Si ocurriera en Chile el escándalo de cohecho para entrar a universidades ¿Cómo operaría la ley?

Huneeus
Foto: huneeusvintners.com

El hecho de que el empresario chileno Agustín Huneeus Jr esté acusado de pagar sobornos para asegurar el ingreso de su hija a una universidad estadounidense abre la interrogante sobre si es posible que esa conducta se repita en nuestro país.


En Estados Unidos se sigue hablando del escándalo en que padres acaudalados pagaron suculentos sobornos para que sus hijos aseguraran su ingreso a las universidades más importantes de ese país. Y de acuerdo a la fiscalía norteamericana, uno de ellos es el empresario chileno Agustín Huneeus Jr, quien habría pagado para que su hija pudiera entrar a la Universidad del Sur de California. Un hecho que fue repudiado incluso por su familia.

Justamente es aquel nexo circunstancial el que abrió la pregunta si en Chile es posible que se replique este polémico caso. Y respondiendo aquello, este jueves La Tercera PM informó que los expertos coinciden en que no ya que, de partida, el mecanismo de PSU hace mucho más complejo un fraude de esas características.

Y otra condición que impediría que aquello aconteciera tiene que ver con que existen las leyes que sancionan una conducta como la de estos padres estadounidenses.

https://www.latercera.com/mundo/noticia/la-historia-la-foto-la-hija-empresario-chileno-se-convirtio-mvp-2017-waterpolo-admision-universitaria-ee-uu/568147/

"Si llegase a ocurrir, no es una situación que no esté contemplada en la legislación chilena", explica a La Tercera el abogado penalista Gabriel Cisternas. "Está la figura del cohecho a un funcionario. Y eventualmente, si se tratase de un privado, está la figura de la corrupción entre particulares", agregó el socio del estudio Olivares, Cisternas Abogados.

https://www.latercera.com/la-tercera-pm/noticia/huneeus-paga-us-1-millon-fianza-citado-la-corte-29-marzo/570749/

Al respecto, el profesional hace la distinción en el caso hipotético de que estos sobornos involucrasen a universidades públicas y privadas. En el caso de las primeras, "está la figura del cohecho a un funcionario. Y eventualmente, si se tratase de un privado, está la figura de la corrupción entre particulares"; y en el de la segunda, operaría la nueva la ley de corrupción entre particulares, que "es una legislación nueva, promulgada en noviembre de 2018. Está un poco en pañales".

En este sentido, el abogado explicó que la Ley de Corrupción entre privados "considera penas corporales que parten desde los 541 días hasta los 3 años. Está dentro de un rango en que una persona debe cumplir una pena corporal. Lo importante es que existe una pena corporal".

Además, esta ley establece multas, en donde los involucrados "deben pagar el doble del monto involucrado".

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.