
Sicario del caso “Rey de Meiggs”: Corte de Santiago acoge solicitud de extradición de Alberto Mejía
El tribunal de alzada consideró que se cumplen los requisitos tanto nacionales como internacionales -de acuerdo al Tratado de Extradición entre Chile y Colombia de 1929- para acceder a la solicitud planteada respecto al imputado detenido actualmente en Bogotá.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la solicitud de orden de detención previa y extradición que la Fiscalía Metropolitana Oriente presentó respecto al ciudadano venezolano Alberto Carlos Mejía Hernández, imputado como autor de un delito de homicidio calificado por hechos ocurridos el 19 de junio en Ñuñoa.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público, Mejía fue el sicario que ejecutó los disparos que dieron muerte a José Felipe Reyes, el prestamista informal y empresario conocido como el “Rey de Meiggs”.
En la sentencia, la Sexta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Patricio Álvarez y la abogada (i) Paola Herrera- consideró que se cumplen los requisitos tanto nacionales como internacionales -de acuerdo al Tratado de Extradición entre Chile y Colombia de 1929- para acceder a la solicitud planteada respecto al imputado detenido actualmente en Bogotá.
La Corte de Santiago hizo ver que entre Chile y Colombia existe un tratado de extradición, publicado el 7 de enero de 1929, correspondiente al Decreto 1472 del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que se habilita la extradición por el delito de homicidio.
“Coincidiendo el tipo penal investigado y atribuido al requerido con aquellos mencionados en el aludido tratado, debe entenderse por satisfecho tal requerimiento”, apunta la resolución del tribunal.
El tratado aludido también requiere que los hechos denunciados fueren punibles con pena corporal, no menor de un año de presidio o reclusión, lo que según la Corte de Santiago es una “circunstancia que también se verifica en la especie, pues el ordenamiento jurídico nacional para el delito de homicidio contempla la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo”.
“El examen de los antecedentes permite sostener que en la especie se cumplen los requisitos, que tanto el ordenamiento jurídico interno como internacional exigen para la procedencia del pedido de extradición, motivo por el cual se acogerá la petición formulada por el ente persecutor”, expresa el fallo.
La decisión puntualiza que el Ministerio Público solicitó decretar la orden de detención previa que establece el artículo 434 del Código Procesal Penal respecto del imputado.
“A juicio de esta Corte resulta dicha petición ajustada a derecho, teniendo en consideración la gravedad del delito, su forma de comisión, la pena asignada al mismo, el hecho de haber actuado en grupo y, adicionalmente, la existencia del antecedente que el imputado huyó del país por su frontera norte, trasladándose hasta Colombia, lo que da cuenta de un riesgo inminente de fuga y que su juzgamiento se vea entorpecido", reflexionó el tribunal de alzada capitalino.
En esa línea, la resolución plantea que se “hace indispensable decretar la orden de detención previa”.
El artículo 434 del Código Procesal Penal señala que durante la tramitación de la extradición, a petición del fiscal, la Corte de Apelaciones podrá solicitar al Ministerio de Relaciones Exteriores que se pida al país en que se encontrare el imputado que ordene la detención previa de este o adopte otra medida destinada a evitar su fuga, cuando el juez de garantía compruebe la concurrencia de los requisitos que admiten decretar la prisión preventiva a su respecto.
Según explica el fallo, ese supuesto normativo “se verifica en la especie”.
Mejía quedó prisión preventiva en Chile, tras su formalización el 9 de julio, pero fue liberado al día siguiente por una falla en la comunicación entre el tribunal y Gendarmería.
Conocida esta resolución, el fiscal Miguel Ángel Orellana destacó que era “una muy buena noticia y va a permitir, a través de las coordinaciones que se hagan, en definitiva, y a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, generar las acciones para tener al imputado en presencia de la justicia chilena a la brevedad”.
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