
Senado aprueba histórico cambio a la Constitución para limitar voto de extranjeros a partir de 2026
La norma que concede el sufragio a los inmigrantes no nacionalizados -considerada una singularidad a nivel mundial- nunca había sido modificada desde la redacción de la Carta Fundamental entre 1973 y 1980. La Cámara Alta, además, aprobó la reforma que establece la multa a los chilenos que no concurran a las urnas.

Un nuevo escollo legislativo logró sortear este miércoles el acuerdo político entre el gobierno y la oposición para aplicar una multa en las próximas elecciones a los ciudadanos chilenos que no concurran a las urnas y, además, restringir a futuro el sufragio de los extranjeros.
El paso, sin embargo, no fue sencillo y dejó algunas dudas en el oficialismo, que probablemente reflotarán en la Cámara de Diputados que a partir del próximo lunes tomará la posta de ambas reformas electorales.
Al margen de ello, el Senado ratificó con amplio respaldo la dos normas en juego, que eran parte de este acuerdo suscrito por la ministra secretaria general de la Presidencia, Macarena Lobos (independiente), con los senadores de oposición y de casi todas las bancadas de la alianza gubernamental que se ciñeron al llamado del Presidente Gabriel Boric para avanzar en estas modificaciones.
Actores claves en el acuerdo fueron los senadores Manuel José Ossandón (RN), Paulina Núñez (RN), Juan Antonio Coloma (UDI), Luz Ebensperger (UDI) y Paulina Vodanovic (PS).

En particular, la multa -que se aplicará sólo a chilenos en las elecciones de noviembre, eximiendo a los extranjeros- era una exigencia de la derecha para reforzar el carácter obligatorio del voto. Este principio ya estaba consagrado en la Constitución, pero no tenía un castigo asociado al incumplimiento de ese deber cívico. Esa reforma, de autoría de la diputada Joanna Pérez (Demócratas), se aprobó por 38 votos a favor y uno en contra (el senador PPD, Pedro Araya).
Una norma de 50 años
Por otra parte, la reforma constitucional que limita el derecho a sufragio a los inmigrantes no nacionalizados a partir de 2026 (no se aplicará en los comicios de noviembre), se aprobó por 34 votos a favor.
Este ajuste tiene alcances históricos, ya que el primer párrafo (inciso) del artículo 14° de la Carta Fundamental, que concede el voto a extranjeros, nunca había sido tocado desde la redacción del texto entre 1973 y 1980 por parte de la comisión que encabezó el exministro de Jorge Alessandri, Enrique Ortúzar.
El único cambio que registra el artículo 14° es de 2005, con las reformas constitucionales del expresidente Ricardo Lagos, en las que se añadió un segundo inciso que permitió a los extranjeros nacionalizados postular a cargos de elección popular.
En la legislación previa a 1973, los inmigrantes que no estaban nacionalizados, solo podían participar en comicios locales, criterio que existe en otras partes del mundo.
Sin embargo, el 1974 el profesor de Derecho Constitucional, Guillermo Bruna, concurrió a la llamada comisión Ortúzar a exponer una idea novedosa: ampliar el sufragio a otras elecciones, como una forma de hacer un reconocimiento a inmigrantes europeos que llevaban años viviendo en Chile, pero que no se nacionalizaban para no perder su vínculo con su país natal (entonces solo existía la doble nacionalidad con España).
La fórmula de Guzmán
La idea fue acogida, aunque con varias prevenciones por uno de los comisionados: Jaime Guzmán Errázuriz, el fallecido senador y fundador de la UDI, quien fue mandatado para redactar el artículo. El texto que originalmente redactó Guzmán proponía 10 años de avecindamiento ininterrumpido para dar el derecho a voto a extranjeros.
Sin embargo, tras intercambios y ajustes que no están documentados entre la comisión Ortúzar y el Consejo de Estado –entonces órgano asesor de Augusto Pinochet–, finalmente el plazo quedó reducido a cinco años y se eliminó el concepto “ininterrumpidamente”.
Con los años, la actual oleada migratoria y varios ajustes electorales poco armónicos, la norma pensada para colonos europeos se desnaturalizó. Y el sufragio de los migrantes se transformó en un dolor de cabeza para el oficialismo, donde temen que la mayoritaria comunidad venezolana adopte un voto castigo contra la izquierda.
Según el padrón del Servel, 886.190 extranjeros están habilitados para votar, de los cuales 237 mil son venezolanos.
Para el Ejecutivo, además, era un asunto de interés nacional dar un debate sobre el punto, ya que en ningún país del mundo existe un modelo tan laxo para el voto de los inmigrantes, quienes, incluso, son incorporados automáticamente al padrón electoral sin tener credenciales de nacionalidad, con solo tener 5 años de residencia, incluso temporal y discontinua.
