El tribunal rechazó los recursos de apelación y casación en la forma interpuesto por la parte denunciante, que presentó una denuncia de obra nueva sobre sus pertenencias mineras. Pese a que ello se acreditó, el fallo refuta que la demanda arguya perjuicios económicos porque el proyecto de la minera estaba suspendido, y la construcicón del Parque Eólico Calama "no le afecta en un proyecto ejecutado o en ejecución".Así, la parte recurrente quedó condenada al pago de costas.
27 mar 2024 04:48 PM