“Profanador de tumbas” cumplirá condena en libertad por vandalizar mausoleo de Allende y ultrajar cadáveres
El condenado, que difundió en redes sociales un video con un cráneo en sus manos, cumplía con los requisitos de la Ley N°18.216 para sustituir sus penas corporales impuestas por una remisión condicional.

Con una pena que será cumplida en libertad, el “profanador de tumbas”, Diego Alejandro Soto Montero, fue condenado a 450 días de reclusión menor en su grado mínimo, a un año de su viral video donde vandalizó infraestructura en el Cementerio General de Recoleta.
En mayo del pasado 2025, el también apodado “Madame Castel” se viralizó tras la difusión de videos donde se desplazaba en skate sobre el mausoleo y tumba del expresidente Salvador Allende, que resultaron con rayones, marcas, y alteraciones en su estructura.
Asimismo, las imágenes muestran cómo Soto sustrajo y manipuló el cráneo de un difunto sepultado en el patio N°26. En adición a eso, junto con un sujeto no identificado, retiraron la tapa y rejilla de una bóveda antigua y para utilizarla como rampa y saltar en skate.
Juicio abreviado, 450 días de reclusión en total y pena en libertad
La causa concluyó con un procedimiento abreviado, donde el “profanador de tumbas” fue condenado a tres penas de 150 días de reclusión en su grado mínimo cada una, ante su responsabilidad como autor de los delitos consumados de alteración o daño de monumentos nacionales, ultraje de sepultura y ultraje de cadáver.
La sentencia dictada por la jueza suplente María Alejandra Cruz Vial del 3° Juzgado de Garantía de Santiago también incluye la suspensión de cargos y oficios públicos durante el transcurso de la condena y una multa de dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM), ante el delito consumado por alteración o daño de monumentos nacionales.
Las penas de Soto se sustituyeron por una remisión condicional, dado que reunía los requisitos para la imposición de dicha pena sustitutiva. Es decir, por un cumplimiento en libertad con el que, durante la duración de las tres condenas, el sentenciado quedó sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile.
Se eximió al condenado al pago de las costas de las causas al haber aceptado el procedimiento abreviado. Asimismo, la multa impuesta se consideró cumplida en relación con seis de la totalidad de los días que permaneció en prisión preventiva.

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