Lo curioso es que, a 45 años de la entrada en vigencia de la Constitución de 1980, el Senado aprobó un cambio a este artículo constitucional que se acerca bastante a los parámetros que planteaba Guzmán.
La norma formulada por el gobierno, que ya logró el visto bueno del Senado, propone que “los extranjeros avecindados en Chile por más de diez años ininterrumpidos, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley. Para estos efectos, los extranjeros sólo se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva. Con todo, durante el periodo de avecindamiento, no deberán registrar salidas del país por más de noventa días en cualquier período de doce meses”.
La Cámara, el nuevo escollo
El problema del gobierno y, en particular de la ministra Lobos, es que, a pesar de haber amarrado un acuerdo en el Senado, no es vinculante para la Cámara, donde diputados tanto del oficialismo y la oposición suelen actuar con autonomía.
El caso más complicado para la ministra son los diputados de su propia coalición, cuyos jefes de bancada ya le transmitieron que no apoyarán necesariamente lo que aprueben sus senadores.
En vista de que se trata de dos reformas con quórum (la multa necesita 77 votos y la restricción del voto extranjero 87 apoyos), los desmarques, aunque sean minoritarios, ponen en peligro su aprobación.
Para evitar riesgos, ya que la semana previa a Fiestas Patrias, probablemente tendrá menos asistencia, la ministra informó que pretende culminar estas reformas a más tardar la segunda semana de octubre.
La compleja armonización
Uno de los problemas que debió despejar la ministra este miércoles eran las dudas de que la multa a los ciudadanos chilenos podría ser inconstitucional, según alertó el secretario de la Comisión de Gobierno, Juan Pablo Durán.
Para resolver ese punto, el Ejecutivo propuso una enmienda en la misma reforma del voto extranjero para reemplazar la palabra “electores” por “ciudadanos”, lo que implicaba dejar solo a los chilenos con el deber de votar. Esa fórmula no agradó a la oposición, ya que daba un punto favorable a los intereses del oficialismo que busca reducir la participación electoral extranjera.
Tras deliberaciones en las que estuvo la ministra, con los integrantes de la Comisión de Constitución del Senado, presidida por la senadora Paulina Núñez (RN), finalmente se llegó a una solución para eliminar la palabra “electores” (sin reemplazarla por “ciudadanos”) del artículo 15° de la Constitución, donde está establecida la obligatoriedad del voto. Con ello, se hacía viable que la multa solo a chilenos no fuera declarada inconstitucional. Esa fórmula fue aprobada por unanimidad.
Sin embargo, la comisión por cuatro votos a favor y uno en contra también aprobó una norma transitoria que da a entender que la sanción económica exclusiva para los chilenos solo corre para los comicios de este año. “Las modificaciones introducidas en el artículo único de la presente ley comenzarán a regir desde el año 2026. Previo a su entrada en vigencia la ley establecerá multas para ciudadanos por incumplimiento del deber de sufragio en votación”, dice la norma que surgió de una indicación de la senadora Luz Ebensperger (UDI).
En la oposición admiten que el objetivo de la disposición es dejar encaminada a futuro -posiblemente para los comicios de 2028 en adelante- la posibilidad de aplicar una sanción monetaria a los extranjeros que no concurran a las urnas.
Esta indicación de Ebensperger solo tuvo el voto en contra del senador Pedro Araya (PPD), quien cuestionó las implicancias legales y constitucionales de esa disposición. “Sin duda va a ser una fuente de problema y probablemente vamos a estar con un nuevo proyecto que tenga que regular lo que dice relación con las multas por no votar”, comentó Araya (PPD) tras la sesión.
La senadora Núñez (RN) explicó que la multa que se aplica solo a los chilenos “es para esta elección”. Al ser consultada si los extranjeros van a tener multa después de los comicios de este año, añadió que “eso tendrá que definirlo la ley para las próximas elecciones, lo que quedó claro es que para estas elecciones los extranjeros no tienen multa”.
Consultada varias veces la ministra Lobos si efectivamente se requerirá una nueva reforma, su respuesta también fue reiterada: “Va a ser la propia ley, al haberse eliminado de la Constitución el vocablo ‘electores’, la que va a determinar caso a caso el ámbito de aplicación de la multa”.
En la Comisión de Constitución, además, la senadora Claudia Pascual (PC) presentó una indicación para limitar la participación de extranjeros solo a comicios municipales y regionales, eliminando la posibilidad de que voten para elegir parlamentarios y Presidente de la República. No obstante, los tres senadores de oposición, Luz Ebensperger (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli) y Paulina Núñez (RN), rechazaron la enmienda.
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