Por Leonardo CárdenasNietos de Jaime Santa Cruz demandan a sus tíos y exigen que sean excluidos de la millonaria herencia familiar
Los hermanos Roa Santa Cruz presentaron una demanda el 16 de diciembre de 2025 ante el 2º Juzgado Civil de Santiago, en la que solicitan la remoción de sus tíos Andrés y Pola Santa Cruz Negri, así como del abogado José Miguel Bambach, de sus cargos como albaceas de la herencia del empresario Jaime Santa Cruz López, quien falleció el 8 de marzo de 2020.

Un nuevo capítulo en el conflicto por la herencia del empresario Jaime Santa Cruz López, fundador de empresas como Lipigas, ABC-Din, Dijón y Blumar, y quien falleció el 8 de marzo de 2020, se escribe en los tribunales. El 16 de diciembre de 2025, los hermanos Camila, Josefa, Isabel y Francisco Roa Santa Cruz, hijos de María Isabel Santa Cruz Negri -fallecida en abril de 1997-, presentaron una demanda ante el 2º Juzgado Civil de Santiago. En ella, solicitan la remoción de sus tíos, Andrés y Pola Santa Cruz Negri, así como del abogado José Miguel Bambach, de sus cargos como albaceas de la herencia familiar.
Los hermanos Roa Santa Cruz acusan a sus tíos de excluirlos de la herencia de su abuelo a través de una serie de actos y contratos concatenados que supuestamente habrían realizado, en lo que califican como un “verdadero esquema de vaciamiento patrimonial de una sucesión en vida”.
De acuerdo a lo relatado en la demanda, Jaime Santa Cruz realizó su último testamento solemne y cerrado 29 de noviembre de 2012. Según el mismo escrito, al haber fallecido María Isabel Santa Cruz antes que su padre, los hermanos Roa sucedieron al empresario por derecho de representación de su madre y por derecho propio. “Producto de ello, son titulares y detentan el 16,67% del haber hereditario”, consignó el escrito patrocinado por el abogado Pedro Pablo Gutiérrez.
Según la demanda, los demandados han incumplido su encargo de manera consciente y reiterada. “Su gestión se ha caracterizado por el ocultamiento de información, la omisión de deberes legales básicos y una conducta dolosa orientada a perpetuar la opacidad, vulnerando los derechos de los Hermanos Roa, poniendo en riesgo la integridad del proceso sucesorio e incumpliendo dolosamente no solo la voluntad de Jaime Santa Cruz, sino que también normas de orden público sucesorio y prohibiciones legales”, planteó.
“La gestión de los Albaceas los ha favorecido patrimonialmente en detrimento de la masa hereditaria, pues dos de ellos, a saber, los Albaceas Santa Cruz Negri –junto con sus hijos, hermanos y sobrinos (con exclusión de los Hermanos Roa)–, se han beneficiado del no cumplimiento de las disposiciones testamentarias profitando de los bienes hereditarios", indicó.
En el documento también se detalló que “mantener el statu quo –sin cobrar la cuenta por cobrar, sin transparentar el contrato de crédito en donde constarían las condiciones de ésta y sin realizar los pagos establecidos en el Testamento– favorece los intereses de los Albaceas Santa Cruz Negri, junto con el interés de sus hijos, hermanos y sobrinos, y perjudica exclusivamente a los Hermanos Roa quienes son dueños de un 16,7% de los bienes quedados al fallecimiento del causante".
Una de las controversias que existen dice relación con una deuda de aproximadamente UF 700.000 con la sucesión, que los hermanos Santa Cruz crearon para hacerse del patrimonio de su padre sin pagar el precio y que, además, a la fecha no se ha pagado, pues son los mismos hermanos Santa Cruz quienes administran la sociedad deudora y la sucesión en su calidad de albaceas.
“Resulta patente que los Albaceas Santa Cruz Negri, en los hechos, se excusaron injustificadamente de ejercer el cargo. En cualquier caso, es claro que, además, han incurrido en dolo: han mantenido un patrón deliberado de inejecución, opacidad y beneficio propio, contrario al mandato legal y testamentario”, acotó el escrito.
En el mismo documento, los hermanos Roa Santa Cruz acusan que “estos hechos los torna indignos para suceder al Causante conforme a los artículos 971 y 1300 del Código Civil, por lo que procede declararlos excluidos de la herencia, con las consecuencias legales respectivas: restitución de lo percibido a título de retribución, devolución de frutos e intereses y pago íntegro de los perjuicios causados”.
Incumplimientos
Según la demanda, los albaceas han cometido diversos incumplimientos que hacen necesaria su remoción. En primer lugar, no han cumplido con ejecutar las disposiciones establecidas en el testamento, lo que implica que no llevaron a cabo la voluntad expresamente manifestada por el causante.
Además, indica que incumplieron su deber de conservación de los bienes, ya que no cuidaron adecuadamente los documentos y papeles de la sucesión. Incluso afirmaron desconocer el “contrato de crédito” que se encuentra expresamente incorporado al testamento, pese a que dicho instrumento es esencial para entender el principal bien de la herencia: la cuenta por cobrar contra Santegri.
Asimismo, se acusa, los albaceas no elaboraron un inventario solemne, completo y detallado de los bienes existentes al momento del fallecimiento del causante. Tampoco pagaron los legados ordenados en el testamento, ni solicitaron o gestionaron los fondos necesarios para cumplir con esa obligación.
Por último, según la demanda, los albaceas no rindieron cuentas de su gestión como tales y actuaron sin la diligencia que la ley exige. Por el contrario, habrían actuado de manera dolosa, perjudicando a la masa hereditaria y favoreciendo intereses contrarios a los de los herederos.
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