Sernac ofició a Essbio por aplicar compensaciones incompletas tras cortes en Chiguayante y Los Angeles

CHIGUAYANTE: Fotografias tematicas de Essbio

En caso que la empresa no responda el Sernac advirtió que tomará las acciones correspondientes, no descartando acudir ante los tribunales de justicia..


El Sernac informó este martes que ofició a la empresa sanitaria Essbio, tras detectar que aplicó compensaciones automáticas incompletas a los usuarios afectados por los cortes de agua de fines de agosto y principios de septiembre pasado, en las ciudades de Los Angeles y Chiguayante.

Según el Sernac las compensaciones aplicadas a los usuarios fueron menores a lo que establece la Ley del Consumidor, "debido a una interpretación arbitraria y errónea por parte de Essbio, por cuanto dicha empresa realizó el cálculo considerando sólo el valor del agua potable, y no por el valor total de la facturación que también incluye alcantarillado y tratamiento de aguas servidas".

El director del Sernac, Lucas Del Villar, explicó que cuando se produce un corte de agua por razones imputables a la empresa, ésta debe compensar de forma proporcional al tiempo de corte y consumo en el mes previo de cada medidor, y ese cálculo considera todo el valor del servicio concesionado, no sólo el agua.

En efecto, el servicio de agua se compone del suministro, pero también del alcantarillado y tratamiento de aguas servidas que se lleva en promedio más de un 50% del costo final de la cuenta, por lo que es relevante considerarlo en la compensación. Por otra parte, los servicios de alcantarillado y tratamiento, que son accesorios, tampoco se entregan en caso de corte por lo que no tiene sentido que sólo se compense por la falta de agua, añadió.

La medida se tomó luego que el intendente de la Región del Biobío, Sergio Giacaman, presentara antecedentes al Sernac que corroboran la aplicación incompleta de las compensaciones automáticas por parte de la empresa, precisó el organismo.

A partir de marzo la Ley del Consumidor, en su artículo 25A, establece que las empresas deben aplicar los descuentos automáticos que equivalen a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión del servicio, cuyo monto se calcula en base al monto total de la facturación, incluyendo los cargos de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas. Es decir, para cada familia se calcula sobre distinta base de acuerdo a su consumo.

A través del oficio, el Sernac ordenó administrativamente a Essbio que realice los ajustes pertinentes y aplique las compensaciones de acuerdo a dichos parámetros. En caso contrario, el Servicio advirtió que tomará las acciones correspondientes, no descartando acudir ante los tribunales de justicia.

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