FNE llega a acuerdo con Uber Eats, Pedidos Ya y Rappi sobre resguardo a la libre competencia

08 de junio 2017 Fotos tem‡ticas de FNE Foto: Alejandra De Lucca V.

La fiscalía expresó su preocupación por cláusulas que prohíben a los restaurantes asociados a vender a menor precio sus productos en otros canales de venta o en otras plataformas de delivery, lo que puede generar efectos y/o riesgos nocivos en la competencia en los mercados.


Luego de una investigación iniciada el 20 de abril de 2021, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) llegó a un acuerdo extrajudicial con Uber Eats, Pedidos Ya y Rappi en relación a restricciones en sus contratos celebrados con distintos restaurantes. Las compañías de delivery se comprometieron a implementar una serie de medidas para resguardar la libre competencia entre las plataformas.

La FNE constató la presencia generalizada de cláusulas de nación más favorecida, o cláusulas de paridad de precios, incluidas en los términos y condiciones de los contratos entre las plataformas y los restaurantes asociados. A través de estas, obligan a los locales de comida a vender sus productos en la aplicación a igual o menor precio de lo que lo comercializan en otros canales de venta.


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Además, la fiscalía observó cláusulas de exclusividad o semi exclusividad que impiden a los restaurantes asociados comercializar sus productos en otras plataformas.

Este tipo de cláusulas “pueden generar efectos y/o riesgos nocivos en la competencia en los mercados”, según establece la fiscalía, puesto que podrían disminuir la competencia entre plataformas digitales de restaurantes, o de lleno excluir a otras empresas ya sean actuales o potenciales.

Todas las empresas declararon a través del escrito haber escuchado las preocupaciones de la entidad, por lo que se comprometieron, en un plazo de no más de 30 días de corrido a tomar cuatro medidas para mitigar los riesgos de dañar la libre competencia.

En primer lugar, se comprometieron a eliminar las cláusulas de nación más favorecida y/o cualquier otra que tenga el mismo efecto, modificando sus acuerdos comerciales y renunciando a este derecho, e informando que expresamente y por escrito que estas no serán aplicables. Asimismo, acordaron no implementarlas en futuros acuerdos.

El tercer compromiso de las empresas de delivery es sobre la comunicación de estos acuerdos a los restaurantes asociados a través de un correo electrónico, además de notificar la libertad de los locales para determinar libremente sus precios. Finalmente, pactaron que sólo luego de tres años desde la aprobación las plataformas podrán exponer ante la FNE o Tribunal de Defensa de Libre Competencia (TDLC) la necesidad de revisar o eliminar las medidas.

Rappi y Pedidos Ya tuvieron que comprometerse a implementar una quinta medida, que corresponde a reportar anualmente y por un periodo de tres años a la FNE el alcance de las Exclusividades y Semi-Exclusividades acordadas con los restaurantes asociados.

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