Carroza rechaza media presripción solicitada por defensa de "Comandante Ramiro": Próxima semana dará a conocer años restantes de cárcel

Mauricio Hernández Norambuena declara ante Mario Carroza
21 de Agosto del 2019/SANTIAGO El juez Mario Carroza(i), interroga al ex frentista Mauricio Hernández Norambuena, alias, Comandante Ramiro, a un día de su llegada a la Cárcel de Alta Seguridad, tras ser extraditado desde Brasil. FOTO: Eduardo Ramirez...

Magistrado estimó que no se cumplieron "los requisitos que exige el artículo 103 del Código Penal, de haber transcurrido menos de la mitad del tiempo necesario para estimar aplicable la institución de la media prescripción o prescripción gradual". Carroza sostuvo que el lunes podría tener la decisión sobre el eventual abono del tiempo en prisión en Brasil.


Luego de diez días de incertidumbre, finalmente se comienza a tener más certezas sobre cuánto tiempo pasará en prisión el exfrentista Mauricio Hernández Norambuena, alias "Comandante Ramiro".

Hoy terminó el plazo que se autoimpuso el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza para determinar si rebajará la condena del imputado. Finalmente el magistrado dio a conocer que rechazó la petición de media prescripción solicitada por la defensa.

Según lo señalado en el fallo con fecha de hoy, "Mauricio Hernández Norambuena evadió el cumplimiento de sus condenas el 30 de diciembre de 1996, sin que existan registros de movimientos migratorios, por lo que si bien en principio sostuvimos que el plazo de prescripción no fue interrumpido, ello fue desatendido enteramente con lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago el 24 de julio de 2017, quien consideró que la manera de computar esos plazos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 98, 100 y 103 del Código Penal, es desde que Mauricio Hernández Norambuena es habido y detenido en Sierra Negra, cercano a Sao Paulo, Brasil, el día 02 de febrero de 2002".

"No cabe considerar la petición formulada por el abogado Alberto Espinoza Pino, en representación de Mauricio Hernández Norambuena (...) al no cumplirse con los requisitos que exige el artículo 103 del Código Penal, de haber transcurrido menos de la mitad del tiempo necesario para estimar aplicable la institución de la media prescripción o prescripción gradual, esto es, seis años, cinco meses y nueve días", se añade.

Petición de abonos queda pendiente

No obstante, Carroza aún no comunica el tiempo exacto que "Ramiro" deberá permanecer en la cárcel. Según lo señalado por el propio juez luego de darse a conocer el fallo, "también deberíamos resolver la petición del señor (Alberto) Espinoza que dice relación con los abonos que deben cumplir de todo el tiempo que permaneció en Chile (antes de la fuga) y, lo que es más discutido, es el tiempo que permaneció en Brasil".

El ministro añadió que "el tema de Brasil es más complejo porque hay que hacer las traducciones. Entonces en ese sentido una funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores nos está asesorando para hacer las traducciones".

"Yo creo que con toda la documentación que tengo el fin de semana me abocaré a ello y tendré que tener luego una decisión, y esa será, yo creo, el lunes", afirmó Carroza.

En Chile, el exfrentista había sido condenado a dos cadenas perpetuas por su participación en el homicidio del senador Jaime Guzmán y en el secuestro del empresario Cristián Edwards.

La pena del Comandante Ramiro se interrumpió por un hecho de gran repercusión mediática. El 30 de diciembre de 1996 se produjo una fuga de la Cárcel de Alta Seguridad, en la que huyó Hernández Norambuena junto a Galvarino Apablaza, Raúl Escobar Poblete y Patricio Ortiz Montenegro.

El imputado arribó al país la madrugada del pasado 20 de agosto proveniente de Brasil. En dicho país, desde 2002 estaba cumpliendo pena de cárcel por el secuestro del publicista Washington Olivetto.

Diez días de dudas

Fue justamente el tiempo de reclusión en Brasil el principal motivo por el que, desde que se anunció su extradición a Chile,no hay certeza sobre el tiempo restante que debería cumplir en prisión.

https://www.latercera.com/la-tercera-pm/noticia/10-anos-o-27-anos-la-duda-por-la-condena-que-al-comandante-ramiro-le-falta-por-cumplir-en-chile/789275/

Durante estos diez días había dos posturas principales al respecto: la del gobierno y la de la defensa de Hernández Norambuena. Primero que todo, al solicitar Chile la extradición tuvo que atenerse al acuerdo sobre extradición entre los Estados del Mercosur, firmado en 2012.

El tratado señala que "el Estado parte requiriente (en este caso Chile) no aplicará al extraditado, en ningún caso, la pena de muerte o la pena privativa de libertad a perpetuidad". Por dicho motivo, la pena máxima que deberá cumplir acá son 30 años. No obstante, la fórmula final seguía teniendo dudas.

De cualquier forma a Hernández Norambuena se le debían descontar los tres años que alcanzó a estar recluido antes de fugarse, es decir, que la pena máxima que debía cumplir eran 27 años. No obstante, su defensa argumentaba que también se debían abonar los 16 años que estuvo preso en Brasil.

Por dicho motivo, la defensa del condenado también solicitó la media prescripción de la condena, debido a que ya habría cumplido más de la mitad del tiempo de las dos cadenas perpetuas, petición que finalmente fue desestimada por el ministro Carroza.

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