Por José Miguel WilsonHernández Norambuena, condenado por asesinato de Guzmán y caso Edwards, sería favorecido con ley de conmutación de penas
Ante el riesgo de que exfrentista pueda salir de la cárcel, el abogado de la familia Guzmán, Pablo Toloza dijo que "obviamente, en las instancias respectivas, haremos presente que debiera haber indicaciones, a mi parecer necesarias, para que efectivamente se cumpla el objetivo de la norma, pero que no termine siendo esto una causa de impunidad”.

Aunque las razones humanitarias son la motivación de un grupo de senadores de derecha para impulsar un proyecto de cumplimiento alternativo de penas, una serie de efectos no contemplados y posiblemente indeseados para los propios autores tendría la iniciativa si es que no es corregido en el trámite legislativo.
La norma surgió como una propuesta para dar una salida a algunos condenados por causas de derechos humanos, que se encuentran privados de libertad en los penales de Punta Peuco y Colina, sin embargo, los autores de la iniciativa, coordinados por el senador Francisco Chahuán (RN), se inclinaron por una propuesta de aplicación amplia para no caer en discriminaciones arbitrarias.
“El proyecto está destinado a la población penal general, y solo nos referiremos a las personas condenadas por causas de DD.HH., porque ellas estadísticamente representan más de dos tercios del total de la población provecta del país -y dentro de ese grupo, los más ancianos y deteriorados- y porque a diferencia de otros condenados por delitos comunes que tienen edad avanzada, su juzgamiento no ha sido realizado al alero de un sistema inquisitivo, ni sus condenas cargan con el estigma de la lesa humanidad”, dice el texto impulsado por Chahuán y firmado por los senadores Carlos Kuschel (RN), Luz Ebensperger (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli) y Alejandro Kusanovic (indep.)
El gobierno a través del ministro de Justicia, Jaime Gajardo (PC), ha advertido, sin embargo, que si se aplicaran las causales previstas en el articulado podrían optar a la reclusión domiciliaria total no solo exuniformados vinculados a casos de connotación política, sino también homicidas seriales y violadores, como el “psicópata de Alto Hospicio”, Julio Pérez Silva; “el chacal de Alcohuaz”, Juan Domingo Salvo; la llamada “Quintrala”, María del Pilar Pérez; e incluso, en algunos años más, el “asesino del tambor”, Hugo Bustamante Pérez.
En el gobierno coinciden en que, al estar redactada en términos tan laxos y amplios, también podría verse beneficiado el exfrentista Mauricio Hernández Norambuena, condenado por el asesinato del senador Jaime Guzmán (fundador de la UDI) y el secuestro de Cristian Edwards.
Si bien el proyecto, aprobado en general por el Senado, en una estrecha votación (23 a favor y 22 en contra), será sometido a un proceso de correcciones (indicaciones), por ahora establece cuatro causales para que un interno pueda acceder a la reclusión domiciliaria. Aunque esa medida, en rigor, no es una concesión de libertad, es menos gravosa que la cárcel.
La primera causal plantea que “el Tribunal deberá” conceder la reclusión en su domicilio al “interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario, por cualquier motivo, le impida recuperarse o tratar adecuadamente su enfermedad crónica”.
El texto además contempla la misma conmutación de penas para enfermos terminales, discapacitados y para mayores de 70 años (siempre que sus años en prisión y su edad sumen 80 años).
Actualmente Hernández Norambuena, según informó su familia el año pasado, padece de varios problemas de salud, por lo que fue internado en el hospital del complejo penitenciario de Rancagua y también ha sido sometido a exámenes oncológicos en la Fundación Arturo López Pérez. Esa condición lo podría convertir en candidato para postular al beneficio.
Sin embargo, si las razones de salud no fuesen suficientes, el exfrentista, de 67 años, próximo a cumplir 68, en dos años más podría postular a la causal de edad, ya que lleva encarcelado más de 10 años por los delitos cometidos en Chile (caso Guzmán y Edwards).
Al país llegó en 2019 luego de ser extraditado desde Brasil, donde permaneció otros 16 años en prisión por el secuestro del empresario Washington Olivetto. Previamente había estado en prisión en Chile, antes de fugarse de la Cárcel de Alta Seguridad en 1996, tras ser detenido en 1993.
Al menos el acuerdo con Brasil no le impide a Hernández Norambuena acceder a beneficios carcelarios ni el proyecto en cuestión establece algún tipo de restricción para las extradiciones.
Precisamente esa es una de las críticas que se le hace a la iniciativa, ya que ni siquiera discrimina los beneficios a los condenados por la gravedad de los delitos cometidos. El problema es que no es sencillo hacer una separación entre los secuestros y homicidios de índole político (causas de derechos humanos y asesinato de Guzmán) con hechos de otra connotación.
El abogado Pablo Toloza, abogado de la familia Guzmán, coincide en los reparos que se han hecho a la iniciativa y plantea que debiera tener condiciones más restrictivas y copulativas, es decir, implementar las razones humanitarias cuando haya una situación de edad y, simultáneamente, una enfermedad terminal.
“Si bien uno puede estar de acuerdo con el principio detrás del proyecto, creo que las causales son muy generales”, plantea el representante de la familia Guzmán, ya que el concepto enfermedad crónica, incluye padecimientos que no ponen necesariamente en riesgo la vida (por ejemplo, hipertensión y diabetes).
“Desde nuestro punto de vista, como abogados de la familia de Jaime Guzmán y también desde mi punto de vista de abogado penalista, obviamente, en las instancias respectivas haré presente que debiera haber indicaciones, a mi parecer necesarias, para que efectivamente se cumpla el objetivo de la norma, pero que no termine siendo esto una causa de impunidad”, dijo Toloza.
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