Nacional

Por qué le dijeron que no dos veces a Fiscalía en solicitud de prisión preventiva a Alberto Larraín por ProCultura

El 7° Juzgado de Garantía de Santiago y la Corte de Apelaciones capitalina desecharon la solicitud de cautelar que hizo el Ministerio Público. El tribunal de alzada estimó que hay "déficits en la justificación de los presupuestos materiales y del riesgo procesal”.

Este jueves, en un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago optó por mantener la medida cautelar de arraigo nacional para Alberto Andrés Larraín Salas, María Constanza Gómez Cruz, María Teresa Abusleme Lama y Evelyn Magdaleno Gutiérrez, formalizados por fraude al fisco en la investigación a la fundación ProCultura.

El tribunal de alzada desestimó el recurso de la Fiscalía de Antofagasta que apeló buscando la prisión preventiva de los cuatro.

De los cinco imputados por los que se despachó una orden de detención, Larraín, Gómez, Abusleme y Magdaleno, quedaron solo con arraigo, tras su formalización en el 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Previamente, el tribunal dispuso arresto domiciliario total para Gabriel Prado.

El primer portazo

De acuerdo con la resolución del pasado 3 de febrero, del magistrado Patricio Álvarez, el Ministerio Público no logró acreditar la existencia de delitos, habría presentado antecedentes contradictorios y, además, no se habría logrado probar que los imputados mantenían ánimo y concierto para defraudar.

DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

Álvarez desechó el planteamiento que hizo el ente persecutor en cuanto a que la libertad de los imputados constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad.

Esta decisión, contrastó con la resolución de la jueza Carla Capello, que acreditó que había antecedentes suficientes para decretar la orden de detención contra Larraín y los demás imputados.

Lo que dijo la Corte de Santiago

Ante la apelación, la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Pablo Rodríguez, Matías de la Noi y Mauricio Rettig– confirmó la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó la prisión preventiva de los imputados y los dejó sujetos solo a la prohibición de salir del país.

Los jueces estimaron que los antecedentes son insuficientes para imponer la medida cautelar de prisión preventiva o de arresto domiciliario “porque no existe un riesgo procesal” que lo haga indispensable.

Asimismo, la Corte de Santiago planteó que, con los antecedentes en esta etapa, los imputados arriesgan una pena de delito simple.

“A lo anterior, se suma el hecho de que no han sido invocados antecedentes penales respecto de ninguno de los imputados, ni aquellos que permitirían concluir la inexistencia de arraigo domiciliario y familiar. Así las cosas, parece más factible considerar la concurrencia de circunstancias que atenúen la responsabilidad penal que atribuir circunstancias agravantes”, argumentó el tribunal.

Los magistrados advirtieron que los acusadores han accedido a fuentes probatorias relevantes, como teléfonos celulares y cuentas bancarias de los imputados, “pese a lo cual el soporte probatorio aportado en el debate cautelar mantiene déficits en la justificación de los presupuestos materiales y del riesgo procesal”.

En esa línea, plantea que “no se está ante un cuadro de antecedentes cuya solidez habilite” la prisión preventiva ni el arresto domiciliario total o parcial.

“Al contrario de lo sostenido por los persecutores penales, la decisión del tribunal a quo, distingue adecuadamente entre el estándar de condena y el estándar cautelar, exige un soporte indiciario corroborado para justificar restricciones intensas y aplica correctamente el principio de necesidad y de proporcionalidad, evitando que la medida cautelar opere como anticipación de pena, en desmedro de la presunción de inocencia”, explicó la Corte de Apelaciones capitalina.

Qué es lo que se está investigando en el caso ProCultura

La Fiscalía de Antofagasta indaga un convenio por 1.600 millones de pesos que fueron adjudicados a ProCultura desde el Gobierno Regional (GORE) de Santiago para la implementación de un programa de prevención del suicidio denominado Quédate.

El Ministerio Público sostiene que la fundación no contaba con las competencias para ejecutar el programa y sospecha que el convenio se gestó por la cercanía del psiquiatra Alberto Larraín con el gobernador Claudio Orrego.

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