Nacional

Hijo de Héctor Llaitul deberá cumplir casi 16 años de cárcel como responsable de dos ataques incendiarios en La Araucanía

Pelantaro Llaitul Pezoa y otros cuatro integrantes de la CAM fueron condenados como autores de los delitos consumados de incendio reiterado, hurto en concurso con secuestro simple y hurto. Por otro lado, se les absolvió por tenencia ilegal de arma de fuego convencional, tenencia ilegal de arma de fuego prohibida y disparos injustificados.

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dio a conocer este lunes la sentencia en contra de Pelantaro Llaitul Pezoa y de otros cuatro integrantes de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) condenados por su responsabilidad en diferentes delitos ocurridos durante 2022 en La Araucanía.

De acuerdo con la resolución, el menor de los hijos del líder de la CAM Héctor Llaitul, deberá cumplir casi 16 años de cárcel.

Fiscalía de La Araucanía

El fiscal César Schibar, jefe del Sistema de Análisis Criminal de la Fiscalía de La Araucanía explicó que “respecto de tres imputados se impuso una condena de más de 14 años de privación de libertad por distintos ilícitos. Y respecto de los coimputados Pelantaro Llaitul y de Juan Carlos Mardones, se establecieron penas de más de 16 años de presidio efectivo”.

Conforme se estableció en la sentencia, los hechos se produjeron el martes 22 de noviembre de 2022. Durante la madrugada, el grupo de sujetos armados irrumpió en el fundo San Luis de Lautaro para intimidar a los trabajadores e incendiar tres camiones y maquinaria forestal.

Huyeron desde ahí en una camioneta blanca marca Maxus, donde también subieron contra de su voluntad a un trabajador que se mantenía en el predio. Según estableció el tribunal, al funcionario lo retuvieron por 30 minutos y luego lo dejaron abandonado en el sector de Colonia.

Tras ello, los condenados se dirigieron a un campamento forestal para concretar un nuevo ataque incendiario. Ahí efectuaron un disparo al parabrisas de un camión, para luego incendiarlo junto a los contenedores destinados a los dormitorios de los brigadistas. Además, sustrajeron del camión dos motosierras, un equipo radial y una desbrozadora.

Llaitul Pezoa fue detenido esa misma jornada en Galvarino, cuando tenía 18 años. Y fue encausado junto a Luis Guillermo Menares Chañilao, Luis Darío Fuenzalida Eneros, Jorge Andrés Caniupil Coña y Juan Carlos Mardones Sáez, todos integrantes de la CAM, quedando en prisión preventiva desde entonces.

En mayo de 2024, la Fiscalía de La Araucanía presentó acusación, solicitando penas en torno a los 70 años de cárcel para los integrantes del grupo.

A fines de junio, se les condenó como autores de los delitos consumados de incendio reiterado, hurto en concurso con secuestro simple y hurto.

“Nosotros estamos conformes con el trabajo realizado por parte de la Fiscalía en conjunto con la policía. Es una cantidad de años importantes, son 16 y 14 aproximadamente, por lo tanto estamos conformes. Ahora debemos analizar el texto de la sentencia de forma íntegra”, manifestó el fiscal Schibar.

En el mismo sentido, el persecutor precisó que la diferencia en las condenas obedece a que a Llaitul y a Mardones también se les condenó por el porte de las municiones que tenían en su poder en el momento de su detención.

“Se les imputó el delito de incendio reiterado, atacaron a dos facciones o faenas forestales en distintas comunas, resultaron quemadas distintos vehículos y, en uno de estos casos, un campamento forestal. Además, se les condenó por el delito de secuestro respecto del conductor de una de las camionetas, el hurto de uno de estos vehículos y, en el segundo de los ataques, se les condenó además por el hurto de especies que se encontraban en el interior de dicho predio, en este caso motosierras y algunas desbrozadoras. Además del porte de municiones”, detalló.

En ambos ataques, dejaron mensajes a nombre de la CAM. En este caso actuó como querellante el gobierno a través del Ministerio de Seguridad.

Si bien el Ministerio Público se mostró conforme con el resultado del proceso, cabe hacer presente que el tribunal absolvió a todos los acusados por los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego convencional, tenencia ilegal de arma de fuego prohibida y disparos injustificados.

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