Por José Miguel WilsonMegarreforma: Quiroz sufre revés por norma de servicios básicos y La Moneda suma nueva derrota en el TC
Tribunal Constitucional rechazó la impugnación del Ejecutivo en contra de una disposición que obligaba a las empresas sanitarias, eléctricas y de gas a reponer gratuitamente los servicios básicos que hayan sido interrumpidos -incluso por no pago- antes y durante la vigencia de la declaración de una zona de “catástrofe”.

Partió mal para el gobierno y terminó peor. Por una mayoría inapelable, nueve votos en contra y solo uno a favor, el Tribunal Constitucional (TC), rechazó el requerimiento del Presidente José Antonio Kast, promovido por el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, que buscaba echar abajo un artículo de la megarreforma, que había logrado ser incorporada por la oposición.
Se trataba de una disposición que obligaba a las empresas sanitarias, eléctricas y de gas a reponer gratuitamente los servicios básicos que hayan sido interrumpidos -incluso por no pago- antes y durante la vigencia de la declaración de una zona de “catástrofe”.
La medida, surgida de una indicación de la legisladora Sofía González (PC), modificaba la Ley 16.282, que “fija disposiciones para casos de sismos y catástrofes” y fue aprobada tanto en la Cámara como en el Senado, gracias a votos descolgados del oficialismo.
Pese a ello, Quiroz, hizo reserva de constitucionalidad, junto a otros tres temas que la oposición logró introducir al texto, pero que no fueron del gusto de La Moneda: el derecho al olvido financiero por deudas, la prohibición del cobro de intereses sobre intereses (anatocismo) y los ajustes destinados a garantizar el pago a 30 días para las pymes.
No obstante, frente a estos tres puntos, el gobierno optó por un camino distinto y presentó vetos para suprimir esos artículos, los que finalmente fueron aprobados por las dos ramas del Congreso.
En el caso de la norma sobre servicios básicos había dudas y no todos en el gabinete estaban de acuerdo con eliminarla.
De hecho, el ministro Quiroz admitió que optaron por el requerimiento porque no se oponían al fondo de la medida. Sin embargo, justificó el requerimiento al TC por razones de forma. Por lo tanto, una vez conocido el fallo, es probable que el Ejecutivo igual impulse una reforma para corregir el artículo en cuestión, que según la lectura del oficialismo, está mal redactado.
Descoordinación previa
El problema de ello es que la presentación al Tribunal Constitucional no fue debidamente coordinada entre los miembros del comité político, al punto que no se le informó del ingreso del requerimiento al jefe de gabinete: al biministro del Interior y de la Secretaría General de Gobierno, Claudio Alvarado.
Este escrito ingresó soterradamente el sábado 8 de agosto, cerca de las 20 horas, con las firmas de Kast y de los ministros Quiroz, José García Ruminot, Ximena Rincón y Louis de Grange.
En su momento, el ingreso no fue informado públicamente. Incluso, en la respectiva vocería que hizo Alvarado el lunes 10 de agosto, aún no estaba al tanto de la presentación, que solo salió a la luz pública una vez que el TC publicara el antecedente.
El martes 11, Alvarado fue consultado en la Cámara por qué razón no transparentó la situación el lunes y él admitió que cuando hizo un punto de prensa no estaba enterado que el escrito había ingresado el sábado anterior. “Todas nuestras acciones son públicas y notorias, por lo tanto, existen acciones y decisiones que se adoptan en distintos momentos y circunstancias... (Pero) era una información con la cual yo no contaba en ese momento (el lunes)”, dijo el biministro, que según trascendidos desde un principio no estaba de acuerdo con impugnar la norma.
El incidente generó una nueva tensión en el gabinete y tanto Quiroz como García se desentendieron de la descoordinación.
El capítulo fue cerrado días después con las declaraciones del Presidente Kast, quien asumió personalmente el error de no haberle avisado a su jefe de gabinete.
Nueva derrota
La nueva derrota en el TC alarga una racha negativa que ha tenido La Moneda en esta institución.
En el pasado, el tribunal declaró contrarios a la Constitución cuatro artículos del proyecto, denominado Escuelas Protegidas, que daba potestades a las autoridades escolares para revisión de indumentaria y mochilas de estudiantes. En particular, se e eliminó la facultad que permitía a Carabineros o a la PDI revisar los bolsos y prendas dentro de los colegios sin la orden previa de un fiscal. Se rechazó la norma que impedía acceder o mantener el beneficio de la gratuidad en la educación superior por cinco años a aquellos estudiantes que hubieran sido condenados por delitos graves en contextos escolares. Se descartó el artículo que prohibía el uso de ropa o accesorios que hicieran apología, alusión o referencia a las drogas, la violencia o conductas delictivas. También se cayó la disposición que permitía suspender de inmediato o negar la admisión escolar.
Luego el gobierno tuvo otro revés con la megarreforma de reconstrucción y reactivación económica, pero de carácter parcial a partir de tres requerimientos ingresados por la oposición. El TC rechazó las normas de indemnización a los inversionistas que se les revocara judicialmente un permiso decretado por Resolución de Calificación Ambiental. También borró medidas de flexibilización en el sector pesquero. En materia de invariabilidad tributaria, se borraron atribuciones de Hacienda para extender el régimen por la vía administrativa y la que ampliaba la estabilidad a proyectos conexos.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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