Empresariado lleva al TC nueva ley de delitos económicos y desata críticas del gobierno

En una presentación firmada por los abogados Gabriel Zaliasnik y Constanza Hube, la Confederación de la Producción y del Comercio enumeró diversos vicios de inconstitucionalidad que contendría la iniciativa que fue despachada por el Congreso en mayo. Según la multigremial, el proyecto de ley establece un régimen punitivo distinto a personas que tienen cargos de alta responsabilidad, como gerentes generales y directores, en caso de cometer delitos económicos. Desde el Ejecutivo criticaron la decisión.


La Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) un téngase presente en el proceso de control de constitucionalidad que el organismo realiza sobre el proyecto de ley que sistematiza y penaliza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, una reforma legal que tardó varios años y que fue despachada por el Congreso el 16 de mayo pasado. En su presentación, el organismo empresarial -que agrupa a la industria, la minería, la banca, la agricultura, el comercio y la construcción- solicita al TC tener presentes “las consideraciones y vicios de inconstitucionalidad contenidos en preceptos del proyecto de ley”.

En un texto de 34 páginas, la multigremial enumeró varios reparos a la iniciativa legislativa. Según el libelo, patrocinado por los abogados Gabriel Zaliasnik y Constanza Hübe, el proyecto en cuestión “atenta contra el propio Orden Público Económico al seleccionar a un determinado grupo de personas que trabajan en ciertas organizaciones, para aplicar un régimen punitivo distinto y más gravoso que el general”.

Según la presentación, “el proyecto de ley presume de derecho una culpabilidad muy elevada de una persona solo por el hecho de tener posición jerárquica superior en la organización al momento de intervenir en el delito. Esto último vulnera las garantías penales reconocidas en la Constitución”.

“El nuevo sistema de multas (días−multa) no permite determinar la cuantía específica de la sanción aplicable, ni una base de cálculo cierta y verificable ex ante, que posibilite a las personas, especialmente a los destinatarios de las reglas prever la multa esperable frente a los hechos sancionables, enfrentándonos a una indeterminación sancionatoria”, agregó.

Por otro lado, el texto de la CPC explicó en su escrito que los delitos medio ambientales considerados incorporados en el proyecto de ley “constituyen una ley penal en blanco propia, que no es tolerada por el ordenamiento jurídico”.

Según el documento, una de las características “más negativas del proyecto es que establece un derecho penal especial y mucho más duro solo para ciertas personas (por su posición o cargo), que trabajan en ciertas empresas (medianas y grandes).

Esto último da cuenta de “una vulneración a la igualdad ante la ley, generando un verdadero sistema penal paralelo y ad hoc a ciertos tipos de delitos, alejándose de la una lógica general”. En efecto, según el téngase presente, “este proyecto pareciera justificar un tratamiento distinto de los denominados delitos económicos por el solo hecho de cometerse al interior de una empresa u organización y por ejecutivos, directores, administradores o personas que detentan otras posiciones o cargos”.

“En esta línea, el Proyecto de Ley genera situaciones absurdas y derechamente desproporcionadas que han sido recogidas en el debate público”, remató.

Vicios

En el mismo escrito, la CPC cuestionó directamente los preceptos legales de la iniciativa. Uno de ellos es el artículo 16 numeral 1° letra a que establece como “agravantes muy calificadas de un delito económico” que “el condenado participó activamente en una posición jerárquica superior en la organización en la que se perpetró el delito”.

“El legislador en este ámbito vulnera la Constitución al presumir de derecho la responsabilidad penal de aquel −un gerente, por ejemplo− por el solo hecho de ocupar un determinado cargo o posición jerárquica al momento de producirse el delito”, agregó.

En este aspecto, el proyecto de ley establece que “se impondrá el comiso de ganancias obtenidas a través de un hecho ilícito que corresponda a delito económico, aunque se dicte sobreseimiento temporal o sentencia absolutoria fundados en haberse extinguido la responsabilidad penal o en haber sobrevenido un hecho que, con arreglo a la ley, ponga fin a esa responsabilidad”.

La iniciativa también establece como tipo penal la alteración fraudulenta de precios considerando una pena de presidio o reclusión menor en su grado máximo o reclusión mayor en su grado mínimo (es decir de tres años y un día a cinco años y de cinco años y un día a diez años respectivamente) en caso de que dicho fraude recayere sobre el precio de “bienes o servicio de primera necesidad o de consumo masivo”.

