Por José Carvajal VegaLa caída de Héctor Espinosa: tribunal condena al exdirector de la PDI a 17 años de cárcel y a pagar $ 160 millones
El exjefe de la policía civil, según acreditó el tribunal, defraudó al Fisco en "no menos" de $ 146 millones, desviando y blanqueando recursos provenientes de los gastos reservados de la PDI. Además, también se acreditó que falseó declaraciones a la Contraloría.

El 31 de diciembre de 2020 el Ministerio Público inició una investigación, por hechos de corrupción en contra del entonces director de la Policía de Investigaciones (PDI), Héctor Espinosa. Desde entonces, pasaron cinco años hasta que la mañana de este lunes el exjefe de la policía civil fue condenado a 17 años de cárcel.
La sentencia fue adoptada de manera unánime por la magistrada Carolina Escandón y los jueces Cristián Soto y Pedro Suárez, del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal (TOP). Los jueces declararon culpable a Espinosa de los delitos de malversación de caudales públicos, lavado de activos y falsificación de instrumento público, en hechos que ocurrieron mientras el oficial (r) encabezó la policía civil.
La decisión del tribunal se dio luego de un juicio que se extendió por 45 días y que incluyó la comparecencia de más de 90 testigos, quienes dieron cuenta del mecanismo que utilizó el exdirector de la PDI para desviar gastos reservados de la policía civil a sus cuentas personales, así como también a los de su esposa, María Magdalena Neira, quien igualmente fue condenada por el delito de lavado de activos.
De esta manera, el 4º TOP dio por acreditados los hechos por los cuales la Fiscalía Metropolitana Oriente, llevó a juicio a Espinosa, a quien lo acusó -y según acreditó el tribunal- de haber defraudado al Fisco en “no menos” de $ 146 millones al erario fiscal.

El método Espinosa
El tribunal dio por acreditado tres hechos, los mismos por los cuales acusó la Fiscalía. El primero de ellos fue por el delito de malversación de caudales públicos, toda vez que según determinó la investigación, luego de que la PDI recibía de parte del Ministerio de Hacienda los gastos reservados, Espinosa activaba un mecanismo para desviar parte de dichos recursos.
Para lograr aquello, después de repartir parte de los recursos a las diferentes unidades de la policía que requerían de gastos reservados, el entonces director de la PDI le pedía a un ayudante, el subcomisario Eduardo Villablanca, que realizara depósitos en efectivo en sus cuentas personales y en las de su cónyuge.

Por lo mismo, según la sentencia del tribunal, se pudo acreditar que “el acusado Héctor Espinosa -a través de la cooperación en la ejecución del hecho por parte de Eduardo Villablanca- sustrajo entre 2015 y 2017 fondos públicos destinados a la satisfacción de gastos reservados asignados a Policía de Investigaciones, con el objeto de introducirlos a su patrimonio individual y de su familia, cometiendo en definitiva el delito de malversación de caudales públicos de manera reiterada en el tiempo".
“La acción de Espinosa de entregar y ordenar a su ayudante (Villablanca) depositar el dinero en sus cuentas personales para incorporarlo a su patrimonio individual y familiar, consuma la malversación al desviar los caudales de su destino público al peculio privado”, agregó el tribunal más adelante en su sentencia.
En total, según quedó acreditado en el juicio, fueron 18 las ocasiones en que Villablanca, quien falleció antes de esta última instancia, depositó recursos públicos en las cuentas de Espinosa y Neira.

Con el dinero ya en sus cuentas, y en un segundo hecho, esta vez por el delito de lavado de activos, el tribunal acreditó que el exdirector de la PDI y su esposa intentaron blanquear el dinero a través de diversos productos bancarios.
Por lo mismo, el tribunal determinó que “con el dinero obtenido de los delitos base, los acusados lograron integrarlo y estratificarlo en el sistema económico financiero, progresivamente desvinculándolo de su fuente ilícita, vulnerando los controles preventivos en materia de lavado de dinero”.
En detalle, “el acusado abrió una segunda cuenta corriente, en el Banco de Chile, para utilizarla casi en un 100% para el desvío de los dineros malversados; se sucedieron una serie de transferencias bancarias de Espinosa hacia su cónyuge, específicamente, 31 transferencias de él hacia ella por más de $ 70 millones de pesos; se emplearon instrumentos financieros como fondos mutuos, cheques y vales vistas”, dice la sentencia.

