Por Mariana MarusicCMF modifica la normativa que regula el Sistema de Finanzas Abiertas e incorpora anexo técnico
La CMF detalló que “se realizan un conjunto de adecuaciones, las que buscan reducir fricciones en la implementación y resguardar la seguridad del sistema". Entre ellas, "una mayor gradualidad en el comienzo de las distintas fases de la puesta en marcha con entrada en vigor en julio del 2027".

Finalmente este lunes, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la modificación de la NCG N°514 que regula el Sistema de Finanzas Abiertas (SFA) de la ley fintech (N°21.521).
“Este acto constituye un hito significativo en el proceso de implementación de dicho cuerpo legal, que fue publicado en enero de 2023″, señaló la CMF.
Asimismo, el regulador explicó que la modificación normativa contempla como elemento central la inclusión del Anexo N°3, que contiene las especificaciones técnicas para el funcionamiento interoperable del SFA y se complementa con la publicación del portal del desarrollador. “Las entidades se encontrarán a partir de este momento en condiciones de realizar los desarrollos necesarios para la entrada en operación del sistema”, puntualizó.
Adicionalmente, la CMF detalló que “se realizan un conjunto de adecuaciones, las que buscan reducir fricciones en la implementación y resguardar la seguridad del sistema. Entre ellas se destacan: una mayor gradualidad en el comienzo de las distintas fases de la puesta en marcha con entrada en vigor en julio del 2027; la homologación del mecanismo alternativo; la posibilidad de la ´participación simplificada´ para entidades de menor tamaño; la formalización de un periodo piloto de pruebas y la disponibilidad previa del área de testeo o sandbox tecnológico, provisto por la CMF; entre otros".
Al respecto, la CMF destacó que “el proceso de publicación de esta norma se ha beneficiado de múltiples insumos, entre ellos, aquellos provistos por el foro de finanzas abiertas, instancia que reunió a las distintas industrias que serán parte de este sistema”.
Agregó que “los entregables de dicho foro fueron fundamentales para la confección de la normativa, la cual sienta las bases para la operación de un sistema robusto, que se espera posibilite mayores niveles de competencia en el mercado financiero, con una mayor y mejor oferta de productos para los clientes”.
Impacto regulatorio
En el informe normativo de la CMF, específicamente sobre el impacto regulatorio, se señala que “un elemento central de la modificación normativa consiste en la extensión del periodo de entrada en vigor en 12 meses adicionales a los 24 previstos. Esta postergación obedece a que una parte sustantiva del periodo inicial de 24 meses ha debido destinarse al desarrollo de las definiciones técnicas, normativas y operativas necesarias para la adecuada implementación del SFA, proceso que, por su complejidad y carácter transversal, ha requerido un trabajo coordinado y progresivo entre esta Comisión, la industria y diversos actores del ecosistema financiero y tecnológico”.
Además, allí recordaron que antes de publicar esta normativa, tuvieron que hacer coordinaciones con otros organismos, “lo que incidió en la extensión del proceso de elaboración y publicación. En particular, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley fintech, esta Comisión envió la propuesta normativa a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para recabar su informe técnico en las materias de su competencia”.
La CMF detalló que la “Fiscalía, a modo de resumen, destacó tres elementos principales. Primero recomendó evitar nuevas postergaciones en la entrada en vigencia de la normativa, a fin de evitar una mayor dilación en la puesta en marcha del sistema. Segundo, solicitó avanzar oportunamente y de forma detallada en la definición de los criterios de distribución de costos, incorporando parámetros objetivos en la materia”.
Finalmente, explicaron que la FNE “estimó adecuado mantener la simplificación del mecanismo alternativo, en la medida en que las exigencias asociadas con la disponibilidad aseguren niveles adecuados de resiliencia sistémica, evitando que las fallas operativas afecten desproporcionadamente a los actores que dependen de la infraestructura del SFA para competir en el mercado”.
Sobre esto, agregaron: “Es importante considerar que no se contempla una nueva postergación de la entrada en vigencia y que el sistema no necesariamente partirá una vez que se cumplan los plazos máximos de cada tipo de información, ya que estos son de hecho los plazos máximos para desplegar las APIs, por lo que las entidades pudieran partir sus puestas en producción antes de esos hitos. Por otro lado, la publicación del Anexo 4, que se refiere a los umbrales de costos y los criterios para definir cobros por parte de las IPIs, ya está contemplada en el plan de regulación de la CMF para el segundo semestre del presente año”.
Por último, en relación con el mecanismo alternativo, afirmaron: “Coincidimos en que una parte fundamental del correcto desarrollo del sistema será prever que la continuidad del servicio se mantenga al nivel exigido, por lo cual, en esta actualización normativa se incluyeron elementos que refuerzan las expectativas respecto de las industrias en este ámbito”.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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