Adopción y derechos del niño
SEÑOR DIRECTOR:
En su reciente carta, Gustavo Baehr señala que el proyecto de ley sobre adopción desconoce el supuesto “derecho del niño a tener un padre y una madre”. Esta afirmación, sin embargo, desconoce la evolución del derecho internacional en materia de infancia y no se sostiene jurídicamente.
El interés superior del niño, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño, no impone una configuración familiar determinada, sino que exige asegurar afecto, cuidado, estabilidad y protección, cualquiera sea la composición del hogar adoptante. Diversos estudios han demostrado que niños criados por parejas del mismo sexo presentan igual bienestar emocional y desarrollo que aquellos criados por parejas heterosexuales.
Sostener que un niño está “injustamente privado” de una familia compuesta por un hombre y una mujer es imponer un prejuicio adulto a una realidad diversa. Hoy existen familias monoparentales, homoparentales, extensas o reconstituídas, y todas ellas pueden ser profundamente amorosas y responsables.
Esperamos que la tramitación de esta ley se guíe por evidencia y derechos, no por nostalgias normativas ni exclusiones arbitrarias.
María José Cumplido
Directora ejecutiva de Fundación Iguales
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