TC acusa a Suprema de querer "rediseñar" competencias constitucionales

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La presidenta del TC leyó este martes una declaración pública acompañada por los ministros del organismo. Foto: Richard Ulloa

Luego de que el lunes la corte estableciera que fallos del Tribunal Constitucional pueden ser revisados vía recurso de protección, el organismo salió a marcar su posición.


Cuando María Luisa Brahm asumió como presidenta del Tribunal Constitucional (TC), el 28 de agosto, una de sus primeras actividades públicas fue reunirse con el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito.

Brahm llegó al cargo con el objetivo de cultivar buenas relaciones con el resto de las instituciones del Estado, especialmente con el Poder Judicial. Sin embargo, los frutos de la gestión duraron poco. El lunes, la Corte Suprema resolvió que la judicatura sí podía revisar las resoluciones del TC a través de recursos de protección. Esto, en el marco de una disputa por tutela laboral que ya había sido negada por el Tribunal Constitucional.

Un día después y en un hecho inédito, el TC emitió una declaración pública, acusando a la Tercera Sala del máximo tribunal de pretender "rediseñar el esquema de competencias constitucionales". Así se instaló un nuevo episodio de tensión, en que ambas instituciones se han disputado quién tiene la última palabra constitucional.

La mala relación entre ambas entidades comenzó a manifestarse abiertamente en 2016, cuando el TC advirtió su preocupación porque la Suprema señaló que la "derogación constitucional" de normas legales era parte de sus atribuciones.

Y en 2017, el TC acogió la contienda de competencia planteada por el contralor Jorge Bermúdez, cuando se enfrentó con funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Esa vez, la Corte Suprema había fallado a favor de los funcionarios públicos, pero el TC dijo que no era algo que le correspondía resolver al Poder Judicial.

Los desencuentros alcanzaron uno de los puntos álgidos en marzo, cuando en la inauguración del año judicial Brito se quejó por la demora en la tramitación de causas de derechos humanos que llegaban al TC.

Esa vez, también planteó que si no se resolvían las diferencias de criterio sobre las tutelas laborales, podrían "afectar la estabilidad y seguridad jurídica". Esto, porque el TC sostiene que a los funcionarios públicos a contrata no se les aplica el Código del Trabajo, distinto a lo dictado en la Cuarta Sala Laboral de la Suprema.

La tensión aumentó poco después, cuando la Primera Sala del TC -presidida por el expresidente Iván Aróstica- paralizó los procesos sobre el fraude en el Ejército que investiga la jueza Romy Rutherford.

Fallo de la discordia

Este es el telón de fondo del fallo emitido el lunes y que, según abogados consultados, explica que los ánimos se encuentren crispados. La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de protección interpuesto por la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales contra una sentencia del TC que acogió un requerimiento de inaplicablidad. El caso laboral que originó todo se trata de una demanda que presentó en 2017 Marvy Navarrete en contra de la Municipalidad de San Miguel, quien acusó que fue despedida debido a su opinión política.

Pese al rechazo, la resolución establece que los fallos del TC pueden ser revisados por las cortes y los magistrados dejaron en claro que son ellos quienes tienen la última palabra cuando se vulneran derechos fundamentales. La decisión contó con el voto favorable de los ministros Sergio Muñoz, Carlos Aránguiz, Ángela Vivanco, el abogado integrante Álvaro Quintanilla y el voto disidente de la jueza María Eugenia Sandoval.

El voto de Vivanco causó sorpresa. Cuando el tribunal de alzada declaró inadmisible el recurso, la Asemuch apeló a la Suprema y la única ministra que votó en contra de la admisibilidad fue Vivanco.

Respuesta inmediata

Este martes, en el pleno del TC la resolución de la Suprema fue tema obligado. En la instancia, los ministros advirtieron los peligros que presenta la resolución del máximo tribunal, ya que, según ellos, podría abrir una puerta a un eventual activismo judicial. Por esto, decidieron preparar una declaración pública que redactó el comité académico del TC.

Para algunos ministros existiría un tema de motivaciones personales del ministro Muñoz, que, según ellos, trata de elaborar una tesis en que quiere posicionar al Poder Judicial como la última palabra en esta materia y se ha convertido en la mayor fuerza de la Tercera Sala. La mayoría de los jueces del TC estimó que lo ocurrido era grave, incluso algunos hablaron de "alteración a la institucionalidad democrática".

A las 17.32 Brahm leyó la declaración. Dijo que si bien la Corte Suprema rechazó la pretensión de la demandante de dejar sin efecto lo que resolvió el TC, "nos sorprenden los argumentos de la mayoría de dicha sala", que buscan rediseñar las competencias del organismo.

Acusó que esto lo hacen al habilitar el recurso de protección contra sentencias del TC, entregando "competencias al juez ordinario para revisar qué parte del contenido de nuestras sentencias es vinculante y, en consecuencia, sugiriendo que actuamos fuera de la Constitución".

Destacó que para garantizar el principio de supremacía constitucional, corresponde solo al TC declarar la inaplicabilidad de preceptos legales que produzcan efectos contrarios a la Constitución. Además, que "no procede recurso alguno en contra de las resoluciones" del TC.

El abogado constitucionalista de la UDP Javier Couso tiene una crítica lectura del fallo de la Suprema. "Este es un fallo que no tiene precedentes. Jamás la Corte Suprema había autorizado que una acción de protección se dirigiera contra una resolución del TC", dijo.

Agregó que "esta es una interpretación que cabe dentro de activismo jurídico. Esto crea una tremenda incerteza, porque no se encuadra dentro de las llamadas contiendas de competencia reguladas por la Constitución".

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