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Hay tratado vigente desde ayer: ministro procesa a exjueza por caso de robo de niños y pide extradición a Israel

Es el primer procesamiento por la red abogados, sacerdotes, miembros de organizaciones sociales, funcionarios de salud y del Poder Judicial que operó en San Fernando para sustraer niños chilenos de escasos recursos y enviarlos al extranjero.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Aguilar Brevis, dictó el primer procesamiento por sustracción de menores entre la década de 1970 y 1990 y envió la Corte Suprema una solicitud de extradición de Israel respecto de una de las encausadas.

El magistrado que describió a las mujeres víctimas como “madres niñas a la época de los hechos”, procesó y ordenó la prisión preventiva de cinco personas por asociación ilícita, sustracción de menores y prevaricación dolosa en la adopción irregular de dos menores de edad de la comuna de San Fernando, que fueron entregados a matrimonios extranjeros.

El ministro Aguilar Brevis encausó por el delito de asociación ilícita a la exjueza del Juzgado de Menores de San Fernando Ivonne Gutiérrez Pávez y a Ismael Moisés Espinoza León, Carlos Sigisfredo Vega Segura, Laura Rosa Silva Sánchez y Sylvia Clara Vilches Rojas.

Ivonne Gutiérrez Pávez también fue procesada por dos delitos de sustracción de menores y por el delito de prevaricación dolosa.

Invocando el Convenio Europeo de Extradición que entró en vigencia a partir del 1 de junio de 2025, el ministro Aguilar solicitó a Israel la extradición de la procesada, que reside en ese país.

Esto, en medio de tensiones diplomáticas que han ido escalando entre ambos gobiernos por la situación en Gaza.

“Debido a que del proceso consta el país y lugar en que se encuentra la inculpada Ivonne Gutiérrez Pavez en la actualidad – según el informe de la PDI, de fecha 28 de abril en curso (…) y habiendo la República de Chile suscrito el Convenio Europeo de Extradición, el cual incluye al Estado de Israel como Estado miembro, Convenio que entró en vigor el día 01 de junio del presente año en curso, lo que permite solicitar la extradición de inculpados entre Chile e Israel, este ministro, dispone que se eleven los antecedentes o compulsas a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia a fin de que ese tribunal declare si debe pedirse la extradición de la referida procesada al Gobierno del Estado de Israel, país en que actualmente se encuentra”, indica la resolución del ministro en visita.

Ismael Espinoza León, Carlos Vega Segura y Laura Silva Sánchez fueron sometidos a proceso como autores de un delito de sustracción de menores.

Cobraban hasta 50 mil dólares por adopciones

La investigación del ministro Alejandro Aguilar Brevis determinó que en la década de los ochenta existió en la ciudad de San Fernando, Región de O’Higgins, una red integrada por abogados, sacerdotes de la Iglesia Católica, miembros de organizaciones sociales, funcionarios de salud y del Poder Judicial para detectar y entregar en adopción a menores de edad cuyas madres eran de escasos recursos, a parejas extranjeras previo pago de montos de dineros que podrían llegar hasta los 50 mil dólares.

“En el mes de enero de 1983, previamente concertados, y actuando por vías de hecho, Ivonne Gutiérrez Pávez, Ismael Espinoza León y Laura Silva Sánchez, se apropiaron de la niña de tres años de edad de nombre Andrea con el fin de venderla al extranjero y para ello también se inició una tramitación judicial ante el propio tribunal de la Jueza Gutiérrez, en la cual el Egresado de Derecho y también parte de la organización Carlos Vega Segura, efectuó una presentación para obtener la tuición de la niña y sacarla del país para ser adoptada por una mujer de nombre G.J.D., situación que no se agotó, pero si bien se consumó, debido a la que a los días siguientes a la sustracción o robo, la madre junto a personal de Carabineros logró recuperar a su hija", detalló el ministro Aguilar al dictar el procesamiento.

Según expuso Aguilar, también Gutiérrez Pavez siendo jueza “autorizó rauda y aceleradamente la salida del país del hijo de la madre víctima de nombre A.A.R.R, con destino Estados Unidos el día 12 de marzo de 1983, desde el Aeropuerto A. Merino B., según da cuenta el Ordinario 271 de fojas 227, emitido por el Departamento Control Fronteras de la Policía de Investigaciones de Chile, ya que se había conformado en el año 1982, una organización -con definidos roles criminales- en la ciudad de San Fernando, cuya lideresa e integrantes mantenían conexiones permanentes con la ciudad de Santiago, a saber, con una oficina de abogados y guardería infantil, ubicadas en calle San Antonio 385, comuna del mismo nombre, como asimismo con las oficinas del Registro Civil de la época, situados en calle Moneda 1396, comuna de Santiago, según se infiere claramente de la inspección personal del tribunal reflejada en el marial audiovisual de la PDI; agrupación delictiva que tenía como objeto sustraer o robar infantes con ánimo de lucro dinerario ( US 50.000) para sacarlos del país a difieren tes destinos de Europa y EEUU”.

El magistrado desestimó que los delitos se encuentren prescritos al establecer que se trata de delitos de lesa humanidad perpetrados en un régimen militar y que deben ser sancionados de acuerdo a la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto, atendiendo que que “los hechos investigados acontecieron durante la dictadura militar que gobernó el país entre los años 1973 a 1989, en la cual – como se dijo- se perpetraron graves violaciones a los derechos humanos y esta mantenía por medio de sus agentes e individuos que colaboraban, la dirección y el control sobre todas las Instituciones Administrativas de la Nación".

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