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Víctimas de violación a los DD.HH. recurren a la Corte IDH para que ordene detener proyecto de conmutación de penas

De acogerse el requerimiento de las víctimas del caso Vega González y Otros versus Chile, sería la primera vez que la Corte Interamericana dictara medidas provisionales en contra de Chile. Hasta ahora se ha aplicado a otros países de la región como Perú.

Una serie de repercusiones ha dejado la aprobación y avance del proyecto de ley que permite conmutar penas a personas adultos mayores, entre ellas condenados por delitos de lesa humanidad. Además de los cuestionamientos políticos, la iniciativa de los senadores de Chile Vamos ahora llega a instancias internacionales luego de que familiares de víctimas de violación a los derechos humanos durante la dictadura recurrieran a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con el fin de detener la tramitación del proyecto.

Esa denuncia fue ingresada como antecedente al monitoreo que está haciendo la Corte IDH al cumplimiento de un reciente fallo internacional en el que se condenó al Estado chileno, precisamente, por otorgar beneficios a exagentes condenados por delitos de lesa humanidad, algo que está prohibido en el derecho internacional.

Se trata del caso Vega González y Otros vs. Chile, en cuya sentencia internacional se ordenó a la Corte Suprema aumentar las penas de 14 causas a cuyos condenados se les había reducido la pena como beneficio, las que ahora fueron aumentadas nuevamente para cumplir el fallo internacional.

En ese contexto, la abogada Karinna Fernández, quien llevó el caso Vega González al tribunal internacional, este viernes ingresó un requerimiento para que la Corte IDH aplique medidas provisionales, ya que, a su juicio, el avance del proyecto de ley en cuestión iría en contra del fallo de ese mismo tribunal, ya que beneficiaría a 30 exagentes, los mismos a quienes se les aumentó la pena.

Este requerimiento se suma al que ya realizaron las mismas víctimas al acusar que el Presidente Gabriel Boric no pidió perdón en nombre del Estado de Chile por este caso, antecedente que ya fue remitido al tribunal internacional.

Una medida de “extrema urgencia”

En un escrito de 10 páginas, al cual tuvo acceso La Tercera, las víctimas de violación a los DD.HH. informaron a Rodrigo Mudrovitsch, presidente de la Corte IDH, del avance del polémico proyecto de los parlamentarios de Chile Vamos.

El requerimiento, que fue presentado con “carácter de extrema urgencia”, pide que el tribunal internacional ordene la detención de la tramitación del proyecto, algo inédito en nuestro país. Lo anterior porque, de concretarse dicha petición, se trataría de la primera vez que la Corte IDH resuelve una medida de este tipo en contra de Chile, algo que se ha aplicado a otros países de la región.

Según señala en su denuncia la abogada Fernández, el requerimiento de una medida de este tipo se fundamenta “en el deber estatal de impedir que medidas de atenuación punitiva o beneficios indebidos comprometan la ejecución efectiva de las sentencias, asegurando que la justicia no sea desplazada por mecanismos que, bajo la apariencia de legalidad, perpetúan la impunidad de crímenes que ofenden a la conciencia de la humanidad”.

“Dicha medida legislativa incurre exactamente en la misma lógica de impunidad proscrita por la Corte Interamericana en la reciente sentencia del caso Vega González y otros vs. Chile (2024). En dicho fallo, el tribunal fue categórico al señalar que la aplicación de institutos como la media prescripción o, por analogía, beneficios de cumplimiento alternativo o liberación anticipada que no se funden en razones humanitarias extremas y debidamente acreditadas es incompatible con la Convención Americana”, agrega en el escrito respecto a su argumentación.

Palacio de los Tribunales de Justicia en Santiago. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

También se plantea que el aplicar beneficios a condenados de lesa humanidad “generan una atenuación de la dosificación punitiva que vuelve la condena irrisoria, lo que atenta contra el principio de proporcionalidad que debe regir la sanción de graves violaciones a los derechos humanos y se convierte en un factor de impunidad de facto que vacía de contenido el deber estatal de sancionar crímenes de lesa humanidad”.

En particular, apuntan a que la implementación de una ley de este tipo “representa una amenaza de impacto irreversible para las víctimas del caso Vega González y otros vs. Chile, al configurar un mecanismo legislativo de impunidad que anularía los efectos de la justicia alcanzada tras décadas de litigio”.

La petición, en todo caso, es compleja. Esto debido a que en Chile ni el Tribunal Constitucional (TC) detiene la tramitación de proyectos de ley debido a lo que se conoce como el principio democrático. El TC es de la idea de que, independiente de vicios de constitucionalidad, el Congreso debe terminar la tramitación de sus proyectos y solo una vez despachado hacer un examen a posibles inconstitucionalidades.

Las solicitudes

Cuatro son las solicitudes que las víctimas piden que acoja la Corte IDH. Además de declarar admisible el requerimiento y que se detenga la tramitación del proyecto, plantean también que se aplique una orden de no innovar “que obligue a todos los órganos del Estado a abstenerse de adoptar medidas que garanticen la impunidad de los agentes estatales condenados en el contexto del caso Vega González”.

Así como también que se convoque a una “audiencia urgente” de “supervisión de cumplimiento para analizar esta regresión normativa frente a los puntos resolutivos décimo y décimo cuarto de la Sentencia Vega González vs. Chile”.

La urgencia de esta medida provisional radica en que la liberación de los condenados no solo constituye una afrenta a la memoria y dignidad de las víctimas, sino que revictimiza a quienes, tras vencer al Estado en la instancia interamericana, hoy ven cómo un beneficio meramente etario pretende desmantelar la ejecución efectiva de las penas”, concluye el escrito.

Consultada al respecto, la abogada Fernández afirmó a La Tercera que “es lamentable que tengamos que enfrentar este tipo de debates, pero que entonces hay que hacerlo de manera clara frente al derecho internacional”.

Abogada Karinna Fernández. Javier Salvo/Aton Chile JAVIER SALVO/ATON CHILE

En esa línea afirma respecto de los dichos del presidente electo, de que esto se trata de un cumplimiento alternativo, “esto ya lo enfrentamos en el TC durante la época del Covid y los indultos generales justamente excluyeron este tipo de delitos, porque lo que hemos demostrado internacionalmente es que esas formas se alejan de la proporcionalidad de la efectividad de la pena y se conocen como factores de impunidad, y eso es precisamente lo que nosotros logramos demostrar en sede internacional”.

“La Corte Interamericana tiene una larga trayectoria en los casos precisamente de Fujimori y otros diversos casos que se han desarrollado en Perú. Recientemente, el año pasado, la Corte Interamericana dictó una provisional de similares características respecto de algunas elaboraciones de indultos en el Senado peruano”, afirma.

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