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CMF publica normativa definitiva que aumenta el pago mínimo en tarjetas de crédito

El pago mínimo con tarjetas de crédito es una posibilidad que entregan las instituciones con quienes las personas tienen sus plásticos, de pagar menos que el valor facturado total y no caer en mora por el saldo que no se pagó. Pero se cobran intereses por el monto facturado que no fue pagado.

Los emisores de tarjetas de crédito, como bancos y el retail financiero, estaban esperando la versión final de una normativa que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) tuvo en consulta pública hasta diciembre de 2024, y que modifica su pago mínimo. Y finalmente llegó este miércoles.

Pero antes de ir a ese detalle, primero hay que entender que el pago mínimo con tarjetas de crédito es una posibilidad que entregan las instituciones con quienes las personas tienen sus plásticos, de pagar menos que el valor facturado total y no caer en mora por el saldo que no se pagó. 

Pero eso no es gratis, ya que se cobran intereses por el monto facturado que no fue pagado. Hay personas que, al no tener liquidez, utilizan este mecanismo del pago mínimo, porque pagar menos que eso significaría un interés más alto que se acumula día a día. Esos intereses se llaman moratorios, y generalmente son el máximo que pueden cobrar las instituciones por ley.

Hasta ahora, la regulación establecía que el pago mínimo “no podía ser inferior al monto correspondiente a los intereses del mes de facturación, salvo en casos excepcionales en los que las entidades ofrecieran una oferta o ´promoción´ donde se liberaba de la obligación de dicho pago mínimo por un periodo determinado”, señalaba la norma de la CMF que estuvo en consulta. 

En definitiva, cada institución definía su propio pago mínimo siguiendo solo esa regla, lo que se tradujo en que hoy existen distintos criterios entre entidades para determinar ese monto.

Sin embargo, el año pasado el Congreso aprobó una ley impulsada por el gobierno, que adopta distintas medidas para combatir el sobreendeudamiento de las personas. Entre otras cosas, allí se facultó a la CMF para regular la formulación y los componentes del pago mínimo en tarjetas de crédito.

En ese sentido, la propuesta normativa establecía que el pago mínimo incluya un porcentaje de amortización del 5% del capital insoluto, con lo cual se generaría un pago mínimo del 25% del monto facturado.

Esto se compara con lo que existe actualmente, donde si bien el pago mínimo varía entre cada institución, representa en promedio solo un 4% del monto facturado. Con este aumento del pago mínimo, la CMF apunta a que se pueda amortizar, al menos, una parte de la deuda, y que no solo se paguen los intereses.

En la Asociación del Retail Financiero no gustó la propuesta y fue criticada en ese momento, esperando que la CMF pudiera hacer cambios. Pero finalmente no hubo mucha modificación en la propuesta final que hizo el regulador, ya que la normativa publicada este miércoles establece la misma forma de cálculo y los componentes del pago mínimo en tarjetas de crédito, con algunos leves cambios.

“La normativa plantea que el pago mínimo se determinará como la suma del Monto No Financiable (MNF) más un porcentaje de 5% del Monto Financiable (MF)”; afirma un comunicado publicado por la CMF.

Agrega que “el MNF considera las cuotas sin interés pagaderas en el periodo de facturación, así como intereses, comisiones y otros cargos, tales como impuestos, cargos adicionales, primas de seguros, entre otros. Por su parte, el MF corresponde principalmente al capital insoluto. Respecto a la versión en consulta pública, se excluye del MNF el capital de las cuotas con interés”.

La norma entrará en vigor un año después de su publicación, pero será gradual y estará en régimen después de dos años.

Los argumentos de la CMF

La CMF argumentó en un comunicado que, “aunque pagar el monto mínimo en tarjetas de crédito puede ofrecer flexibilidad durante periodos complejos desde el punto de vista financiero, es importante tener en cuenta que esta opción suele conllevar el pago de más intereses y prolongar el plazo de la deuda”.

A modo de ejemplo, la CMF expuso que, “si con el pago mensual de su tarjeta de crédito una persona solo amortiza el 1% del saldo, un deudor podría tardar casi 180 meses en saldar la totalidad de su deuda, acumulando un 160% en intereses. En contraste, el hecho de amortizar el 5% del saldo insoluto en cada periodo reduciría este tiempo de pago a 60 meses, con una acumulación de intereses del 40%“.

Por otra parte, detalló que “en específico en relación con la inclusión de las cuotas sin interés en el pago mínimo, los datos dan cuenta que un 84% de las personas termina pagando intereses por cuotas que fueron originalmente pactadas sin interés”.

La CMF también afirmó que “la normativa establece además que los emisores de tarjeta podrán exceptuar la realización del pago mínimo mencionado, de acuerdo con sus políticas internas, siempre que las definiciones del referido pago contemplen la amortización total de la deuda exceptuada de pago en un plazo máximo de 24 meses. Además, dichas excepciones podrán otorgarse por un máximo de dos meses consecutivos”.

Entrada en vigencia

La CMF explicó que la norma entrará en vigencia 12 meses después de su publicación. “A partir de ese momento, la incorporación de las cuotas sin interés al MNF se realizará de manera gradual, con un incremento del 25% cada seis meses. Así, después de dos años de la entrada en vigor de la norma, el 100% de las cuotas sin interés estará incorporado al MNF”, puntualizó.

También dijo que “este período de transición permitirá a las instituciones financieras ajustar sus procesos y adaptarse a la nueva normativa de manera progresiva, minimizando el impacto en los consumidores que no puedan cubrir el pago mínimo”.

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