Nacional

Corte de Santiago declara inadmisible amparo económico del conservador Luis Maldonado y la notaria Linda Bosch

El tribunal de alzada capitalino, de forma unánime, estimó que esta no es la vía idónea para impugnar una norma de carácter general que regula el cese de funciones de los auxiliares de la justicia que cumplen 75 años.

Luis Maldonado.

La Corte de Apelaciones de Santiago frustró los planes del conservador de Santiago Luis Maldonado y la notaria Linda Bosch quienes, por medio de un recurso de amparo económico, querían impugnar una parte de la reforma notarial y registral.

Maldonado, de 81 años, y Bosch, quien cumplirá 76 años, reclaman que la reforma trae una norma que los dejará fuera de sus actividades económicas -sus oficios de fe pública- solo por razones de edad.

El origen del problema que la reforma notarial quiso corregir se remonta a 1995. Ese año se reformó el Código Orgánico de Tribunales y se impuso, por primera vez, la cesación del cargo judicial a los 75 años. Para amortiguar el impacto de esa decisión, el legislador puso una norma transitoria en la que se dejó constancia de que ese límite “no se aplicará a los auxiliares de la administración de justicia que se encuentren en servicio a la fecha de vigencia de esta ley”. Esa hipótesis es justamente la que abarca a Maldonado y Bosch, quienes fueron nombrados como ministros de fe pública en 1979 y 1983, respectivamente.

Pero ambos -representados por el abogado Patricio Zapata- exponen que esa norma representa una discriminación por edad ya que, estando con buena salud, se les pretende dejar fuera de sus oficios solo por tener más de 75 años.

Sin embargo, la arremetida judicial no tuvo éxito. Este martes de manera unánime el tribunal de alzada capitalino declaró inadmisible el recurso. Esto a pesar de que Zapata argumentaba, en el escrito, que la corte debía admitirlo a trámite sin hacer examen de admisibilidad.

“Los actos impugnados corresponden a actuaciones de carácter general, vinculadas a la aplicación de la normativa que regula el cese de funciones de los notarios por cumplimiento del límite de edad, materia que no se enmarca dentro de las hipótesis normativas protegidas por el recurso de amparo económico”, se lee en la resolución firmada por el ministro Guillermo de la Barra y los ministros (s) Hernán López y Pablo Toledo.

Los magistrados también añadieron que “la pretensión del recurrente dice relación con la impugnación de la legalidad de tales actos administrativos, existiendo para ello las vías jurisdiccionales ordinarias pertinentes, por lo que la presente acción cautelar no constituye la vía idónea para los fines perseguidos”.

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