Barroco y Constitución

Visto de esta manera, es posible pensar en nuestra Constitución como una obra del barroco sobrio, aquella que enfrenta el clasicismo renacentista, rompe y valora la libertad creativa, pero deja espacios sin cubrir.


El origen etimológico del concepto barroco se encuentra en una palabra portuguesa que significa perla irregular. Por esta razón, llamamos barroco al arte recargado de adornos que tuerce las líneas generales, intrincando el estilo clásico. Existen varios tipos de barroco y con el perdón de los expertos, quisiera detenerme en lo que se ha llamado el barroco sobrio que tiene, precisamente, su origen en América. Este conserva el orden arquitectónico, al tiempo que incorpora un sentido de libertad que le permite romper con los modelos anteriores pero, a diferencia del barroco exuberante, deja espacios sin cubrir. Aunque parezca una asociación lejana me parece que este concepto artístico puede servirnos a la hora de preguntarnos por nuestra Constitución.

Una Constitución opera como punto de confluencia de distintos sistemas; entre ellos el jurídico, el social y el político. Lo anterior supone que la Constitución constituye la ley suprema al tiempo que, distribuye el poder y es capaz de moldear la sociedad que representa expresando una suerte de identidad común y proclamando valores e ideales compartidos. Estas características pueden expresarse de forma minimalista o maximalista. Lo primero suele ocurrir cuando existe una cierta dificultad para alcanzar un ethos común, lo segundo sucede en aquellos casos en los que las sociedades deciden o requieren reposicionarse haciendo de la Constitución un símbolo de ese movimiento. Dicho lo anterior, la mayoría de las constituciones se ubican en un feliz punto medio desde el que se aspira a una proyección temporal y a ser capaz de adaptarse a necesidades futuras y cambios sociales.

Visto de esta manera es posible pensar en nuestra Constitución como una obra del barroco sobrio, aquella que enfrenta el clasicismo renacentista, rompe y valora la libertad creativa, pero deja espacios sin cubrir. Estas zonas trasuntarían confianza en el legislador, proyección, respeto intergeneracional, valoración de la diversidad y una aspiración a abandonar las banderas identitarias en búsqueda de un proyecto común.

La pregunta es si la ciudadanía y los convencionales aspiran o comprenden la Constitución de esta manera. Un buen elemento de análisis, respecto de los primeros, puede ser la Iniciativa Popular de normas que, tal como lo sostiene la página web en cuestión, permite la participación popular en materia constitucional mediante la presentación a la Convención Constitucional de propuestas de normas sobre materias de índole constitucional. Según el mecanismo definido “las propuestas que superen las 15.000 firmas serán discutidas en la comisión correspondiente y votadas para admitir su discusión y votación en el pleno, para ingresar o no al texto constitucional definitivo.”

Una revisión rápida de las mismas lleva a algunas conclusiones: 1.- Existen temáticas recurrentes que hablan de preferencias sociales emergentes y convocantes: medioambiente, animales, fake news, “con mi plata no” entre otras 2.- Al mismo tiempo encontramos propuestas contradictorias, como las relativas al derecho a la vida, o a la educación donde han tomado fuerza las que abogan por la diversidad de proyectos educativos y el derecho preferente de los padres a la educación de sus hijos. 3.- Otras propuestas salen del ámbito constitucional y son más bien temas de ley que podrían indicar una comprensión errada del sentido de una Constitución 4.- Algunas propuestas abandonan incluso lo legal, en términos amplios, y dan cuenta de una peligrosa generación de expectativas ciudadanas. La pregunta que acompaña la iniciativa de participación, ¿Tienes un sueño sobre el Chile que viene y quieres verlo escrito en la nueva Constitución?, puede inducir a ese error.

Respecto de los convencionales, la cosa requiere también de observación y categorización. La enorme fragmentación y las múltiples banderas personales al interior de la misma Convención hacen que, muchas veces, el proyecto común parezca difuminarse sesgando el diálogo y la discusión.

Visto así, el riesgo de un barroco exuberante existe y puede ser nocivo. El derroche de imaginación y fantasía puede ser maravilloso en el arte, pero claramente no lo es a la hora de redactar la Carta Magna.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.