¿Es la migración un derecho humano? Qué dicen los especialistas
La Declaración Universal de los DD.HH. y la Convención Americana sobre la materia han fijado el derecho al libre tránsito, sostienen abogados. "Algunos autores plantean que si tienes derecho a salir y no existen las tierras de nadie, la única forma de hacer operativo el derecho a salir es entender que existe un derecho intrínseco a entrar en otro territorio", aclara abogada de la UDP.
Mientras la cuestión migratoria sigue enfrentando a gobierno y oposición -y además levanta ruido en la coalición oficialista- los expertos en el tema analizan el argumento que ha expresado la administración Piñera por boca de su subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla: "Nuestra posición es clara. Nosotros decimos que la migración no es un derecho humano". A esa siguió: "si lo fuera, entonces estamos en un mundo sin fronteras".
¿Es discutible el punto? La Tercera PM contactó a tres abogados y académicos especialistas en la materia. Dos de ellos aluden a tratados y convenciones e incluso cuestiones morales que dicen que migrar sí es un derecho. Veamos.
"Es una cuestión de derechos humanos", abre la abogada Francisca Vargas, directora de la Clínica Jurídica de Inmigrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales (UDP). En simple: si se puede salir de un país, también se puede entrar a otro.
"Está la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos -tratado internacional firmado por Chile- y ahí se establece el derecho de toda persona a salir del territorio, y eso se conoce como el derecho al libre tránsito", dice.
Luego aclara: "Desde una lectura poco amigable y cerrada con los derechos humanos, algunas personas pretenden decir que migrar no lo es porque acá lo que se establece es el derecho a salir. Pero resulta que desde la creación de los estados-naciones no existen las 'tierras de nadie'. Entonces, algunos autores plantean que si tienes derecho a salir y no existen las tierras de nadie, la única forma de hacer operativo el derecho a salir es entender que existe un derecho intrínseco a entrar en otro territorio. Si no, no puedes salir".
¿Puede ese segundo Estado poner requisitos al ingreso? "Sí, pero tienen que siempre respetar los derechos humanos de las personas, según los tratados internacionales y la Corte Interamericana de DD.HH. El Estado no puede llegar y prohibir el ingreso a una nacionalidad, imponer requisitos incumplibles o discriminatorios".
Vargas asevera que, así las cosas, la posición del gobierno "no es sustentable" y además agrega que otro de los argumentos del Ejecutivo tampoco tiene piso: "El pacto no regula si va a haber fronteras abiertas o no, sino que plantea un acuerdo entre los estados para trabajar de manera cooperativa internacionalmente para tratar de que exista una migración ordenada, regular y digna. No se le impone a los estados hacer tal o cual cosa, ni se les impone recibir una cierta cantidad de gente. No tiene nada que ver".
Línea con la que coincide Claudio Nash, profesor de derecho de la Universidad de Chile. "Tanto desde la Declaración Universal de Derechos Humanos, pasando por los pactos de Naciones Unidas y la Convención Americana, todos consagran como derecho humano el derecho a salir del país y por lo tanto eso crea una situación de migración y las personas que están en esa situación son titulares de derechos humanos", subraya.
Según él, "es artificial levantar una discusión si este es o no un derecho humano. Aquí lo importante es que las personas que migran sí son titulares de Derechos Humanos, y por lo tanto el Estado de Chile tiene que garantizarle estos derechos mínimos". Nash cree que "la marginación de Chile de este pacto es un error" y además "envía un mal mensaje político en términos de un aislamiento de Chile ".
El asunto amerita "una respuesta más larga", dice Milenko Bertrand-Galindo, profesor de Derecho de la Universidad Católica, "ya que en términos morales claramente debiera serlo, pero desde una mirada positivista no hay ningún tratado que lo reconozca en cuanto el derecho de una persona a inmigrar aun país determinado distinto del de su nacionalidad".
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