40 horas laborales en la recta final: nueva ley establecerá gradualidad de cinco años y jornadas de 4x3 y especiales

21 de MARZO/ VALPARAISO Presidente de la CUT David Acuña junto al presidente de la ANEF Jose Perez en las tribunas en el proyecto de 40 horas laborales en el Senado. FOTO: PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO

La Cámara de Diputados votará cerca de las 14 horas de este martes la iniciativa que ya contó con el respaldo unánime del Senado. Tras su aprobación quedaría lista para ser ley. Se implementará totalmente en el plazo de cinco años.


Una jornada clave tiene este martes el proyecto de 40 horas laborales. La Cámara de Diputados votará cerca de las 14 horas la iniciativa que ya contó con el respaldo unánime del Senado, luego de lo cual saldría del Congreso y quedaría listo para ser ley.

Pero para llegar a la votación en la sala de la Cámara, el gobierno tuvo que ingresar varias indicaciones. Las primeras fueron a fines de agosto del año pasado cuando el Ejecutivo reactivó la discusión legislativa en la Comisión de Trabajo del Senado. Allí se ingresaron cambios a la moción parlamentaria impulsada originalmente en 2018 por la en ese entonces diputada y actual ministra vocera de gobierno Camila Vallejo (PC) y Karol Cariola (PC).

Posteriormente y con el objetivo de lograr un consenso y los votos favorables de la oposición, el gobierno incluyó a fines de enero medidas de flexibilidad laboral, lo que permitió finalmente destrabar la discusión y contar con el apoyo de la oposición. Así, a fines de marzo, el Senado la aprobó y ahora la Cámara deberá ratificar esas modificaciones.

Los ejes centrales del proyecto

1) Jornadas promedios, bandas horarias

El más sustancial de los cambios fue la incorporación de nuevas medidas de flexibilidad que apuntan a la posibilidad de que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta cuatro semanas, con un máximo de 45 horas semanales. En caso que el trabajador sea sindicalizado, la empresa deberá contar con acuerdo del sindicato para implementar esta fórmula. De esta manera, se quiere relevar la titularidad sindical y que estos temas sean negociados de manera colectiva.

Otro tema que aborda el proyecto es que se aplican bandas de horario. Aquí el proyecto incluye dos nuevos derechos para madres, padres y personas cuidadoras de menores de 12 años, como son bandas de horario para ingreso y salida del trabajo, y la posibilidad de compensar horas extraordinarias por hasta 5 días de feriado adicional. Todo esto debe ser de común acuerdo con el empleador.

2) Gradualidad

En cuanto a la gradualidad, el gobierno estableció un mecanismo de implementación de cinco años. Así, si el proyecto, como lo quiere el gobierno, comienza a regir en mayo, la reducción a 40 horas se completará en mayo de 2028. De esta manera, en mayo de 2024 se llegaría a 44 horas, luego, en mayo de 2026, se pasaría a 42 horas, y en mayo de 2028, a las 40 horas.

Otro punto de flexibilidad es que se generará una jornada laboral de 4 días (conocida como 4x3). Esto es 4 días por 3 de descanso, ajustándose a las normas actuales que permiten jornadas diarias de hasta 10 horas.

21 de MARZO/ VALPARAISO Las ministras Camila Vallejo Jeannette Jara , Antonia Orellana en el proyecto de 40 horas laborales en el Senado. FOTO: PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO

3) Cambio al artículo 22 del Código del Trabajo

Se acotan las profesiones o labores que estarán sujetas al artículo 22, que permite excluirse de la norma general del, en adelante, régimen de 40 horas. Con esto, el gobierno quiere evitar que existan actividades que por sí mismas priven de este derecho a los trabajadores. El cambio que se hace es que ahora solamente queden en dicha condición quienes ejercen labores de alta gerencia dentro de una empresa, así como quien no esté sometido a fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

Un innovación que trae el proyecto es que las horas extraordinarias podrán ser compensadas por días adicionales de feriado. En este caso, se da la posibilidad que por pacto escrito y de forma excepcional, una vez al año, las horas extraordinarias se compensen con 5 días de feriado en beneficio de los y las trabajadoras, permitiendo compatibilizar la vida personal y el trabajo.

4) Jornadas especiales

Para las trabajadoras de casa particular puertas afuera se establece que operará la reducción a 40 horas semanales según la jornada ordinaria. Se circunscribe la bolsa de horas extraordinarias, a todo evento, sólo para trabajadoras a tiempo parcial y se disminuye a 12 el número de horas.

Y para quienes trabajen puertas adentro se mantiene el sistema actual, con un descanso mínimo de 12 horas diarias, pero con una compensación de dos días de descanso mensual adicional a fin de materializar la rebaja. Estos días podrán acumularse de común acuerdo hasta un período de tres meses, garantizando tiempo de descanso efectivo.

Para los trabajadores de transporte terrestre como choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de servicios interurbanos, se reduce la jornada mensualizadas de 180 horas a una jornada de 40 horas promedio en cómputo mensual.

Asimismo, choferes de vehículos de carga terrestre interurbana tendrán, junto con la posibilidad de una jornada de 40 horas promedio en cómputo mensual, la opción de una jornada de 180 horas mensuales, pero con una compensación en descanso consistente en seis días de feriado legal adicional.

Para la tripulación de ferrocarriles se reduce la jornada mensualizadas de 180 horas a una jornada de 40 horas promedio en cómputo mensual. Y para chofer o auxiliar de los servicios de transporte rural colectivo de pasajeros se reduce la jornada mensualizadas de 180 horas a una jornada de 40 horas promedio en cómputo mensual.

En este tipo de jornada caben también los trabajadores agrícolas permanentes. Este tipo de jornada especial es de carácter anual y fue rebajada proporcionalmente para ajustarse a la rebaja de 40 horas.

Para la gente de mar el actual régimen de jornada de los trabajadores de esta categoría establece que, cuando la nave se encuentre en operaciones, el exceso de trabajo por sobre la jornada ordinaria deberá pagarse como hora extraordinaria. Este umbral, para el cálculo de jornada extraordinaria, se ajusta a la reducción a 40 horas.

Y para los tripulantes de vuelo y cabina se creará un servicio en tierra por siete o más días. Aquí se propone que, si las labores de período de servicio en tierra se desarrollan por siete días o más en el mes calendario, la jornada mensual no podrá superar las 40 horas en promedio semanal.

Para los trabajadores de plataformas independientes se reduce la base de cálculo de 180 a 172 horas mensuales.

28 de marzo 2023/ SANTIAGO La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel, se reúnen con la directiva de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), encabezada por David Acuña, en el inicio de la negociación por el reajuste al ingreso mínimo mensual.. FOTO: LUIS BOZZO B./ AGENCIAUNO

5) Jornadas excepcionales (requieren continuidad operativa; por ejemplo, minería):

Para este caso se compensa con días de descanso anual adicionales para sistemas excepcionales cuyo promedio máximo de horas semanales no supere las 42 horas. Esto, en razón de la diferencia de tiempo que se produzca sobre 40 horas.

Lo anterior por tratarse de casos excepcionales en los que las y los trabajadores se desempeñan, muchas veces, en lugares apartados, lo que impide que se desplacen a sus hogares.

Un reglamento del Ministerio del Trabajo regulará los requisitos y procedimientos de autorización, otorgando más certeza a los usuarios del sistema. Se establece un plazo de 30 días para que la Dirección del Trabajo (DT) se pronuncie sobre solicitud de sistemas excepcionales.

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