Corte Suprema condena al Fisco a pagar $100 millones a víctima de detención ilegal y torturas durante la dictadura
José Arturo Guerrero Lara permaneció 592 días privado de libertad tras ser aprehendido en noviembre de 1973 y trasladado a la Comisaría de San Vicente de Tagua Tagua.

La Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización de $100 millones por concepto de daño moral a José Arturo Guerrero Lara, quien fue detenido ilegalmente y sometido a torturas por agentes del Estado en noviembre de 1973, durante la dictadura.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió un recurso de casación presentado por la parte demandante y dictó una sentencia de reemplazo que rechazó la excepción de cosa juzgada planteada por el Fisco, argumento jurídico que permite sostener que el tribunal no debería volver a conocer y resolver un asunto que ya fue decidido anteriormente mediante una sentencia firme.
Los ministros que integraron la sala establecieron que la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago había incurrido en un error de derecho al confirmar el fallo de primera instancia que había acogido dicha excepción.
592 días privado de libertad
De acuerdo con los antecedentes establecidos durante el proceso, Guerrero Lara fue detenido el 7 de noviembre de 1973. Tras su arresto fue trasladado a la Comisaría de San Vicente de Tagua Tagua, donde fue sometido a torturas.
Posteriormente pasó por la Fiscalía Militar de Rancagua y permaneció recluido en las cárceles de Rancagua y Peumo. En total, su privación de libertad se extendió durante 592 días.
Para la Corte Suprema, los hechos que dieron origen a la demanda corresponden a conductas constitutivas de delitos de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado.
El máximo tribunal sostuvo que aplicar de manera irrestricta la excepción de cosa juzgada habría privado a la víctima de su derecho a obtener una reparación integral por los daños derivados de esos hechos.
En el fallo, la Segunda Sala sostuvo que las obligaciones internacionales asumidas por Chile en materia de derechos humanos “deben prevalecer cuando las normas internas impiden garantizar una reparación efectiva a las víctimas de graves vulneraciones”.
La Suprema recordó además una serie de fallos anteriores en los que ha sostenido que las instituciones del derecho interno no pueden utilizarse para impedir el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Chile en materia de reparación a víctimas de violaciones a los derechos humanos.
El máximo tribunal señaló que esto no implica desconocer la validez de decisiones judiciales anteriores que hayan declarado prescritas acciones indemnizatorias contra el Estado. Sin embargo, sostuvo que los efectos de la cosa juzgada derivados de esas resoluciones deben ceder frente al derecho de las víctimas a obtener una reparación integral.
Referencia al caso ante la Corte Interamericana
Otro de los antecedentes considerados por la Corte Suprema fue el caso “Órdenes Guerra y otros vs. Chile”, tramitado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En ese proceso, relacionado con la aplicación de la prescripción por tribunales chilenos a demandas de indemnización derivadas de violaciones a los derechos humanos, el Estado de Chile reconoció su responsabilidad internacional.
Según la sentencia, ese reconocimiento constituiría un antecedente relevante para sostener que resulta contradictorio que el Estado invoque en tribunales nacionales la prescripción o la cosa juzgada para mantener los efectos de una interpretación jurídica cuya incompatibilidad con sus obligaciones internacionales ya había reconocido.
La Corte Suprema también sostuvo que, dada la naturaleza de los hechos, la acción civil indemnizatoria presentada por Guerrero Lara no se encuentra prescrita.
Fisco deberá pagar $100 millones
Con estos argumentos, el máximo tribunal revocó la sentencia dictada el 13 de diciembre de 2023 por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, que había acogido la excepción de cosa juzgada planteada por el Fisco.
En su sentencia de reemplazo, la Corte Suprema rechazó esa excepción y las restantes defensas formuladas por el Estado, y acogió la demanda de indemnización de perjuicios presentada por Guerrero Lara.
De esta manera, el Fisco fue condenado a pagar $100.000.000 por concepto de daño moral, monto que deberá ser reajustado y que devengará los intereses establecidos en el fallo.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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