Por Matías VeraTianqi tras triunfo judicial de SQM y Codelco: “Fallo sienta precedente altamente perjudicial”
La empresa china -dueña del 22% de SQM- criticó la decisión de este martes de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó su petición de que el acuerdo entre Codelco y SQM fuese votado por los accionistas. "No solo afectarán directamente los derechos legítimos de los accionistas minoritarios, sino que también erosionarán la fe de los inversionistas extranjeros", dice Tianqi.

Tianqi no guardó silencio y arremetió contra la decisión de los tribunales chilenos. Tras el fallo de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago de este martes, que rechazó el reclamo de la compañía, que buscaba que la asociación entre Codelco y SQM fuera votada por sus acciones, Tianqi -dueño del 22% de SQM- afirmó que la decisión erosionará “la fe de los inversionistas extranjeros”.
“Tianqi Lithium expresa su respeto hacia el Poder Judicial chileno y hacia el sistema jurídico del país, que históricamente se ha caracterizado por su apego al Estado de derecho, la justicia y la transparencia. Sin embargo, lamentamos profundamente que la interpretación y el fallo emitidos en este caso se aparten gravemente de dichos principios”, dice una declaración de la firma, representada en tribunales por el abogado Octavio Bofill.
Tianqi, que elige a tres de los ocho integrantes del directorio de SQM, apunta que “además de alejarse de las prácticas reconocidas en los mercados de capitales internacionales, el fallo sienta un precedente altamente perjudicial, al permitir que se utilicen tecnicismos para menoscabar los derechos de los accionistas minoritarios”.
La empresa china fue a los tribunales chilenos en julio de 2024 para impugnar la decisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que validó el actuar de SQM de someter la decisión del acuerdo solo a la mesa directiva. Ahora, la empresa pretende recurrir a la Corte Suprema con su reclamo.
Tianqi asegura que “esta interpretación meramente formal de la normativa vigente contradice el espíritu de la legislación chilena, cuyo propósito es proteger la igualdad de derechos de los accionistas, especialmente los minoritarios, y garantizar su participación en las decisiones de relevancia”.
De esta forma, agrega la empresa, “la sentencia desconoce la realidad económica y sustantiva de una operación que implica que SQM se desprenda en los hechos de uno de sus principales activos y del control efectivo de su negocio del litio, sin que los accionistas minoritarios hayan tenido la oportunidad de votar dicha operación en Junta de accionistas, conforme dispone la Ley sobre Sociedades Anónimas”.
La Corte de Apelaciones consideró que “la participación accionaria de SQM en SQM Salar SpA disminuye como consecuencia del aumento de capital que resulta indispensable para materializar la incorporación de Minera Tarar SpA”, lo que, a su juicio, no constituye el efecto de una enajenación acciones, como reclama Tianqi, “sino la consecuencia de la emisión de acciones de pago y su entrega a los accionistas de Minera Tarar SpA”. Más aún, el tribunal agregó que “la operación permite incorporar al patrimonio de SQM Salar SpA los contratos que Minera Tarar SpA tendrá con Corfo a partir de 2030, lo que le permitirá la continuidad de las operaciones de extracción de litio por treinta años más de lo originalmente previsto”.
Tianqi también afirmó que la decisión afecta la fe de los inversionistas extranjeros. “En nuestra calidad de inversionista internacional y accionista minoritario relevante, consideramos que las consecuencias negativas de esta sentencia van mucho más allá de este caso particular: no solo afectarán directamente los derechos legítimos de los accionistas minoritarios, sino que también erosionarán la fe de los inversionistas extranjeros que llegan confiando en la estabilidad institucional y regulatoria de Chile”.
La china concluyó señalando que “ejercerá todos los derechos y recursos que le confieren las leyes chilenas e internacionales para defender sus intereses y los de todos los accionistas minoritarios de SQM”.
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