Derechos y pactos: El debate constitucional sobre migración

Inmigración

Al menos unos 350 mil extranjeros podrán votar en el plebiscito de octubre, aunque oficialmente habitan en Chile más de un millón. Cada día aumenta el impacto de los migrantes en nuestra sociedad y el actual debate constitucional plantea desafíos: discutir la ciudadanía, la nacionalidad y los derechos políticos son solo una de las aristas.


La pandemia lo afecta todo. Revela las diferencias de vivir en un sector u otro de una ciudad, cómo eso dificulta o hace imposible, a veces, el distanciamiento. Refleja también las diferentes situaciones económicas. El covid-19 también ha expuesto como muchas de las personas que viven en malas condiciones, hacinados o allegados, son en gran parte, inmigrantes.

En mayo unos 200 venezolanos y venezolanas acamparon afuera de la embajada de ese país para optar a un cupo del plan Vuelta a la Patria impulsado por Nicolás Maduro. Y este mes 17 ecuatorianos fueron trasladados desde un cité de Independencia hasta un hotel luego de constatarse un brote de covid-19 en el recinto. Esta semana noticieros mostraban a familias colombianas con carpas esperando que abriera la embajada de su país.

¿Cómo estas situaciones pueden repercutir en el proceso constituyente? Existen registros recientes del interés de los extranjeros por participar. Durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet esto quedó de manifiesto en los encuentros locales autoconvocados que se realizaron durante el proceso constituyente que impulsó ese gobierno.

“En el proceso constituyente tienen que participar todas las personas que residen en este país. Estos procesos implican pensar un nuevo marco social y esto afecta a vecinos y vecinas nuestras que no nacieron en Chile pero que viven, trabajan, o estudian aquí”, reflexiona Caterine Galaz académica de la facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile, con especialidad en campos de diversidad y migración. “El efecto que puede generar es que ganemos en democracia, participación transversal, que se desdibuje esta frontera falsa entre ellos y nosotros y que podamos pensarnos como legítimos y legítimas moradoras de un mismo territorio”, agrega.

En la Constitución no existe un derecho de los migrantes o a la migración. Se sobreentiende que “los extranjeros gozan de los derechos constitucionales establecidos en el Capítulo III de la Constitución”, como se lee en el Diccionario Constitucional Chileno (Hueders). Estos son, por ejemplo, el derecho a la vida y la integridad física y también el que asegura que quien ingrese a nuestro territorio “es libre”.

En 2016, durante uno de los encuentros autoconvocados, Héctor Villanueva, proveniente de República Dominicana afirmó: “Ya existen cláusulas en la Constitución, sin embargo faltan muchas”. ¿Cuáles podrían ser? Para Pablo Rojas de la Red Nacional de Organizaciones Migrantes y Pro Migrantes en Chile son, entre otras, respetar los derechos incorporados en la Constitución, respetar los tratados y los acuerdos internacionales, la igualdad ante la ley y la no discriminación. Rojas agrega que, por ejemplo, la Carta Magna de Argentina promueve y fomenta la inmigración. Esta “es una iniciativa que viene a innovar el derecho de la movilidad de las personas. Es algo que ya se instaló en el mundo contemporáneo”, asegura.

El miércoles la Red Nacional informó que la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de amparo contra la exigencia que puso el gobierno de que los extranjeros colombianos que se acojan a vuelos para retornar a su país no podrán volver a Chile por nueve años.

Según el Departamento de Extranjería y Migración, las cinco nacionalidades a las que se han otorgado visas son Perú, Venezuela, Colombia, Bolivia y Haití. En febrero de 2019 el Gobierno junto al Instituto Nacional de Estadísticas dio a conocer que se estimaba que la cantidad de inmigrantes era de unas 1.251.225 personas. “Corresponde al 6,6% de la población, esta cifra comparada con la historia del siglo XX y lo que va del siglo XXI es inédita”, expresó el entonces subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla. En 2018 el INE indicó que los inmigrantes tienen en promedio 1,6 años más de escolaridad que las personas nacidas en Chile.

Michel-Ange Joseph, haitiana, dirigenta del Colectivo Microsesiones Negras, señala que “la migración es un derecho, uno de los derechos humanos, el derecho fundamental de todos es de garantizar y asegurar las garantías comunes, para todos los ciudadanos ya sean inmigrantes o nacionales. Si se aborda el tema hay que mejorar las leyes migratorias para que los migrantes puedan ser partícipes en los procesos electorales, darles derecho a voto, que tengan rut vigente, igualar los tratos legales, todos los migrantes tienen el derecho de ser tratados con justicia y respeto”.