Su esposa, por su parte, “suscribió un contrato con Banchile Inversiones en febrero de 2016 y realizó operaciones de inversión o aportes de capital a fondos mutuos utilizando parte del dinero ilícitamente obtenido. Todas estas maniobras buscaban generar múltiples flujos de los dineros sustraídos para desvincularlos progresivamente de su fuente ilícita”.
“El acusado Espinosa actuó a sabiendas que dicho dinero tenía un origen ilícito mientras que su cónyuge, Neira Cabrera, no lo supo porque cerró los ojos, actuando pasivamente, ante el uso continuo y permanente de su cuenta corriente, con el objeto de poder aprovecharlo y utilizarlo en la adquisición del bien raíz de calle Rosario Sur”, sentenció el tribunal, acogiendo la tesis de la Fiscalía que con los dineros malversados el matrimonio adquirió un inmueble en la comuna de Las Condes.

Por último, y en un hecho tres, también se probó el delito de falsificación de instrumento público, toda vez que ante la Contraloría, el exdirector entregó declaraciones de gastos reservadas falsas.
“Si bien la rendición era secreta y genérica por ley, esto no eximía a Espinosa de su obligación de decir la verdad y cumplir estrictamente con su deber. Eso era precisamente lo que su cargo imponía al estar basado en la confianza y en la honra que le es inherente al cargo que ocupaba como director general de la Policía de Investigaciones. Al sustraer parte de los fondos para sí mismo (malversación), la declaración jurada que afirmaba el uso total de los fondos para los fines propios de la institución era falsa y su acto buscó ocultar la sustracción”, concluyó el tribunal.
“Penas ejemplificadoras”
Tras comunicar todos los hechos, los magistrados Escandón, Pérez y Suárez acordaron que el exdirector de la PDI debía cumplir una pena de 12 años por el delito de malversación y falsificación de instrumento público, más otros cinco años de cárcel por el delito de lavado de activos.

En ambos casos a Espinosa, además, se le sumaron multas de 15 UTM ($ 1.043.130) y 200 UTM ($ 13.908.400). Así como también se le inhabilitó para ejercer cargos públicos de manera perpetua y se decretó el comiso del departamento de Las Condes adquirido por el matrimonio, aunque se rechazó la misma incautación para una propiedad en la Región de Valparaíso.
El tribunal también acogió la demanda del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y condenó al otrora jefe de la policía civil al pago de $ 146 millones “por concepto de indemnización del daño emergente causado al Fisco de Chile”. Junto con el pago de las costas (gastos) del juicio.
En el caso de Neira, el tribunal la condenó a 540 días de presidio, pena que ya fue cumplida dado que la esposa del exdirector de la PDI estuvo 1.509 días bajo medidas cautelares. Espinosa, por su parte, tendrá por abonado 1.510 días a su pena, es decir, poco más de cuatro años dada la misma razón.

Para el fiscal jefe de Las Condes, Felipe Sepúlveda, “el tribunal impuso penas que podríamos decir ejemplificadoras, bastante altas, acordes con la gravedad de los delitos que tuvo por acreditado”.
En esa línea, el persecutor sostuvo que “sin duda que marca un precedente por varias razones. En primer lugar, por la alta investidura de la persona que fue condenada. En segundo lugar, también porque fueron condenados por delitos bastante graves que involucran en este caso, un perjuicio efectivo al Fisco de Chile y también además por las penas que se obtuvieron en este caso en concreto y que son proporcionales con el daño y la afectación a los bienes jurídicos que se encuentran conculcados por la conducta de los acusados”.
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