Pulso

Tras cinco años de juicio, Odecu pierde en la Suprema demanda contra de Bayer y Arysta por uso de herbicida

Alentado por exitosas demandas en el extranjero, la organización de consumidores exigía $100 millones como daño físico y otros $100 millones por daño moral en favor de trabajadores agrícolas aquejados de un mortal cáncer que, según su demanda, se vincularía al uso del producto Roundup. La Corte Suprema determinó que no se probó la existencia da daños generados por el herbicida y raticficó dos fallos anteriores.

Andrew Kelly

La Primera Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de casación interpuesto por la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu), cerrando un prolongado juicio iniciado con una demanda colectiva de indemnización por los supuestos efectos dañinos que habría ocasionado el herbicida Roundup, comercializado en Chile por Bayer y Arysta.

El 21 de enero de 2021, Odecu, representada por el abogado Juan Sebastián Reyes del estudio Pérez Donoso, presentó una demanda de acción colectiva bajo la Ley de Protección al Consumidor en contra de las multinacionales de productos agrícolas Bayer y Arysta LifeScience, aduciendo que el herbicida Roundup, con su principio activo glifosato, estaría vinculado al hallazgo del Linfoma no Hodgkin, un tipo de cáncer de sangre, en trabajadores agrícolas.

Debido a ello, exigía que Bayer y Arysta pagaran indemnizaciones y reparaciones por un monto de $100 millones por daño material y otros $100 millones por daño moral para cada uno de los usuarios afectados por esta mortal enfermedad o de sus herederos, en caso de haber fallecido.

“El Roundup es un herbicida de contacto, fabricado en base a glifosato que, aplicado a cultivos agrícolas, plantaciones frutícolas, bosques y jardines ornamentales, produce el exterminio de la maleza, siendo utilizado por trabajadores agrícolas, operarios y jardineros mediante una operación mecánica o manual, tanto por vía terrestre o aérea, y el contacto de éste con la maleza hace que ésta termine su actividad vegetativa”, explica el fallo.

El juicio se basó en una exitosa estrategia llevada adelante en varios países, entre ellos Estados Unidos, que ha obligado a Bayer a pagar US$10 mil millones como acuerdos extrajudiciales para cerrar este tipo de demandas por el uso del herbicida supuestamente cancerígeno. De hecho, a inicios de este año Bayer ofreció US$7.250 millones para resolver las 52 mil demandas presentadas en su contra en Estados Unidos.

La controversia legal por Roundup es una pesada herencia que debió asumir Bayer tras adquirir hace ocho años a la empresa Monsanto, el fabricante estadounidense del herbicida ampliamente utilizado en la agricultura.

“Desde su creación, este herbicida fue producido y comercializado mundialmente por la empresa estadounidense Monsanto, que actualmente es de propiedad de la multinacional Bayer y desde el año 1993, el Servicio Agrícola y Ganadero autorizó su uso en Chile”, comenta la sentencia.

En Chile, el 21 de julio de 2023 el 22° Juzgado Civil de Santiago rechazó “en todas sus partes” la demanda entablada por la Odecu y la condenó en costas, por no acreditar la eventual peligrosidad del compuesto Roundup ni tampoco contar con legitimación activa para representar a los afectados.

La Odecu recurrió de casación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, cuya Sexta Sala rechazó el recurso y ratificó el fallo de primera instancia el 17 de abril de 2025.

Y tras cinco años de disputa legal, la Corte Suprema confirmó lo determinado por el tribunal de alzada y rechazó el reclamo de la organización de consumidores.

“La demandante no logró acreditar la existencia de un grupo determinado o determinable de consumidores finales afectados que hayan tenido una relación de consumo con las demandadas que habilite a la demandante, en su calidad de asociación de consumidores, a comparecer mediante una acción colectiva de defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores”, afirmó el fallo de la Suprema.

“Además de no probarse la peligrosidad del producto distribuido por las demandadas ni la existencia de daños a los destinatarios finales ocasionados por el uso del herbicida”, puntualizó.

La representación de Bayer estuvo encabezada por Aldo Montanari, socio del estudio Carey, mientras que Arysta (actualmente UPL) fue defendida por Benjamín Ferrada y José Gabriel Undurraga, del bufete Guerrero Olivos.

Más sobre:herbicidabayerodecuconsumidoresjusticiacorte supremanegociospulso

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.

Plan Digital+$6.990 al mes, por los 3 primeros meses SUSCRÍBETE