Por José Carvajal VegaLa propuesta del CEP para el diseño del futuro Consejo de Nombramientos y la reforma judicial que se discute en el Senado
El Centro de Estudios Públicos analizó la propuesta del gobierno que está siendo tramitada en el Congreso. El organismo plantea una serie de mejoras y críticas para "generar contrapesos intrainstitucionales e interinstitucionales" y un sistema que "maximice la evaluación por mérito".

Los últimos dos años, el Poder Judicial ha enfrentado una de sus peores crisis. En este periodo, ministros de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones de Santiago fueron removidos, y otros investigados, luego de verse salpicados en algunas de las aristas de corrupción que destapó el penalista Luis Hermosilla, uno de los imputados protagonista del caso Audio.
Gran parte de los problemas que aquejan a la judicatura tienen un solo origen: un sistema de nombramientos con incentivos para el tráfico de influencias y la tradicional figura del besamanos.
Por lo mismo, en octubre del año pasado, el Ejecutivo ingresó una reforma para cambiar el actual sistema de nombramientos. La decisión fue audaz. La primera vez que el Ejecutivo quiso reformar el sistema de nombramientos judiciales fue en 1991, con un proyecto de ley que diseñó el exministro de Justicia Francisco Cumplido. Desde ahí en adelante han pasado 34 años desde ese intento, entre medio han ingresado un total de 27 iniciativas legales para cambiar el sistema y ninguna ha tenido éxito.
El gobierno ha logrado pasos relevantes. Por ejemplo, consiguió tramitar su reforma en la Cámara de Diputados y ahora enfrenta el segundo trámite en el Senado, donde la Comisión de Constitución ya aprobó la iniciativa en general.
A raíz de esa discusión que se está dando en la Cámara Alta es que el Centro de Estudios Públicos (CEP) elaboró dos análisis: uno llamado “Mérito y contrapesos en el Poder Judicial: Acuerdos, desacuerdos e interrogantes sobre los nombramientos judiciales” y otro titulado “Mérito y contrapesos en el Poder Judicial: Propuestas para un mejor sistema de nombramientos judiciales”.
Ambos textos fueron elaborados por los investigadores Sebastián Soto y Trinidad Pacareu y según se defiende en el segundo informe, la forma en la que se nomina a los integrantes del Poder Judicial debe tener dos elementos principales: “Elevar los costos de captura del sistema y generar un proceso que maximice la evaluación por mérito”.
“Para ello, es necesario escrutar el arreglo institucional que se propone y generar contrapesos intrainstitucionales e interinstitucionales que disciplinen tanto la decisión técnica como la política”, se lee en el documento de 44 páginas.
La propuesta del CEP
El estudio del CEP se basa en el análisis al proyecto ingresado por el gobierno del Presidente Gabriel Boric para reformar el sistema de nombramientos, el cual según plantea el centro de estudios, debe privilegiar el mérito.
Para uno de los autores del estudio, el investigador del CEP Sebastián Soto, “para diseñar un sistema de nombramientos adecuado hay dos preguntas fundamentales”. En esa línea, Soto explica que “la primera es quiénes integran y cómo son designados las personas que forman parte del consejo que evalúa a los postulantes”. El abogado dice que “ese consejo tiene como principal función maximizar el mérito en el proceso”. La segunda pregunta, según Soto, es “qué contrapesos tiene ese consejo para evitar que sea capturado por intereses políticos, académicos o corporativos”. A juicio del abogado, “esos contrapesos son siempre interinstitucionales”.
El proyecto del gobierno propone la creación de un Consejo de Nombramientos Judiciales y el principal cambio es que la reforma reemplaza el actual sistema de nombramientos que está centrado en procesos de selección hechos por la Corte Suprema o las cortes de apelaciones por uno en que los procesos de selección serán realizados por un nuevo consejo.
De esta forma para nombrar al fiscal judicial de la Suprema, a los ministros y fiscales de cortes de apelaciones y los jueces de letras el nuevo consejo elaborará ternas jerarquizadas por el puntaje obtenido por cada uno de los tres postulantes seleccionados. Estas ternas serán enviadas al Presidente de la República para que escoja al candidato que finalmente será designado en el cargo correspondiente.
