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CNE detecta y corrige doble ajuste por inflación en tarifas eléctricas: cuentas de luz bajarían en enero

En el Informe Técnico Preliminar aprobado este martes, la Comisión Nacional de Energía admite una “inconsistencia metodológica”, es decir, la aplicación simultánea del IPC y de una tasa de interés para operaciones no reajustables, en fijaciones pasadas, entre julio 2022 a septiembre de 2024.

Aumento en las cuentas de luz a partir de julio: Este es el alza según cada comuna.

La Comisión Nacional de Energía (CNE) incluyó en su Informe Técnico Preliminar para la fijación de precios del primer semestre de 2026 una corrección que admite explícitamente un error metodológico en fijaciones anteriores.

Esto debido a que se aplicó simultáneamente la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y, a la vez, la tasa de interés corriente para operaciones no reajustables, con lo cual el efecto inflacionario se terminó trasladando dos veces a los montos que habrían de ser repercutidos en las tarifas reguladas.

El documento -difundido por T13-, aprobado mediante la Resolución Exenta N° 633 y que desarrolla las reglas de cálculo con base en la Resolución Exenta N° 379, señala que esas correcciones se efectuarán conforme al artículo 17° de la citada resolución y abarcan el período julio de 2022 a septiembre de 2024.

En varios cuadros del informe se pueden apreciar partidas de “Corrección Art. 17º RE 379/2024” con montos negativos que restan cantidades previamente contabilizadas a cargo de las distribuidoras y los suministradores.

No obstante cuando se usó la tasa de interés corriente para operaciones no reajustables (un factor financiero distinto), el resultado fue una doble actualización del mismo efecto inflacionario.

¿A cuánto equivale la corrección?

El propio Informe traduce el efecto agregado en un cargo unitario negativo de -1,281 $/kWh por concepto de Diferencias de Facturación en la fijación presente. Esto significa que en la componente energética del precio de nudo promedio figura un descuento por kWh que reduce lo que se traspasa a las tarifas reguladas.

Además, las tablas consolidadas muestran correcciones por cientos de millones y miles de millones de pesos por suministrador y distribuidora, lo que explica por qué el cargo unitario resulta negativo a nivel sistémico.

¿Qué es el “Precio de Nudo”?

El Precio de Nudo Promedio representa el valor de referencia al cual las empresas distribuidoras compran la electricidad a las generadoras para luego venderla a los clientes regulados.

Este se determina semestralmente por la CNE, tomando en cuenta los costos de generación, transmisión y las condiciones de los contratos de suministro, además de los mecanismos de estabilización tarifaria vigentes.

El documento técnico detalla los Precios de Nudo de Largo Plazo (PNLP), derivados de las licitaciones eléctricas adjudicadas desde 2006, y los Precios de Nudo de Corto Plazo (PNCP), provenientes de contratos anteriores a 2005.

En total, se consideran decenas de contratos entre empresas generadoras -como Aela Generación, Abengoa, E-CL, Acciona o Enel Generación- y las distribuidoras agrupadas en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

El efecto que tendría en las cuentas

Con estos resultados, si el decreto tarifario definitivo incorpora íntegramente las correcciones del referido informe -paso que sigue al envío del informe al Ministerio de Energía- habría una reducción en la componente de energía que pagan los clientes regulados durante el semestre siguiente.

No obstante, el documento y la normativa prevén otros componentes, tales como potencia, cargos de transmisión, fondos de estabilización, mecanismos de equidad residencial, los que también influyen en la factura final.

Asimismo, parte de los ajustes por “Diferencias por Retraso” se liquidan mediante cuotas o abonos según el caso, por lo que la forma en que el beneficio llegue al usuario -sea descuento directo en la tarifa, abono en cuotas, etc.- podría variar.

Cabe señalar que el informe aprobado es preliminar, ya que su contenido será recibido por el Ministerio de Energía, que formalizará el decreto semestral aplicable.

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