
Corte Suprema acoge recurso de Lotería de Concepción y ordena bloquear sitios de apuestas online
La Tercera Sala Constitucional del máximo tribunal acogió en fallo dividido un recurso de protección interpuesto por Lotería de Concepción en contra deClaro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR.

La Tercera Sala Constitucional de la Corte Suprema acogió en fallo dividido un recurso de protección interpuesto por Lotería de Concepción en contra de las empresas de telecomunicaciones Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR, ordenándoles que bloqueen de inmediato decenas de sitios de apuesta online que operan a través de sitios web a los que es posible acceder desde Chile, cuya actividad calificó de ilegal.
En su dictamen, el máximo tribunal hace referencia a un informe de la Superintendencia de Casinos, que establece que “los juegos de azar son una actividad ilícita, salvo autorización legal expresa”, que sólo la poseen las empresas Polla Chilena, Lotería de Concepción, los hipódromos y los casinos de juego. Y que de los llamados juegos online, sólo Lotería, Polla y Teletrak tienen autorización, “por lo tanto, nadie más puede desarrollar juegos de azar en línea, no existiendo en Chile plataformas de juegos online autorizadas más allá de las expresamente habilitadas por ley”, plantea. Asimismo, la superintendencia indicó que ha derivado información de 194 plataformas que considera ilegales al Ministerio Público.

Sobre esa base, la corte señaló que la operación de estas plataformas afecta el derecho de propiedad de la recurrente, en este caso Lotería.
“Se acoge el recurso de protección deducido por Gonzalo Cisternas Sobarzo, actuando por Lotería de Concepción, en contra de Claro Chile SpA, Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., GTD Manquehue S.A., Telefónica Chile S.A., WOM S.A. y VTR Comunicaciones SpA, disponiéndose que las recurridas no pueden transmitir ni promover juegos de azar, salvo que acrediten autorización legal y de la autoridad administrativa, debiendo por lo tanto bloquear inmediatamente todos los sitios web solicitados por la recurrente en estos autos”, dijo el máximo tribunal.

El fallo tuvo los votos de mayoría de los ministros titulares Jean Pierre Matus y Eliana Quezada y el del abogado integrante Álvaro Vidal, mientras que la ministra Mireya López y el abogado Carlos Urquieta se inclinaron por rechazar el recurso.
En la resolución, la corte calificó la conducta de las empresas telefónicas de “ilegal y arbitrario”, toda vez que los juegos de azar realizados a través de plataformas de juegos online son “una actividad restringida en su explotación exclusivamente a quien se encuentre autorizado legalmente al efecto”, sostuvo.
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