Por Leonardo CárdenasSuprema respalda a la CMF y confirma multa a Banco de Chile por dar créditos a deudores de pensiones de alimentos
La Corte Suprema ratificó multa de la Comisión para el Mercado Financiero contra Banco de Chile de 617,98 UF (más de $24 millones), por otorgar créditos a personas que estaban inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

La Corte Suprema decidió el viernes pasado mantener la sanción contra el Banco de Chile, confirmando lo que había resuelto la Corte de Apelaciones de Santiago. La multa, impuesta por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) el 27 de mayo de 2025, fue de 617,98 UF (más de $24 millones), porque el banco dio créditos a personas que estaban inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
El fallo cuenta con votación unánime de los ministros Jean Pierre Matus, Diego Simpertigue, Omar Astudillo y los abogados integrantes María Angelica Benavides y José Miguel Valdivia. La sentencia condena en costas a Banco de Chile.
Con esto se pone fin a la disputa judicial que había iniciado el banco -controlado por el Grupo Luksic y Citibank- para intentar anula la sanción.
El 24 de septiembre el banco recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago para revocar la sanción. En su defensa, argumentó que la responsabilidad recae en el Servicio de Registro Civil e Identificación, ya que la plataforma que administra presentó “un error” que impidió acceder correctamente a los datos del registro. Según la entidad, esto constituye un caso fortuito, fuerza mayor y falta de servicio, lo que eximiría al banco de responsabilidad.
Frente a la ofensiva, la CMF presentó sus descargos. En su escrito José Antonio Gaspar, director general jurídico de la Comisión para el Mercado Financiero, respondió que “Banco de Chile privilegió cerrar negocios antes de dar cumplimiento con sus obligaciones legales y, en particular, resguardar que los alimentarios pudieren percibir los alimentos que se le adeudan”.
A su parecer la prueba presentada fue suficiente para acreditar los hechos y circunstancias que dieron origen a la causa.
La CMF en sus descargos ante la Corte de Apelaciones de Santiago sostuvo que Banco de Chile está “obligado” a realizar la consulta. “Si al momento de recibir respuesta a través de la modalidad API el sistema le arrojó error, aún así tenía las opciones de volver a ingresar la consulta o acceder a través de la página web del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Sin embargo, no hizo el intento de dar cumplimiento a su deber legal, ya que se limitó a dirigir su aplicación a un sistema que en ese momento no estaba operativo”, afirmó.
“Banco Chile simplemente siguió adelante con la operación de crédito, sin esperar obtener una respuesta a su consulta para efectos de verificar si debía retener o no parte del monto del crédito a otorgar. El Reclamante siguió con el negocio, sin velar por dar cumplimiento debido a sus obligaciones legales, en circunstancias que no se intenta obstaculizar el desarrollo de su giro (como es otorgar crédito), sino que al menos, en ese contexto, dé cumplimiento a las normativas propias de dicha actividad, como son los deberes impuestos en resguardo del pago de pensiones de alimentos”, indicó.
Banco de Chile declinó efectuar comentarios sobre este artículo.
Problemas
La CMF también cuestionó los argumentos que expuso el banco sobre un eventual fuerza mayor o caso fortuito.
“El hecho no resulta imprevisible dado que puede ocurrir que existan situaciones como la acaecida, esto es, alguna falta de disponibilidad de sistemas informáticos, lo que exige tener medios alternativos. Sin embargo, Banco de Chile ni siquiera tenía previsto un procedimiento para dar cumplimiento efectivo al deber de consulta, ante estas situaciones en casos de ocurrir”, añadió.
Para fundar su arremetida, la CMF citó una declaración de un funcionario del Banco de Chile.
“Nosotros cuando sacamos el informe hacemos nuevamente la consulta para saber si existe algún error con el Registro Civil. La nueva consulta que hacemos hoy día se informa a la gerencia de operaciones, esto es desde que yo llegué, antes se tenía solamente el registro, hoy día lo hemos mejorado. Anteriormente, abril o mayo, cuando había un error no se informaba por parte de mi unidad a la gerencia de operaciones, pero no sé si estaba a cargo de otra unidad”, manifestó.
“Hoy el sistema sí está configurado para realizar nuevas consultas tras un error, esto es una mejora que se ha incorporado al sistema, esto es aproximadamente hace 2 meses. Antes no había nuevas consultas, solamente se dejaba registrado el evento error”, agregó.
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