Cambios de paradigma

En un estudio hecho por Lorena Oyarzún, académica del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile, especialista en temas migratorios, se explica que en la actual ley migratoria, que data de 1975, “la normativa de Chile no está pensada para ser país receptor de migrantes. Los gobiernos siempre, en el siglo XIX e inicios del XX, promovía que los sectores más extremos del país fueran poblados por migrantes, pero era un tipo de migración blanca, europea”. Este fenómeno tuvo especial apogeo durante el Siglo XIX.

En los últimos años Chile ha sido destino de naciones con dificultades económicas o políticas. Oyarzún explica a Re:Constitución que desde el atentado a las Torres Gemelas en 2001 y la crisis económica en Europa en los últimos años, la migración de latinoamericanos cambió y se concentró más en el mismo continente. Chile se transformó en un destino de muchos extranjeros.

Rita Lages, académica del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile indica que existen a lo menos dos preguntas que pueden “parecer filosóficas” pero que ayudarán a reflexionar y “a definir un nuevo marco jurídico constitucional en la relación del Estado con sus extranjeros”. Estas son ¿Quiénes son los que pertenecen a la comunidad política que pretende dar así mismo una nueva Constitución?, y ¿Quiénes son los que quieren entrar a esta comunidad?

Lages, quien ha realizado análsis de derechos internacionales de los migrantes, señala que en Europa existe la distinción entre nacionalidad y ciudadanía. Uno puede tener nacionalidad particular, pero además es un ciudadano europeo. “Nos tenemos que preguntar cuál es la importancia del vínculo de una persona (nacional o extranjera) con el Estado, si la nacionalidad o ciudadanía se debe solo al nacimiento o a factores como el arraigo”. Lages es portuguesa. “Eso significa que tengo asociados una serie de derechos como la libre circulación por Europa, pero también permite optar a participar en el parlamento europeo. En la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) se intentó hacer eso”, sostiene. La Unasur está suspendida desde 2018, pero hay países que se retiraron, como Chile.

Para la académica es importante que en la discusión constitucional se destaque “el principio de igualdad y no discriminación. Eso es reconocer que no son compatibles estatutos distintos para extranjeros y nacionales (...) por ejemplo, no todos los extranjeros pueden acceder a una vivienda, se requiere residencia previa permanente”.

Daisy Margarit, integrante del Instituto de Estudios Avanzados (IDEA) de la Usach, investigadora MOVYT (Movilidad y Territorio), Núcleo Milenio, coincide en cuanto al problema de nacionalidad-ciudadanía. “Hay que avanzar hacia un camino que amplíe la noción de ciudadanía que tenemos” y añade que “es necesario tener un marco regulatorio, un marco jurídico actualizado (...) los migrantes en situación irregular son invisibles para las políticas del Estado. Otros países han implementado formas de regularizar como Portugal”.

En plena discusión se encuentra el proyecto de Ley de Migración justo cuando se ha revelado un informe del Departamento de Extranjería y Migración de Chile que advierte que durante la pandemia la migración podría aumentar nuevamente en el país. Y han surgido cuestionamientos al enfoque de la ley. Una carta firmada por Lages y dos académicos más en el sitio El Mostrador en mayo decía: “Si bien entre los fundamentos de la iniciativa figura el trato igualitario para personas migrantes y el aseguramiento de sus derechos, el enfoque principal de la génesis del proyecto fue económico y de seguridad interior”.

En 2017 el caso de Joane Florvil, haitiana de 27 años se hizo conocido. Ella acudió al Departamento de Prevención y Promoción Comunitaria de la municipalidad de Lo Prado, donde solicitó en créole a un guardia que cuidara a su hija durante unos minutos. La municipalidad dio aviso a Carabineros quienes detuvieron a la mujer por abandono mientras su hija fue ingresada a un centro del Sename. Florvil nunca volvió a verla y falleció poco después de un cuadro hepático. El municipio después fue condenado por discriminación arbitraria.

Derecho a voto

Se considera como uno de los aspectos más relevantes de la actual Constitución el otorgar el derecho a sufragio a los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, cumpliendo requisitos como tener 18 años cumplidos y no haber sido condenados a penas aflictivas.

Como “razonable” que exista un periodo de avecindamiento para votar califica Pablo Valderrama, director ejecutivo de IdeaPaís, académico de la Universidad de los Andes. “Es importante porque la noción de votar y elegir representantes supone un cierto vínculo con el lugar en el que se participa, un cierto sentido de pertenencia. Más aún, para los que creemos que el voto es un deber, ese vínculo es más importante todavía”, señala.

Caterine Galaz opina que “es debatible” que se deba esperar hasta cinco años. “Es cierto que normativamente se tiene que colocar un límite de tiempo para la participación en votaciones para evitar que gente que no vive sino que es ‘transeúnte’ como pueden ser turistas terminen incidiendo en votaciones. En otros países el plazo es menor porque se acredita con arraigo de dos o tres años el avecindamiento en el país”, argumenta.

