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La primera condena de cárcel efectiva por delito concursal de fraude con facturas, al estilo Factop, por $18 mil millones

Jaime Cristi Alfonso, representante legal de la empresa importadora y comercializadora de acero Distac, acumuló tres condenas que suman más de tres años y deberá cumplirlas en prisión, debido a millonarias operaciones a través de la emisión de facturas ideológicamente falsas por adquisiciones simuladas con terceros, para distorsionar el patrimonio de la firma antes de su liquidación.

08/01/2025 - CENTRO DE JUSTICIA - Mario Tellez / La Tercera MARIO TELLEZ

El pasado 29 de mayo, la 4° Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena a prisión contra Jaime Cristi Alfonso, en su calidad de representante legal de la empresa importadora y comercializadora de acero Distac, por delitos cometidos en el proceso de liquidación de la firma.

Cristi, según el fallo de primera instancia del 9° Juzgado de Garantía de Santiago, cometió un fraude con facturas por más de $18 mil millones, por lo cual fue condenado a poco más de tres años de presidio efectivo, constituyéndose en la primera condena de cárcel por un delito concursal, como se llama a aquellos que se realizan bajo la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento publicada en 2014.

El origen del caso

Los delitos se produjeron en el contexto de los severos problemas financieros en que incurrió la sociedad Comercializadora y Distribuidora de Acero S.A. (Distac S.A.), domiciliada en Maipú y que se dedicaba a vender acero importado desde Turquía.

El 27 de noviembre de 2020, el 14° Juzgado Civil de Santiago declaró la quiebra de Distac, pero en la indagación se detectaron ciertas irregularidades que llevaron al Ministerio Público a presentar cargos por eventuales maniobras fraudulentas destinadas a distorsionar el patrimonio de la compañía antes de su liquidación.

Según pudo acreditar el tribunal, Cristi realizó una serie de operaciones de compraventa que superaban los $18.150 millones, que consistían en la emisión de facturas ideológicamente falsas por adquisiciones simuladas con terceros, facturas que luego eran cedidas a una empresa de factoring, Servicios Financieros Factor Plus, también querellante en el caso, en un esquema similar a lo que ocurría con el mediático caso Factop. Entre quienes simulaban estas operaciones como contrapartes se encontraban los empresarios Pablo Massoud Ladrón de Guevara y Juan Jaime Villanueva Molina.

Dado que las operaciones que respaldaban tales facturas eran inexistentes, la empresa de factoring también resultó defraudada con la liquidación de Distac.

El abogado querellante en el caso, Rodrigo Ortiz, quien representa a la liquidadora Loreto Ried, cuenta que a este esquema defraudatorio se sumó además el ocultamiento de la contabilidad de la empresa, pues Cristi negó parcialmente el acceso de Ried a los libros contables.

Como consecuencia de esta serie de delitos, Cristi Alfonso fue condenado a dos penas de 541 días de presidio menor en su grado medio y a una de 61 días de presidio menor en su grado mínimo -lo que suma poco más de tres años-, como autor de los delitos de alteración de patrimonio de empresa fallida, vale decir, ocultamiento de bienes o haberes dentro de los dos años anteriores a la resolución de liquidación; y de infidelidad en la custodia y entrega de la contabilidad de la empresa fallida. Es el único de los condenados que deberá cumplir su condena en prisión.

“Por no reunirse en la especie, ninguno de los supuestos que exige la ley 18.216 para conceder pena sustitutiva, las penas privativas de libertad antes señaladas deberán cumplirse de forma efectiva, sin abonos que considerar”, dijo el juzgado de garantía en su fallo definido en un juicio abreviado.

Los otros dos condenados, Massoud Ladrón de Guevara y Villanueva Molina, recibieron una sanción de 541 días de presidio menor en su grado medio, la que podrán cumplir en libertad.

Debate sobre prisión efectiva

Dado que se trata de la primera sentencia de prisión efectiva de un condenado por delito concursal, se abrió un debate entre abogados por si debía o no aplicarse la figura de irreprochable conducta anterior para la aplicación de penas sustitutivas de cárcel.

Técnicamente, Cristi no había sido condenado por otros delitos previos a este fraude. Sin embargo, sí cometió otros después de consumado este.

De hecho, la defensa de Cristi Alfonso, representado por Marcelo Oyharcabal, solicitó el beneficio de libertad vigilada intensiva, argumentando que su representado contaba con una irreprochable conducta anterior al momento de cometer los delitos concursales en 2020.

No obstante, el tribunal de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Santiago lo desestimaron, pues si bien se reconoció que Cristi Alfonso no tenía condenas previas, entre 2022 y 2025 acumuló cuatro condenas adicionales por delitos de giro fraudulento de cheques y estafa, cuyas penas sumadas ascienden a casi seis años de cárcel.

“El fallo contra el representante de Distac establece un precedente en materia de delitos concursales, por tratarse de la primera condena dictada bajo el amparo de la actual Ley de Insolvencia que termina con una pena de cárcel efectiva para el responsable”, resaltó el querellante Rodrigo Ortiz.

“Fallos como este demuestran que una estrategia judicial adecuada puede conducir a sentencias que hagan valer de forma efectiva la responsabilidad de personas que abusen de los mecanismos de la Ley de Insolvencia”, agregó.

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