Tribunal resuelve que sea la justicia civil la que investigue la fatal marcha de Putre: controversia será resuelta por la Suprema

"La jurisdicción militar no tiene la robustez que tiene la fiscalía para proteger a las víctimas", señaló el juez Juan Araya Contreras.


El Juzgado de Garantía de Arica decretó este martes que sea la justicia civil la que investigue la fatal marcha de conscriptos del Ejército originada el 27 de abril, que terminó con un joven fallecido y otros 45 con un cuadro infeccioso.

El Ministerio Público, el Instituto de Derechos Humanos y la madre de Franco Vargas, el conscripto que perdió la vida ese día, alegaron para que sea la justicia ordinaria la que se encargue de la indagatoria, y no la justicia militar.

El fiscal regional Mario Carrera expuso sus argumentos de por qué la fiscalía debería seguir con este caso. Apelando de la jurisprudencia, Carrera mencionó varios casos donde la fiscalía ya ha seguido casos que relacionan al Ejército. Además, criticó que la autopsia de Vargas no se realizó bajo los protocolos de Minnesota ni los de Estambul. “No hay bienes jurídicos de carácter militar”.

Por su parte, el abogado del INDH, Ignacio González, afirmó que la justicia militar tiene ciertas características que “no se condicen” con casos de “violación de los derechos humanos”. Además, dijo que el Ministerio Público cuenta con un Unidad especializada en estos casos. Finalmente, el abogado querellante Sebastián Andrade Delvas, quien representa a la mamá de Vargas, dijo que la figura de víctima “no existe” en la justicia militar y lo que existe es la figura de “persona interesada”. Además, argumentó que la mamá de Vargas es víctima y no es militar.

Por su parte, la Defensoría Penal Pública, quien no tenía representados, se acogió a lo que resolviera el tribunal.

El juez Juan Araya Contreras acogió todos los planteamientos de los incidentes y rechazó la petición de la ministra en visita designada por la Corte Suprema para el caso, Jenny Book. En específico, la ministra en visita había solicitado que la justicia ordinaria se inhibiera en la causa. El magistrado señaló que la justicia militar tenía bienes jurídicos distintos a los de la justicia civil, como la dignidad de la persona y la libertad humana.

“Hay una víctima que no es militar y la jurisdicción militar no tiene la robustez que tiene la fiscalía para proteger a las víctimas”, dijo el juez.

Ahora, la controversia deberá ser resuelta por la Corte Suprema.

Por otra parte, la semana pasada se conoció que uno de los conscriptos que se mantiene grave internado en el Hospital Militar de Santiago, Lucas Gamboa, sufrió la amputación de una mano. Otro joven también se mantiene hospitalizado en estado grave. De hecho, en la audiencia el fiscal Carrera dijo que tenía riesgo de sufrir la amputación de una pierna.

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