Nacional

Juicio por licencias médicas falsas continúa y sentencia debe ser unánime tras la inhabilitación de jueza

La magistrada Alejandra García viajó al extranjero estando con permiso por salud. Se aceptó su inhabilitación voluntaria y el proceso continuará en manos de los jueces restantes José Pérez y Grace Díaz, tras desecharse el incidente de nulidad solicitado por las defensas.

JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

A mediados de mayo, en el 7° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, se iniciaron los alegatos de clausura en el juicio por la emisión y venta fraudulenta de licencias médicas ideológicamente falsas que se venía desarrollando desde hace un año.

El juicio, ad portas del cierre, vivió un traspié cuando la magistrada Alejandra García decidió voluntariamente inhabilitarse al conocer que es una de las 56 jueces que arriesgan su expulsión del Poder Judicial por haber viajado al extranjero con permiso de salud.

Frente a esta situación, las defensas apuntaron sus dardos hacia la nulidad del juicio. Las defensas de los imputados, tanto públicas como privadas, presentaron un “incidente de nulidad de todo lo obrado”, al considerar que el juicio estaba viciado desde que la jueza supo del sumario en su contra, alegando que existió una vulneración a garantías constitucionales del debido proceso.

Desde la Fiscalía Metropolitana Oriente rechazaron ese planteamiento, asegurando que en los tres años y medio que ha durado la investigación y la presentación de pruebas se ha respetado el debido proceso y que no existe causa legal de inhabilidad “ya que las defensas no tienen agravio alguno”.

La nulidad solicitada fue evaluada por el tribunal y este viernes se comunicó que fue desechada. Por lo tanto, el proceso continuará en manos de los otros dos jueces José Pérez y Grace Díaz.

En su resolución, el tribunal manifestó que, pese a que no existía concurrencia de causal de inhabilidad, el apartamiento voluntario de la magistrada da cuenta de “su compromiso con la imparcialidad, la prudencia y la transparencia”.

“No se ha invocado, configurado ni declarado inhabilidad legal alguna y no se advierte infracción a las garantías de debido proceso”, planteó el juez Pérez al comunicar la decisión.

“La incidencia no satisface ninguno de los presupuestos que la harían procedente, por cuanto no se ha verificado en la especie actuación o diligencia judicial defectuosa alguna. Tampoco se ha acreditado un perjuicio reparable únicamente con la declaración de nulidad. No existe identidad de objeto entre el procedimiento administrativo invocado por las defensas y los hechos juzgados en autos. No se ha invocado, configurado ni declarado inhabilidad legal alguna y no se advierte infracción a las garantías del debido proceso”, se lee en la resolución.

De esta manera el juicio continuará según lo establece precisamente el artículo 76 del Código Procesal Penal: “El tribunal continuará funcionando con exclusión del o de los miembros inhabilitados (...) Si continuare integrado por, a lo menos, dos jueces que hubieren concurrido a toda la audiencia. En este último caso, deberán alcanzar unanimidad para pronunciar la sentencia definitiva”.

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