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Conadecus recurre a la Corte Suprema para revertir fallo del TDLC y reponer límites a los grupos empresariales

Conadecus acudió a la Corte Suprema para revertir el fallo del TDLC y reponer las medidas que buscan regular a los grandes grupos empresariales. En su recurso, la corporación acusó denegación de pruebas y una grave falta de imparcialidad por parte de los jueces de libre competencia.

10/04/2025 - AUDIENCIA CONGLOMERADOS TDLC - Mario Tellez / La Tercera MARIO TELLEZ

La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) acudió a la Corte Suprema para revertir el fallo del pasado 3 de septiembre del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

La acción legal, patrocinada por los abogados Mario Barvo y Gabriel Trafilaf, busca reponer una serie de medidas que apuntan a regular a los grandes grupos empresariales del país.

El TDLC acogió solo una de las cuatro peticiones originales de la corporación, limitándose a recomendar la creación de un Registro de Grupos Económicos.

El tribunal desestimó las tres propuestas de fondo. Estas buscaban limitar las estructuras societarias piramidales en conglomerados de gran tamaño y restringir la participación cruzada de estos entre los mercados financieros y la economía real. Además, exigían que el Estado considere el nivel de concentración económica de estos grupos antes de asignar concesiones o derechos.

El eje del recurso de reclamación ante el máximo tribunal apunta a un profundo “vaciamiento de contenido del proceso”. Conadecus acusa que el tribunal denegó de forma “constante y reiterada” todas las diligencias probatorias solicitadas para recabar antecedentes del mercado.

Conadecus buscaba el acopio de nuevos antecedentes que tenían como objetivo principal “identificar y caracterizar a los conglomerados” empresariales.

La organización solicitó formalmente la “complementación de los antecedentes aportados” por los propios intervinientes en el caso. Es decir, buscaban exigir más información a los grupos económicos e instituciones afines que participaron en el proceso, para contrastar los datos.

Según Conadecus, la respuesta del TDLC fue rechazar estas peticiones de plano. El tribunal argumentó que exigir esos datos era una facultad “discrecional” y que no advertía razones que justificaran la necesidad de recabar esos antecedentes para resolver el asunto.

El TDLC justificó su negativa a recomendar las tres regulaciones escudándose, precisamente, en la falta de datos concretos e información probatoria dentro del expediente.

El escrito que Conadecus presentó a la Suprema denuncia además una serie de anomalías durante la tramitación. Acusa al tribunal de basar su resolución casi exclusivamente en los informes económicos aportados por los propios grupos empresariales y entidades afines, quienes rechazan cualquier tipo de regulación.

“Animadversión”

Junto a ello, Conadecus cuestiona la aplicación de multas injustificadas contra la corporación y apunta a una demora procesal excesiva, acusando que el TDLC tardó más de 475 días en dictar la resolución desde que la causa quedó en estado de acuerdo.

El documento cuestiona la imparcialidad del proceso, afirmando que los ministros redactores publicaron artículos académicos y dieron declaraciones en la prensa criticando a las asociaciones de consumidores mientras el fallo aún estaba pendiente.

El recurso de reclamación consigna que el 23 de agosto, a solo un par de semanas de que se dictara la resolución del 3 de septiembre, el ministro Ricardo Paredes (uno de los redactores del fallo) dio una entrevista al medio The Clinic.

Sostiene que estando aún pendiente el fallo, Paredes señaló textualmente: “Observo con preocupación la existencia de casos en que los honorarios de los abogados de las asociaciones de consumidores no quedan debidamente transparentados y pueden terminar operando contra el interés de los propios consumidores”. Conadecus calificó estas declaraciones como una muestra clara de “animadversión” y algo inapropiado dado el deber de objetividad que pesa sobre los jueces.

Asimismo, indica que el 26 de agosto, es decir, meses después de que la causa quedara en estado de acuerdo (mayo de 2025), los ministros redactores, Nicolás Rojas y Paredes, publicaron el artículo “El propósito de la legislación de la libre competencia en Chile” en la revista Estudios Públicos. En el texto, analizaron y criticaron posturas que proponen ampliar la legislación hacia objetivos como la “desconcentración del poder”.

En definitiva, Conadecus solicita a la Corte Suprema que devuelva el expediente al TDLC para que recabe los antecedentes omitidos y dicte las recomendaciones. En subsidio, pide que el máximo tribunal asuma directamente el caso y proponga al Presidente de la República las normativas legales para resguardar la competencia.

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