Fallo con perspectiva de género

SEÑOR DIRECTOR:
Celebramos la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco que condena a Martín Pradenas por abuso sexual y violación. Celebramos muy especialmente que en su fallo asumiera una perspectiva de género que permitió situar y sopesar las condiciones y el impacto de su acción en las jóvenes, siendo de máxima gravedad el suicidio de Antonia Barra, un “suicidio-femicida”.
Al poner fin a la impunidad en estos delitos, se sancionan aquellas conductas extendidas en la sociedad que ignoran el consentimiento como base de toda relación que involucre la intimidad y la sexualidad. Es un fallo educativo y señero, en la dirección correcta hacia la prevención de este tipo de delito.
Sin embargo, llamamos la atención sobre las conductas de terceros. Cabe preguntarse si no hubo aquí una inducción al suicidio que la legislación chilena debería incorporar, considerando la difusión de audios que vulneraron su integridad y la expusieron al escarnio público.
Sin duda, Pradenas deberá pagar por lo hecho. No obstante, la tarea de la justicia solo quedará completa si la comunidad -familia, amistades, compañeras y compañeros- asumen un rol activo en la protección y acogida de niñas y jóvenes que les confían hechos violentos y dolorosos, sobre la base de creer el relato de las víctimas.
Teresa Valdés Echenique
Coordinadora
Observatorio de Género y Equidad
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