TC falla a favor de interno de Punta Peuco y declara inaplicables dos requisitos de la nueva ley sobre libertad condicional

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Penal Punta Peuco/ Archivo.

La sentencia, que tuvo cuatro votos en contra, será aplicable al caso concreto de Rodrigo Pérez Martínez, exagente de la CNI. Esta es la primera resolución de este tribunal que analiza los cambios introducidos en la nueva norma que regula este beneficio penitenciario. La defensa del exuniformado asegura que esto abre la puerta para otros casos.


Fue en julio de 2019 cuando Rodrigo Pérez Martínez presentó un recurso de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC) para revertir una decisión de Gendarmería. Pérez, exagente de la CNI condenado por su participación en la Operación Albania, pretendía postular para acceder al beneficio de la libertad condicional, pero Gendarmería no lo incluyó en el listado de las personas que cumplían los requisitos fijados en la nueva ley que regula esta materia.

En específico, Pérez reclamaba que se le estaba aplicando "retroactivamente una ley más gravosa, estableciendo mayores exigencias para obtener el beneficio de libertad condicional e incidiendo así de manera directa en su libertad personal al restringir con pautas más gravosas el acceso paulatino a la libertad total".

Los artículos que se alegaron eran el 3° bis y el 9° del decreto ley N°321 los cuales hacen referencia al tiempo de cumplimiento de la pena, aumentando el requisito de la mitad de la condena a los 3/4 de ella y el que se refiere a la "colaboración sustancial". En el requerimiento se aseguraba que al cambiarse "la teoría de determinación de los tiempos mínimos requeridos" se vulnera el "derecho de igualdad respecto de aquellas personas que, habiendo cometido delitos en la misma época, sí obtuvieron la libertad condicional por haber postulado antes de la modificación legal referida, afectando así también la esencia de dichas garantías".

Hoy el TC falló a favor de Pérez. En una sentencia dividida, que tuvo cuatro votos en contra de los ministros Gonzalo García, Domingo Hernández, Nelson Pozo María Luisa Brahm; y que fue redactada por el ministro José Ignacio Vásquez, se acogió el requerimiento declarando inaplicables por inconstitucionales los dos artículos objetados.

El abogado de Pérez, Maximiliano Murath, asegura que la sentencia implica que "de aquí para adelante Gendarmería no tiene la facultad para determinar quiénes tienen los requisitos" para postular al beneficio y que "los artículos de la nueva ley, que producen alguna vulneración constitucional, no pueden ser aplicados a los casos concretos".

Murath también señala que la sentencia "es una declaración muy importante sobre cómo interpretar los requisitos de la nueva ley en los casos que vienen en adelante ya que ahora se sabe cuál es la opinión del TC, en un caso concreto". La última vez que este tribunal se pronunció sobre esta materia fue cuando se vio la constitucionalidad de la ley luego de ser despachada del Congreso. Con este fallo, dice Murath, se abre una puerta para que más internos de este penal puedan emprender acciones judiciales parecidas.

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