¿Quién vigila al vigilante?



SEÑOR DIRECTOR:

Con la Ley Nain-Retamal encaminada a convertirse en una realidad normativa en Chile, no queda más que apelar al buen criterio judicial en su aplicación. Sorprende ver que en la ley aprobada la presunción de racionalidad ni siquiera tiene lugar en relación con una afectación de la vida como bien jurídico, sino “del orden público o seguridad interior”, cuyos contornos, jurisprudencia ni doctrina se han logrado -casi ni intentado- precisar.

La pregunta evidente es: ¿qué pasará cuando la opinión pública descubra -oh, sorpresa- que esta tampoco es la solución a la delincuencia? ¿Será más razonable replantearse la formación policial, de la mano de una ley integral para su regulación, estableciendo deberes y derechos, con sueldos dignos y entidades de control internos y externos de confianza, no ideologizados? Quizás, en vez de echar abajo las “casas narco”, ¿no sería más razonable activar las operaciones de inteligencia que detonan el crimen organizado desde sus cimientos?

Existen estudios empíricos sobre los orígenes de las bandas organizadas, así como planes estratégicos sobre el combate de este tipo de criminalidad en el derecho comparado, herramientas que podrían ser muy útiles para adoptar medidas legislativas racionales y efectivas. ¿Para qué ponerse creativos, cuando otros países ya han lidiado con problemas idénticos y pueden enseñarnos información valiosa? Es hora de escuchar las opiniones expertas con mesura, en vez de politizar completamente el debate, perdiendo de paso el norte del Estado de derecho. Porque, a la luz de esta ley, la única pregunta que me queda como ciudadana acostumbrada a tener derechos es, como diría Juvenal, “¿quién vigilará a los vigilantes?”.

Alejandra Castillo

Directora Departamento de Derecho Penal y Procesal Penal UDP

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.