Nacional

Los argumentos de Natalia Valdebenito para evitar la orden judicial que ordenó la censura de sus chistes

A través de un informe, la humorista explicó ante la Corte de Apelaciones de La Serena el contexto en el que expresó las palabras sobre el fallecimiento de los mineros en la mina El Teniente. A su vez pidió al tribunal de alzada que rechace el recurso por constituir un acto de censura previa.

En un escrito de siete páginas la humorista Natalia Valdebenito presentó sus descargos ante la Corte de Apelaciones de La Serena, luego de que dicho tribunal de alzada acogiera una orden de no innovar y prohibiera a la actriz realizar chistes vinculados a la muerte de los trabajadores en la mina El Teniente el 31 de julio.

Lo anterior, luego de que la familia de Paulo Marín, uno de los mineros fallecidos en la tragedia ocurrida en Rancagua, presentara un recurso de protección en contra de la humorista por haber hecho un chiste sobre el trágico hecho. Después de lo ocurrido, Valdebenito reconoció su error y pidió disculpas. “Me equivoqué”, afirmó esa vez.

La resolución de la Corte de La Serena se dictaminó como medida precautoria antes de que resuelva el fondo del asunto, instancia para la que solicitó un informe al exrostro del Club de la Comedia para presentar sus descargos.

La orden de no innovar del tribunal de alzada de la región de Coquimbo ha generado críticas diversas. Esto debido a que abrió un debate sobre la libertad de expresión. De hecho hay voces, como la del académico y doctor en Derecho Sebastián Zárate, que han planteado que “la decisión de la corte constituye un acto de censura previa”.

La respuesta de Valdebenito

Representada por el abogado Luis Vergara, la actriz y humorista evacuó el pasado viernes 5 de septiembre el informe solicitado por la Corte de La Serena, para responder al recurso de protección presentado por la familia de Marín, solicitando que se rechace dicha acción constitucional.

Al comienzo de su informe la humorista explica el contexto de lo sucedido, precisando los hechos expuestos por la familia del minero fallecido. En la protección ingresada se pide que Valdebenito no pueda realizar chistes sobre la tragedia dado que dañan su integridad síquica y honra.

Según especificó Valdebenito, la polémica frase no forma parte de su rutina, como sostiene la familia del minero, sino que fueron “expresiones realizadas en el contexto de una presentación de otras artistas” y que no se trató de un evento remunerado, rechazando que se le atribuya “estar realizando show humorístico con fines de lucro” en base al accidente minero.

Además, volvió a explicar, al igual que en su declaración pública, que sus dichos se dieron luego de señalar que se “encontraba agobiada por las constantes ‘funas’ dirigidas en mi contra, por lo que -llegué a tal extremo- yo sería la única que me habría alegrado con lo sucedido en la mina El Teniente. El sentido de mis expresiones es que ese caso es tan grave, que me permitía salir por algunos momentos de la escena”.

“En ningún momento me burlé de la tragedia ocurrida en la mina El Teniente, sino que, muy por el contrario, en dicha presentación me burlo de mí misma, lo que es una máxima de la comedia, una exageración, una sublimación de lo normal para dar a entender algo”, agregó la humorista.

¿Censura previa?

Más allá del contexto que entrega la humorista, el informe apunta a que también “resulta de vital importancia detenerse y analizar algunos principios básicos”, dada la orden de no innovar dictada por el tribunal de alzada que obliga a Valdebenito a no referirse a lo sucedido en El Teniente.

Sobre aquello plantea que “puede una expresión determinada ser reprochable moral o valóricamente, lo cual no significa que jurídicamente lo sea”. De esa forma se expone que dicha responsabilidad no se puede dar con una orden de no innovar, ya que de hacerlo previamente “se transforma irremediablemente en censura previa”.

“Si en este caso concreto se llegase a sostener que ha existido un posible abuso de la libertad de expresión, esto no justifica de manera alguna la adopción de medidas de control preventivo, toda vez que se estaría vulnerando abierta y flagrantemente el ordenamiento jurídico interno como internacional”, agrega. Además, el informe cita legislación doméstica y fallos internacionales y nacionales sobre la libertad de expresión.

Más adelante, la respuesta de la humorista apunta a que lo solicitado por la familia del minero Marín carece de fundamento dado que lo dicho por ella no forma parte de una rutina, por lo que no se ajusta prohibirle hacer chistes sobre ese tema.

Por otro lado, los recurrentes también pedían que se eliminaran los videos del extracto de la polémica presentación. En el escrito Valdebenito argumento que no se puede hacer cargo de esa pretensión dado que el contenido no corresponde a cuentas propias, sino que de otros usuarios.

En razón de esto, concluye que “no se vislumbra cómo el acto reprochado pueda calificarse de arbitrario e ilegal, toda vez que se encuentra acogido por el estatuto del libre ejercicio de la libertad de expresión que se le reconoce a toda persona en nuestro país. En otras palabras, en el escrito de protección no se realiza por parte de la recurrente un ejercicio básico de subsunción, en cuanto a establecer de qué manera el acto reprochado cumple con los requisitos mínimos para interponer la acción cautelar, sin -aun más- vulnerar el legítimo derecho a la libertad de expresión”.

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