Contraloría autoriza que funcionarios públicos que tengan el cuidado de menores de 12 años puedan realizar teletrabajo

El Ministro de la secretaría general de gobierno Giorgio Jackson asiste a la cuenta pública de la Contraloría General de la República
FOTO: KARIN POZOAGENCIAUNO
El Ministro de la secretaría general de gobierno Giorgio Jackson asiste a la cuenta pública de la Contraloría General de la República FOTO: KARIN POZOAGENCIAUNO

Este pronunciamiento responde a una inquietud presentada por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (Anef), por la aplicación del criterio establecido por la Dirección del Trabajo por el adelantamiento y extensión de las vacaciones de invierno.


La Contraloría emitió un dictamen que permite que los funcionarios públicos que tengan el cuidado de menores de doce años puedan desempeñar sus labores a través de la modalidad de teletrabajo. Este pronunciamiento responde a una inquietud presentada por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (Anef), por la aplicación del criterio establecido por la Dirección del Trabajo por el adelantamiento y extensión de las vacaciones de invierno.

“Al respecto, cabe señalar que mediante el citado pronunciamiento, la Dirección del Trabajo manifestó que las instrucciones de la autoridad sanitaria y las razones en que aquellas se fundan configuran los supuestos previstos en el inciso 2° del artículo 206 bis del Código del Trabajo, por lo que los empleadores deberán ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitiere, sin reducción de remuneraciones”, sostiene el dictamen.

El documento emanado por el órgano regulador, sostiene que “el Ministerio de Educación dispuso ampliar el período de receso escolar de invierno, aumentándolo de 2 a 3 semanas, en las regiones de Arica a Los Lagos y manteniendo el período de 3 semanas fijado para las regiones de Aysén y Magallanes, según el calendario publicado en su página institucional. Al efecto, se estableció que la semana de receso escolar que se incorpora será sin recuperación, dado que responde a una medida sanitaria para la protección de la población”.

De lo anterior, sostienen que “se advierte que la intención de la autoridad es que los establecimientos educacionales se mantengan cerrados y que los niños y niñas no asistan a ellos con el objeto de resguardar su salud y evitar el contagio de enfermedades respiratorias, razón por la cual corresponde concluir que se dan los supuestos de aplicación de la norma contenida en el inciso segundo del artículo 206 bis del Código del Trabajo”.

En ese sentido acotan que “el empleador deberá ofrecer a la persona servidora pública que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitiere, sin reducción de remuneraciones”.

De esta manera, precisan que “cabe hacer presente que atendido que el riesgo de infección por la circulación de virus respiratorios se encuentra presente durante todo el período de vacaciones de invierno, el uso del beneficio de trabajo remoto, en los términos del presente pronunciamiento, se hace extensible por todo el período que las autoridades competentes determinen la duración del receso escolar señalado”.

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