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Tribunal libera a imputado por crimen de Mariana Sepúlveda

La resolución, que será apelada por la fiscalía, determinó que los delitos estarían prescritos.

JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

Por los delitos de homicidio calificado, inhumación y exhumación ilegal fue formalizado el viernes Ghislain Jesús Quiroz Carrizo, el sujeto que confesó haber sido el supuesto autor del crimen de Mariana Sepúlveda León, joven cuyo rastro se perdió en 2008.

Fue el domingo 6 cuando Quiroz llegó hasta la 5a. Comisaría de Carabineros de Conchalí, para decir que él había matado a Sepúlveda, de quien era vecino.

De inmediato, la policía uniformada dio aviso a la Fiscalía Centro Norte, que activó una serie de diligencias para determinar si el relato del sujeto tenía sustento. Una de las dudas que mantenían los investigadores, y que hasta ahora siguen resolviendo, es si la discapacidad mental que padece el sujeto tiene incidencia en sus dichos.

Fue esa misma condición -según la defensa es un 80% de discapacidad mental- la que fue considerada por el tribunal para decretar en un primer momento la internación provisional de Quiroz en un módulo especial de salud dispuesto por Gendarmería en Santiago 1.

Sin embargo, durante la tarde, a varias horas de la audiencia, la jueza del 2° Juzgado de Garantía que vio la audiencia, Elizabeth Melero, ordenó la liberación de Quiroz. De acuerdo a quienes conocieron de su decisión, la magistrada recibió un informe de la PDI donde se establecía que el imputado no tuvo movimientos migratorios por lo que los delitos imputados estarían prescritos.

“Aún en el evento que se estableciera que el plazo de prescripción es de 15 años, toda vez que el delito más grave por el que fue formalizado tiene asignada una pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, desde el día 29 de agosto de 2008 a la fecha, ha transcurrido dicho plazo”, dice el texto.

Para resolver, por último, la jueza hizo referencia al estado mental del imputado. “La privación de libertad es una medida de ultima ratio, más aun tratándose de personas privadas de libertad de las que existen antecedentes precisos y concretos como los que vertieron en la audiencia, que darían cuenta de la inimputabilidad o inimputabilidad al menos disminuida, por enajenación mental del imputado, dentro de los cuales se encuentra el informe del Hospital ASA del CDP Santiago I, que da cuenta de una psicosis en estudio, conforme al cual se decretó la internación provisional por las especiales condiciones actuales del imputado”, añade la magistrada en su resolución.

En su resolución, donde argumenta que en la audiencia no tuvo a la vista el informe de Migraciones y que la única fecha que informó la fiscalía fue el 29 de agosto, día de la desaparición, la jueza decretó el sobreseimiento total y definitivo de Quiroz.

La decisión cayó como un balde de agua fría tanto en la Fiscalía Centro Norte como en la familia de Sepúlveda. La Fiscalía indicó que el lunes a primera hora va a recurrir de esta resolución que “fue dictada fuera de la audiencia, horas después de que se fijará un día y hora para debatirlo, y sin escuchar a ninguno de los intervinientes”. Esto, recordando que había una audiencia fijada para el efecto el 15 de octubre.

“Me pareció horrible la decisión, una vergüenza”, dijo la abogada de la familia, Fabiola Aliante.

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