Estado de sitio por “grave amenaza terrorista”: las dudas que genera en los académicos la innovación aprobada por la derecha en el Consejo

Los consejeros de oposición visaron una nueva hipótesis para que el Ejecutivo invoque el estado de sitio. La representante republicana Ángeles López afirmó que esto permitiría usar la herramienta incluso por temas de crisis migratoria en el norte y en todo el país por narcotráfico. "Las democracias constitucionales han sido victoriosas en la lucha contra el terrorismo con legislación penal excepcional, pero no con estados de excepción”, afirma el exministro del Tribunal Constitucional, Gonzalo García.


Obviamente teníamos que preocuparnos de poder dar este estado de sitio, robustecerlo respecto de lo que pasa en La Araucanía, pero también en el norte con la inmigración irregular que es tremendamente importante, que afecta mucho a las personas y en todo el resto del país con el narcotráfico, que perfectamente puede ser ligado a una amenaza terrorista”.

Las palabras son de la consejera Ángeles López (republicana) y las dijo el miércoles de esta semana en los habituales programas de conversación que hace el Partido Republicano en YouTube. Su intervención hace referencia a una innovación realizada por el Consejo.

El viernes de la semana pasada, el pleno aprobó la propuesta despachada por la comisión de Principios sobre los Estados de Excepción. El plenario mantuvo los cuatro que están contemplados en la Constitución vigente: asamblea, sitio, catástrofe y emergencia.

El cambio mayor ocurre en el estado de sitio. La Constitución vigente dice que esta situación solo puede activarse ante casos de “guerra interna o grave conmoción interior”. La innovación fue que el Consejo creó una nueva hipótesis para que el Presidente pueda invocar el estado de sitio. Este estado corresponde a la situación en la que “el Presidente de la República podrá restringir la libertad de locomoción y arrestar a las personas en sus propias moradas o en lugares que la ley determine y que no sean cárceles ni estén destinados a la detención o prisión de reos comunes. Podrá, además, suspender o restringir el ejercicio del derecho de reunión”.

El artículo despachado por el plenario mantiene las hipótesis de “guerra interna” o “grave conmoción interior”, pero a continuación viene la innovación: “o grave amenaza terrorista”. Para esto el Presidente de la República deberá hacerlo “con acuerdo del Congreso Nacional” y “la declaración deberá determinar las zonas afectadas por el estado de excepción correspondiente”.

El órgano redactor visó la norma con el apoyo de la derecha en bloque -republicanos y Chile Vamos-, mientras que el oficialismo completo votó en contra. Las dudas que planteó la izquierda en aquella oportunidad fue por la expresión “grave amenaza terrorista”, acusándola de “vaga y amplísima”, según afirmó en el debate el comisionado experto Flavio Quezada (PS).

Las dudas de los académicos

Esta innovación ha despertado reparos en distintos académicos de derecho constitucional. “El terrorismo es un flagelo contra el cual hay que luchar con las armas del Estado de derecho. Me parece que asociar terrorismo con estado de excepción es investigar y perseguir delitos con la lógica de la pesca milagrosa. Las democracias constitucionales han sido victoriosas en la lucha contra el terrorismo con legislación penal excepcional, pero no con estados de excepción”, afirma el exministro del Tribunal Constitucional Gonzalo García.

El académico de derecho constitucional agrega: “Un ejemplo peligroso de la mezcla es el caso de Hungría, cuya Constitución crea el estado de amenaza terrorista entendiendo por tal una amenaza directa y significativa de atentado terrorista. En estos casos el verdadero problema no es resolver un problema de debilidad del Estado en el corto plazo, sino que el problema se transforme en construir un Estado demasiado fuerte a largo plazo que llegue a comprometer la propia democracia liberal”.

Para García la innovación realizada por la derecha del Consejo “es una norma que no aporta nada diferente a la conmoción interior ni garantiza éxitos en la lucha contra los grupos antiterroristas propiamente tales”.

Similar diagnóstico tiene el académico de derecho constitucional de la Universidad Alberto Hurtado Sebastián Salazar. El abogado sostiene que “si tienes una conceptualización amplia, vaga, confusa, y además restringes derechos, es muy plausible que, si se tienen las mayorías suficientes, se le puede dar un uso iliberal a esta herramienta constitucional, que son extraordinarias y excepcionales”.

Consultado Salazar por la posibilidad de que se invoque en casos de narcotráfico, como lo planteó la consejera López, agrega que es convertir una situación excepcional en permanente: ”Eso es un problema porque al final del día lo que estás limitando con los estados de excepción es el ejercicio de derechos fundamentales de muchas personas”.

Sin embargo, otros abogados difieren de este diagnóstico. La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes Soledad Bertelsen indica que “no es cualquier amenaza terrorista, sino que tiene que ser calificada como grave por la autoridad que declara el estado de sitio, y eso le pone cierto límite, no es lo mismo cualquier amenaza que una que sea grave”.

“Existen ciertas cortapisas para que no sea tan amplio, al ponerle la característica de gravedad y el hecho de que al final sea el Congreso el que le tiene que dar la aprobación al Presidente, por el costo político que tendría para el Presidente que no se lo aprueben. Esas son las limitaciones que evitan que sea cualquier situación”, agrega la abogada.

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