DT desdramatiza revés en la Corte de Apelaciones por caso de Lan Express

Plan de fiscalización por el feriado obligatorio e irrenunciable del 1° de Mayo
El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab y el director del Trabajo, Mauricio Peñaloza, junto a la Seremi Metropolitana, Paola Vidal, informan sobre plan de fiscalización por el feriado obligatorio e irrenunciable del 1° de Mayo, horario de funcionamiento del Comercio, dan conocer las multas a las que se exponen las empresas y las infracciones cursadas el año pasado en esta misma fecha. FOTO: ADRIAN MANZOL/AGENCIAUNO

El director del Trabajo dice que sus interpretaciones buscan proteger a la máxima cantidad de trabajadores.


Como un caso único calificó el director del Trabajo, Mauricio Peñaloza, la controversia entre el sindicato de tripulantes de cabina de Lan Express y la aerolínea. El martes la Corte de Apelaciones de Santiago revirtió la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo y falló a favor del sindicato respecto a la forma en que se llevó el término de la huelga y el contrato colectivo a regir.

"Es un caso único en el cual se da una controversia entre un empleador y un sindicato y donde los tribunales interpretan respecto de ese caso en concreto y que consideran que corresponde aplicar a este caso", señaló Peñaloza.

Esta controversia se generó hace más de un año, cuando tras declarada la huelga de los tripulantes de Lan Express, los dirigentes sindicales decidieron levantarla. Sin embargo, la empresa estimó que ella debía autorizar el reintegro al trabajo, por eso acudió a la Dirección del Trabajo, que apoyó la idea de la empresa.

Peñaloza agregó que la DT intermedia cada año 750 huelgas declaradas en promedio, de las cuales, sólo 150 se hacen efectivas. En ese sentido, dice que "lo que tenemos que mirar como DT es qué hacemos con estos 750 casos en los cuales hay uno que tiene esta controversia respecto de este tema. Eso significa que cuando hacemos el análisis de las normas jurídicas, lo hacemos mirando los 750 casos y siempre aplicando dos grandes principios básicos; uno, es que tenemos el Código del Trabajo y la ley orgánica de la Dirección del Trabajo, que nos obliga a interpretar las normas legales de acuerdo a lo que está contenido en esas propias normas, y segundo, nuestra interpretación siempre busca proteger a la mayor cantidad de trabajadores en el ejercicio de sus derechos dentro de los cuales está el ejercicio de la libertad sindical".

Consultado sobre si cree que se cometió un error con la interpretación que se hizo respecto a la huelga del sindicato de Lan Express, Peñaloza recalca que "tenemos que hacernos cargo de 750 huelgas cada año y tenemos que interpretar las normas del Código del Trabajo respecto de esos 750 casos, además de los miles de procesos de negociación colectiva. Por tanto, aplicamos esas normas a muchos más procesos que aquellos en los cuales pueda haber una controversia judicial que legítimamente, y así funciona un ordenamiento jurídico de pleno derecho, un tribunal pueda tener una interpretación distinta a la DT para este caso concreto", indica.

Respecto a si lo establecido en el fallo de la Corte de Apelaciones debiese quedar zanjado en la ley laboral, dice que "como Dirección del Trabajo lo que tenemos que hacer es interpretar la norma vigente, sin perjuicio de que obviamente colaboramos también con informes, estudios e investigaciones respecto de eventuales modificaciones que se puedan realizar al Código del Trabajo. Por lo tanto, siempre estamos disponibles para colaborar en eventuales modificaciones".

Ayer, el sindicato señaló en un declaración pública que espera que este fallo marque un cambio a las políticas laborales que ha venido instaurando la Dirección del Trabajo a través de dictámenes.

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