¿Es feriado el domingo 7 de mayo por las elecciones?

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Revisa si es feriado el 7 de mayo por las votaciones. Foto referencial de archivo.

Revisa los detalles de la jornada en que se elegirá a los 50 integrantes del Consejo Constitucional.


El próximo domingo 7 de mayo corresponden las elecciones del Consejo Constitucional, jornada en la que los ciudadanos deberán dirigirse a votar por un candidato para que integre el organismo.

Se seleccionará a un grupo de 50 personas que estarán encargadas de discutir y aprobar la propuesta de texto de nueva Constitución.

Podrán sufragar todas las personas que figuren en el padrón electoral definitivo de 2023 dispuesto por el Servicio Electoral, en una instancia con voto obligatorio.

Según explica el Servel, los electores identificados bajo condición indígena tendrán la opción de votar por las candidaturas de la circunscripción nacional de pueblos indígenas o por los candidatos generales de su respectiva circunscripción senatorial, solicitando sólo una cédula de votación en la mesa receptora de sufragios.

¿Es feriado el 7 de mayo por las elecciones?

Excepcionalmente en este año 2023, es feriado el domingo 7 de mayo por el desarrollo de las elecciones del Consejo Constitucional.

Cabe recordar que, según se establece por ley, la jornada que sea fijada para la realización de elecciones y plebiscitos se determina como feriado legal.

Al respecto, aquellas personas que se encuentren trabajando durante dicho día, podrán recibir dos horas libres de permiso de parte de su empleador para dirigirse a votar.

Feriado por las elecciones. Foto referencial.

¿Cuál es la multa por no votar?

El incumplimiento de la asistencia al sufragio cuenta con una multa de 0,5 a 3 UTM. Según el valor de mayo informado por el Servicio de Impuestos Internos, se traduce en un monto de $31.537 a $189.222.

Las elecciones del Consejo Constitucional del domingo 7 de mayo cuentan con voto obligatorio. La determinación aplica a todos los ciudadanos habilitados para sufragar que registren domicilio electoral en Chile.

Según señala el Servel, pueden excusarse de votar las personas que cumplan con alguna de las siguientes situaciones:

  • Por enfermedad.
  • Por ausencia del país.
  • Por encontrarse en un lugar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral el día de la elección.
  • Por otro impedimento grave, comprobado ante el juez.

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