El problema es que, según la CPC, la forma en cómo se tipifica el delito, vulnera las garantías constitucionales. Ejemplo de ello es que según la multigremial, “el proyecto no especifica qué se entiende bienes de primera necesidad o de consumo masivo, siendo los efectos de la norma en consecuencia imprevisibles para quien incurriese en la conducta base del tipo”.

El artículo 134 bis

La reforma legal modificó además la ley de sociedades anónimas y creó el nuevo artículo 134 bis, que determina lo siguiente: “Los que prevaliéndose de su posición mayoritaria en el directorio de una sociedad anónima adoptaren un acuerdo abusivo, para beneficiarse o beneficiar económicamente a otro, en perjuicio de los demás socios y sin que el acuerdo reporte un beneficio a la sociedad, serán sancionados con la pena de presidio o reclusión menores en cualquiera de sus grados”.

Sobre esta materia, Zaliasnik y Hube sostienen que, en relación a los acuerdos abusivos, “no se define, no se conceptualiza ni se establecen los elementos que permitan hacer determinable la conducta tipificada penalmente”.

Por lo mismo, sostienen que el proyecto no identifica claramente cuál es la conducta penalizada. “¿Se trata de la adopción del acuerdo abusivo? O más bien ¿se trata de quienes participando del acuerdo se hayan prevalecido de su posición mayoritaria?”. Por ello, concluyen que aquello es una “ley penal abierta que vulnera de manera clara la Constitución, al no describir la conducta de manera expresa y previa”.

El presidente de la CPC, Ricardo Mewes, desde la Región de Los Lagos, indicó que el proyecto de ley atenta contra la actividad empresarial.

“El proyecto de delitos económicos crea una serie de nuevos delitos con sanciones que nos parecen totalmente arbitrarias. Por eso, hicimos esta presentación al Tribunal Constitucional, señalando que se atenta contra la actividad empresarial. Por ejemplo, presume una culpabilidad muy elevada de ejecutivos, vulnerando las garantías penales reconocidas en la Constitución. En otros casos, se establecen sanciones que son desproporcionadas en relación con la falta”, dijo Mewes.

Críticas del gobierno

Tras la presentación de los grandes empresarios ante el Tribunal Constitucional para modificar la ley de delitos económicos, el ministro de Justicia, Luis Cordero, indicó que la decisión se parece mucho a lo ocurrido en el pasado con la ley del Sernac. Además, cuestionó que, a su juicio, se intente cambiar la voluntad del Congreso.

“La presentación contra el proyecto de ley de delitos económicos en el Tribunal Constitucional es el mismo mecanismo que se utilizó para objetar al Sernac. En ese momento, el Congreso aprobó por amplia mayoría tener un Sernac con dientes, vino luego un téngase presente y lo que hizo el Tribunal Constitucional fue doblar la voluntad del Congreso”, dijo el ministro en Valparaíso.

Y agregó que “la presentación que se hace ahora contra delitos económicos se parece. Se parece en la figura, de tener mejores herramientas para la fiscalización; se parece en el modo, el Congreso lo aprobó por amplia mayoría; y se parece por la redacción, ocupar un medio como un simple téngase presente para que el Tribunal Constitucional doblegue la voluntad del Congreso. En ambas situaciones, lo fue antes inadmisible y ahora también es inadmisible”.

El secretario de Estado, señaló que “este proyecto de ley ha tenido una amplísima discusión, ha contado con los mejores especialistas en las asesorías. Ha tenido la oportunidad de que todo el mundo opine, sin embargo, el sector privado parece que sólo se enteró de la tramitación de este proyecto de ley en la parte final. Me parece que todo el mundo tiene derecho de petición. Lo que me parece que es un indicador políticamente incorrecto es tratar de utilizar al TC en el control preventivo, para alterar la voluntad del Congreso”.

Desde La Moneda, la ministra Camila Vallejo, también se refirió al ingreso al TC de una presentación de 34 páginas, por parte de la CPC, ante eventuales vicios de inconstitucionalidad del proyecto.

“Primero habría que analizar esa presentación en detalle para referirnos en profundidad, pero nos gustaría aprovechar esa pregunta para destacar lo importante que fue la aprobación en el Congreso del proyecto de ley aprobado sobre los delitos económicos y ambientales. Hemos elevado de manera ejemplar en Chile los estándares para la persecución de los delitos de cuello y corbata. Ese es un proyecto que pone fin a las clases de ética cuando se cometen estos delitos. Es algo que lamentablemente se está cuestionando. Habría que ver el detalle de esa presentación, pero a todas luces es preocupante que se esté tratando de frenar la entrada en vigencia de una ley tan relevante”, señaló la secretaria de Estado.

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