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Caso Gatica: ONU envía un téngase presente a la corte con “estándares internacionales de DD.HH. sobre uso de la fuerza”

El escrito se remitió al tribunal de alzada capitalino un día antes de la vista del recurso de nulidad. Fuentes del caso dicen que el documento no fue comentado en la relación que hizo el relator de la sala. La causa quedó en acuerdo y la sentencia se comunicará el próximo 3 de agosto.

SEBASTIAN CISTERNAS/ ATON CHILE

El recurso de nulidad por el caso Gatica ya está resuelto en la Corte de Apelaciones de Santiago. Así lo deliberó este martes el tribunal de alzada capitalino en una sala integrada por la ministra Romy Rutherford, el ministro Patricio Martínez y el abogado integrante Sebastián Llantén.

La causa quedó en acuerdo y la sala designó como redactora a la ministra Rutheford. Junto con eso, se fijó para el próximo 3 de agosto la lectura de la sentencia

El recurso que tuvo que analizar la Corte de Santiago lo presentó la Fiscalía Centro Norte y pretende anular el juicio ventilado ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago en el que terminó absuelto el exteniente de Carabineros Claudio Crespo por la imputación del Ministerio Público en relación a las lesiones sufridas por el ahora diputado Gustavo Gatica.

Pese a haber resuelto que fue Crespo quien disparó los perdigones que terminaron dejando ciego a Gatica, para el tribunal el exuniformado actuó conforme a la ley en el marco de las fuertes protestas que se estaban dando ese 8 de noviembre de 2019 en el estallido social.

No contentos con el resultado, la Fiscalía Centro Norte recurrió a la corte con la pretensión de que se realice un nuevo juicio. En la vista de la causa fue la fiscal Ximena Chong quien alegó ante la corte. Junto a ella lo hizo también el abogado Pablo Norambuena quien representa a Gatica. También alegó Marcelo Oyharcabal por el CDE, la abogada Paulina Pérez en representación del INDH y de forma telemática, por la defensa de Crespo, alegó el abogado Roberto Rabi.

Un día antes a la audiencia en que se hizo la vista de la causa, el 13 de julio, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) envió un documento a la Corte de Apelaciones de Santiago.

En un escrito titulado como “téngase presente” y encabezado por Paula Berrutti, representante regional adjunta para América del Sur del Acnudh, se hace mención a las normas que regulan el uso de armas por parte de las policías. “Vengo en presentar este documento con estándares internacionales de derechos humanos sobre uso de la fuerza por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, a fin de contribuir a la mejor vista de la causa y de que sea considerado por V.S. Ilustrísima al dictar sentencia”, se lee en el encabezado del texto.

“La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos tiene el mandato de promover y proteger el goce y la plena realización, para todas las personas, de todos los derechos contemplados en la Carta de las Naciones Unidas y en las leyes y tratados internacionales en materia de derechos humanos”, se añade.

El documento recoge los estándares internacionales sobre la materia en especial cuando hay armas de fuego con munición letal o menos letal, los principios básicos sobre el uso de la fuerza, estándares internacionales sobre el uso de proyectiles de impacto cinético y las recomendaciones que se le ha hecho a Chile por parte de los diferentes mecanismos de protección de derechos humanos de la ONU.

En el informe, además, la ONU pide a la corte que tenga presente la publicación en el Diario Oficial del 27 de diciembre de 2016 que consta la promulgación del Acuerdo entre el gobierno de Chile y el Acnudh relativo al establecimiento de una oficina regional.

Fuentes de la causa comentan que en la relación que se hizo a los ministros de la sala, por parte del relator Freddy Carrasco, no se hizo mención alguna a lo expresado en el documento de la ONU. El asunto es relevante, ya que los ministros resuelven en función de la relación que hacen los relatores antes de los alegatos.

Pese a que el documento no fue parte de la relación, el téngase presente de la ONU no cayó nada bien en la defensa de Crespo. “No debería incorporarse, aún el tribunal no lo resuelve y claramente es una forma de presión política. Esta observación es de septiembre del 2020 y el informe sobre uso de armas de impacto cinético es del año 2024, ninguno de los acápites importantes existían cuando ocurrió el caso Gatica”, dijo Rabi.

“Obviamente esos informes se hicieron cuando la alta comisionada de derechos humanos de la ONU era la señora Michelle Bachelet. Evidentemente se trata de una forma indebida de influir en los tribunales que están resolviendo una cuestión técnica que no tienen nada que ver”, agregó el defensor.

Otro de los defensores de Crespo también criticó el informe. “Es indebido e incorrecto. Indebido porque el Acnudh no es interviniente en el proceso. Claramente alguien cercano a la causa solicitó la presentación de ese escrito con el fin de presionar a la Corte de Apelaciones. E incorrecto porque el informe de observación general 37 es de septiembre de 2020, mucho después de los hechos del juicio y el informe sobre uso armas de impacto cinético es del año 2024″, agrega Pedro Orthusteguy.

Pese a esos reparos, la jefa regional de INDH de la Región Metropolitana, Beatriz Contreras, aclaró que la Oficina Regional para América del Sur del Acnudh “tiene la facultad, en virtud de su mandato, de presentar informes, tal como hizo en esta oportunidad”.

La Fiscalía no quiso referirse al informe. El abogado de Gatica, el querellante Carlos Gajardo, no quiso entregar comentarios para esta nota.

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