¿Cuándo comenzará a regir el voto obligatorio en Chile?

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El Congreso Nacional despachó el lunes el proyecto que reestablece la obligatoriedad del sufragio en las elecciones populares. La iniciativa quedó lista para convertirse en ley.


A diez años de su implementación, el voto voluntario dejará de regir en Chile. El Congreso Nacional despachó el lunes el proyecto que reestablece la obligatoriedad del sufragio en las elecciones populares y que quedó listo para convertirse en ley.

La iniciativa, en detalle, propone que todas las elecciones -a excepción de las primarias- y plebiscitos sean de carácter obligatorio. Plantea, además, la elaboración de una ley orgánica constitucional que fije las multas y los procesos sancionatorios para quienes no concurran a las urnas. Ésta última se encuentra aún en trámite legislativo en el Congreso.

“El sufragio será obligatorio para los electores en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en las elecciones primarias. Una ley orgánica constitucional fijará las multas o sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de este deber, los electores que estarán exentos de ellas y el procedimiento para su determinación”, se lee en el documento emanado por el Parlamento.

Pero, ¿cuándo comenzará a regir el voto obligatorio? El presidente de la comisión de Constitución del Senado, Matías Walker (Demócratas) explicó que la reforma constitucional aprobada el lunes entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial.

“La obligatoriedad del voto rige desde la publicación de la reforma constitucional en el Diario Oficial”, comentó a La Tercera.

De acuerdo con la Constitución y la normativa que rige al Diario Oficial, las publicaciones se realizarán “dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgado”.

Así, su primera implementación comenzaría a partir de las elecciones municipales previstas para octubre de 2024.

Si bien para el nuevo proceso constituyente hay elecciones contempladas para el 2023, como la de consejeros constitucionales y el plebiscito de salida, éstas se encuadrarían en lo establecido por el acuerdo constitucional al que arribaron las fuerzas políticas la semana pasada, y que ya planteaba de por sí -antes que se aprobara esta nueva ley- un voto obligatorio en todos los sufragios relacionados a éste.

Por lo mismo, en el caso puntual de las elecciones relacionadas al proceso constituyente, las multas por no sufragar serán las determinadas por el juzgado de policía local, que en el último plebiscito iban de 22 mil pesos a $ 167.000. No ocurrirá lo mismo para las elecciones a partir de 2024, ya que estás tendrán multas y sanciones que aún deben ser zanjadas por la ley orgánica constitucional en trámite.

“¿Qué es lo que se va a establecer en la ley orgánica constitucional? Cuáles son las sanciones en caso de que ciudadanos no cumplan con la obligatoriedad del voto y quién aplica esas sanciones. Ahí estamos tramitando un proyecto de ley orgánica constitucional que reforma la ley de votaciones y escrutinios que lo que hace es establecer cuál es el procedimiento sancionatorio”, explicó el senador Walker.

Seguidamente, detalló que dicha ley se elaborará en conjunto con la Secretaría General de la Presidencia (Segpres) y el Servicio Electoral (Servel).

“¿Qué es lo que estamos esperando? Que la Segpres, que está haciendo un trabajo de coordinación con el Servel, proponga indicaciones. Esas indicaciones debieran ir en la línea de establecer un procedimiento sancionatorio distinto al que hay hoy, que está en manos de los juzgados de policía local que están bastante atochados”, señaló Walker.

“La idea es que este sea un procedimiento administrativo y el Servel pueda aplicar las multas y establecer las notificaciones”, complementó.

La ley orgánica constitucional ingresó por el Senado en septiembre de este año y se encuentra en su primer trámite constitucional.

Ante eso, el senador dijo esperar “que con la reforma constitucional aprobada (que repone el voto obligatorio) se le ponga discusión inmediata al proyecto (de ley orgánica constitucional)”.

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