CLC y enfermera escalan conflicto por tercera dosis de vacuna de Alejandro Gil contra el Covid

Clínica Las Condes

El caso de la tercera vacuna contra el Covid-19 de Alejandro Gil, presidente del directorio de Clinica Las Condes (CLC) vuelve a tener un nuevo capítulo en tribunales. Esta vez CLC y la enfermera Carla Garrido decidieron elevar el conflicto a la Corte de Apelaciones de Santiago, luego que el Juzgado Laboral de Santiago acogiera parcialmente la demanda de despido injustificado.


Recursos de nulidad presentaron tanto Clínica Las Condes (CLC) como la enfermera Carla Garrido en contra de la sentencia del 1 Juzgado Laboral de Santiago que acogió parcialmente la demanda que interpuso la profesional luego de ser despedida por dar a conocer la tercera dosis de vacuna de Alejandro Gil contra el Covid-19.

En su sentencia, el 4 de noviembre el tribunal rechazó la denuncia de tutela de derechos fundamentales, pero calificó su despido como “indebido”, estableciendo que la causal de término del contrato de trabajo se produjo por necesidades de la empresa.

CLC cuestionó la sentencia de primera instancia del juez Pablo Zambrano, pues a a su juicio el despido de Garrido se ejecutó de manera correcta, al vulnerar ley Nº 19.628, que resguarda los antecedentes de los pacientes.

“El fallo impugnado ha violentado el sistema de valoración de la prueba conforme a la sana crítica, específicamente el de los conocimientos científicamente afianzados y el de la lógica y su principio de razón suficiente”, acotó.

Según CLC, el magistrado confunde dos documentos distintos. Se trata de la notificación que se realiza al Ministerio de Salud, denominada “Error programático de vacunación EPRO”; y el reporte denominado”No Incidente: EA-21-00011187″. En efecto, “los testigos de la demandante reconocieron que si bien el primero de los documentos (EPRO) es obligatorio realizarlo; el segundo de ellos (Evento Adverso o EA) no lo era”.

“La propia demandante reconoció que, confeccionó el documento interno individualizado como No Incidente: EA-2100011187, a raíz de un procedimiento de vacuna que se aplicó al paciente de Clínica Las Condes, Sr. Alejandro Gil Gómez, en el que incluyó antecedentes privados sobre su condición de salud y tratamiento”, detalló CLC en su recurso de nulidad que se tramita en la Corte de Apelaciones de Santiago.

En su demanda, la enfermera exigió ser indemnizada por daño moral en una suma no inferior a $50 millones, acusando “lesiones psíquicas y resultados traumáticos”. A través de la acción judicial, la profesional buscó busca ser compensada en $109 millones, acusando la vulneración de derechos fundamentales.

Sin embargo, el juzgado laboral capitalino ordenó a la clínica pagar a la enfermera sólo $33 millones por los conceptos de mes de aviso y la indemnización por siete años de servicio.

“Si el sentenciador hubiese analizado correctamente los antecedentes y hechos del caso habría tenido que concluir, necesariamente, que el despido de la actora era justificado”, concluyó CLC en su presentación de 8 páginas.

Enfermera insiste

Por su parte, la enfermera Carla Garrido presentó también un recurso de nulidad en contra de la sentencia de primera instancia.

En su presentación volvió a lanzar una arremetida en contra de CLC. Sostuvo que el caso “acarreó graves consecuencias en su salud psíquica y también física, ya que a raíz de las circunstancias en que fue despedida, sufrió un grave trastorno emocional, que alteró su ánimo, en términos de insomnio, pesadillas, angustia y estrés agudo.

“Sin duda, el contexto del despido, y las imputaciones, afectaron su honra y con ello su dignidad, siendo una destacada profesional en la Clínica, fue acusada de manera totalmente infundada de incumplir gravemente obligaciones esenciales en el ejercicio de su profesión”, consignó.

La enfermera coordinadora del vacunatorio de la Clínica Las Condes, insistió en que cumplió con su deber al informar tanto al interior de la Clínica, como a la autoridad de salud, sobre la aplicación de una tercera dosis de la vacuna para el Covid, la cual no estaba autorizada, y que se aplicó a Alejandro Gil, Presidente del directorio de CLC, quien así lo exigió, generando un EPRO (error programático), debiendo además informarse un EA (evento adverso) en la plataforma habilitada para estos efectos en la clínica.

“El caso le acarreó graves consecuencias en su salud psíquica y también física, ya que a raíz de las circunstancias en que fue despedida, sufrió un grave trastorno emocional, que alteró su ánimo, en términos de insomnio, pesadillas, angustia y estrés agudo”, remató en su presentación de 22 páginas.

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