¿Qué incidencia tiene esto en la realidad política del país? El presidente de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes en Chile, Héctor Pujols dice que “se calcula que serán unos 350 mil extranjeros los habilitados para votar”, el cual “no puede determinar por sí solo el resultado (por ejemplo, del plebiscito) y será más bien de carácter simbólico”, -sin embargo, agrega-, “es un buen precedente que podamos participar porque la idea es que la nueva Constitución recoja el sentir de todas las personas que habitamos Chile”.

Tratados y pactos

En diciembre de 2018, en Marruecos, 164 de los 193 países miembros de las Naciones Unidas firmaron el Pacto Global para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Esto, luego de 18 meses de negociación en las asambleas en Nueva York. Los países occidentales que decidieron no firmar el pacto fueron Estados Unidos, Austria, Hungría, Polonia, Estonia, Bulgaria, República Checa, Israel, Australia, República Dominicana, y Chile. El pacto, que no era vinculante jurídicamente, expresaba el compromiso de los países firmantes para mejorar la cooperación sobre la migración internacional.

La medida fue criticada por algunos sectores y organizaciones. El investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad (IES) Guillermo Pérez, quien ha realizado estudios sobre migración y racismo, dice que es legítimo que un país se niegue a firmar un pacto sobre inmigración, pero destaca que “el asunto problemático son las razones que se esgrimen para tomar esa decisión”. Pérez dice que las del gobierno “fueron muy insuficientes, que uno de los principales argumentos para no suscribir el pacto haya sido la protección de la soberanía estatal no alcanza, pues ese mismo motivo podemos usarlo para rechazar otros tratados internacionales que sí se han firmado”.

“Es necesario mirar cada decisión en su mérito”, propone Pablo Valderrama. “El no adscribir a un pacto internacional no implica necesariamente tener una política anti migratoria, sino que puede significar que el compromiso que se podía asumir lesionaba los intereses de nuestro país. En este caso, el pacto de la ONU tenía ciertos puntos razonables, pero a su vez, se esbozaban limitaciones al derecho soberano de decidir respecto a cómo resguardar nuestras fronteras y también ciertas revisiones a nuestra legislación, y el no suscribirlo por esas razones, es completamente legítimo y no creo que marque ningún mal precedente”.

En la vereda opuesta, y sosteniendo derechamente que es un “muy mal precedente”, se encuentra Galaz. La académica señala que aunque se tuviera una visión crítica de algunos puntos del pacto, “el no firmarlo habla de que Chile se queda abajo de un proceso transnacional donde que se reconoce que las migraciones son parte de las formas en que se constituyen los estados actualmente”.

Galaz agrega que que es algo grave principalmente porque Chile había participado ampliamente en todo el proceso. “No firmarlo es desconocer el trabajo que se realizó. En estos momentos aparecemos lejos de los países más democráticos y con tradición de acogida a población migrante, y más alineados internacionalmente a países que tienen discursos explícitamente nacionalistas extremos, xenófobos y racistas”, afirma.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a la fecha entre los convenios que Chile no ha ratificado, se encuentran los que aluden a los trabajadores migrantes del año 1949 y de 1975. Pujols señala “tenemos la oportunidad de repensar el papel de la población extranjera en el Chile de hoy”. Afirma que “la constitución actual no reconoce a los extranjeros como ciudadanos a pesar de que puedan llevar en Chile 30 o 40 años y sus hijos sean chilenos. Este elemento determina cómo se entiende a las personas extranjeras. Hay debates pendientes y el marco constituyente es el apropiado para darlos”.

Pérez, por su parte, es cauto pues dice que primero hay que saber si es que se va a realizar el proceso constituyente en octubre. Haciendo esa apreciación, opina que “por otro lado, la nueva Constitución será una herramienta útil, pero limitada. El proceso constituyente muy probablemente no va a solucionar todos los problemas asociados a la migración, haya o no participación de inmigrantes en el proceso. Eso deja pendiente el desafío tanto para el Estado como para la sociedad civil”. Aunque tiene presente que su percepción es que “la relación del inmigrante con el Estado es bastante precaria y deficiente y suele estar marcada por la burocracia y la indiferencia”.

Galaz concluye: “Debemos pensar que Chile nunca fue monocultural y menos ahora. Debemos avanzar hacia una constitución de un estado moderno, que considere la pluralidad de trayectorias de vida que coexisten en este territorio. Mirar otras constituciones que se plantean más cosmopolitas y no uninacionales, puede ayudarnos. Pero además debemos responder a los tratados ya firmados, pero además, ampliarlos para asegurar los derechos de estos colectivos que son residentes de este espacio”.

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