan digital + LT Beneficios por 3 meses
Cobertura completa, análisis y beneficios para todo el año 🔍🎁$3.990/mes SUSCRÍBETE
