En un inicio el Consejo de Nombramientos, según la propuesta del Ejecutivo, estaría integrado por un ministro de la Suprema, un ministro de la corte de apelaciones y dos jueces, todos sorteados. A ellos se suma un representante designado por el Cruch entre las personas que hayan ejercido como decano de alguna de sus facultades de derecho y dos abogados de reconocida trayectoria profesional o académica que deberá tener a lo menos 20 años de título de abogado, cada uno designado por 4/7 de los miembros en ejercicio de cada cámara del Congreso, previa terna propuesta por el Consejo de Alta Dirección Pública (ADP).
Sin embargo, toda la composición del órgano se rechazó en la Cámara por lo que el tema llegó en blanco al Senado y será en la Cámara Alta donde se deberán reponer estas normas.
Por lo mismo el análisis del CEP resulta útil para el estado de la discusión legislativa. Los autores del centro de estudio destacan que sea un solo órgano encargado de los nombramientos. También ven como positivo que el número de integrantes sea pequeño y para eso proponen un total de cinco: “Que un número reducido de personas integren el gobierno corporativo permite una mejor gestión. Es también un número impar y un mecanismo de contrapeso intrainstitucional, pues exigirá miradas comunes dificultando así la captura”.
El CEP también valora que el órgano colegiado tenga mayoría de jueces y los magistrados se elijan por sorteo, ya que “evita trasladar la lógica eleccionaria al interior del Poder Judicial”. El asunto se complica respecto de los integrantes ajenos a la judicatura, que son los cupos cuya designación es mediada por mecanismos de intervención de órganos políticos como el Ejecutivo o el Legislativo.
Además, el CEP es de la idea de que la secretaría técnica del futuro consejo sea designada por ese órgano y no por el consejo de ADP. También respecto de los jueces sorteados, propone que exista “un mecanismo para manifestar interés en ser parte del listado que se sorteará”. Además pide que el Cruch no designe integrantes del consejo por lo tanto es de la idea de que ese “órgano de designación debe ser reemplazado”.
El rol del Ejecutivo y el Senado
Respecto de la intervención del Ejecutivo, el CEP defiende que “la intervención del Presidente debiera mantenerse pues no hay otro órgano con legitimidad democrática que pueda suplirlo”. Pero vinculado a la designación de los jueces inferiores, el CEP afirma que “un sistema en el que los jueces inferiores sean designados directamente por el Consejo de Nombramientos no conspira contra la necesidad de contrapesos y, al mismo tiempo, privilegia el mérito”. Por eso argumenta que hay buenas razones para que esto deje de ser una atribución del Ejecutivo.
En relación a las designaciones de jueces superiores -de corte de apelaciones y de la Corte Suprema-, el CEP considera que “por corresponder a tribunales superiores puede presumirse que sus decisiones son más relevantes y, por tal razón, el Consejo de Nombramientos requiere algún grado mayor de contrapeso -ahora interinstitucional- y mayor grado de legitimidad democrática”.
Sobre los Supremos, el CEP defiende que “desde la óptica del contrapeso interpoderes, la potestad del Senado para aprobar o rechazar dichos nombramientos constituye un contrapeso esencial que limita la discrecionalidad presidencial”. Por lo mismo pide mantener el rol de la Cámara Alta, pero con algunos ajustes.
El primero de ellos, por ejemplo es definir si se mantendrá el quorum de 2/3 o si se reducirá a otro como 3/5 o 4/7. Otro ajuste es elevarle los costos al Senado en caso de que rechace la propuesta del Ejecutivo. Una de ellas es que si el Senado rechaza por segunda vez la propuesta, sería designado como supremo aquella persona sorteada entre todos los que habían integrado la quina para ese cargo. El análisis también llama a explorar el hecho de que “para que la intervención del Senado sea más deliberativa” una opción sería “que la propuesta del Presidente sea una dupla”.
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